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"Estamos en una crisis humanitaria que deriva de la ausencia del Estado":

Alejandro Encinas Rodríguez

Venimos de lejos

Dtto 30

Constituyente

Senador


audienciasdia2-9

Lo importante es garantizar el derecho ciudadano a acceder a la información, independientemente de los titulares de los distintos organismos públicos: Encinas Rodríguez.



El Senador Alejandro Encinas Rodríguez, durante su intervención en las audiencias públicas de la dctaminación de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, destacó ante los participantes algunos temas que todavía están a discusión.
Destacó la facultad del IFAI para hacer requerimientos de información en materia de violación de derechos humanos y delitos de lesa humanidad; los criterios de reserva y clasificación de la información; los temas vinculados a las situaciones que pudieran poner en riesgo la estabilidad económica, financiera o monetaria del país; y finalmente, los tiempos que pudiera mantenerse algún tipo de reserva.
Abundó que, para la reserva y clasificación de la información, deben establecerse criterios muy claros y puntuales, y que la prueba de daño debe de elaborarse al momento que se requiera  la información.
Refirió que hay distintos tópicos que van a requerir una revisión más detenida, con el fin de que los sujetos obligados, en distintas actividades, cumplan con la rendición de cuentas, por lo que el Senador apuntó porque se planteen criterios de carácter  universal.
El legislador enfatizó que el  artículo sexto Constitucional es el que debe prevalecer en esta Ley General de Transparencia y Acceso a la Información. Sin embargo, el tema de la reserva o confidencialidad de la información puede causar alguna controversia. “Habrá que atender las solicitudes respecto a la información reservada o confidencial que se establece para algunos organismos autónomos; por eso hay que definir con precisión el carácter de la información”, señaló.
En el tenor de sus argumentos, y a modo de ejemplo, el Senador realizó una solicitud  formal de información: “Quiero solicitar oficialmente al Instituto Federal de Telecomunicaciones, con fundamento en el artículo sexto Constitucional que establece los principios y bases para el derecho de acceso a la información en los órganos autónomos Constitucionales, quisiera conocer el acta de la Décima Sesión Extraordinaria del Pleno del 9 de febrero del presente año, la versión estenográfica o el video de la misma, así como la fundamentación jurídica por la que dicho Instituto eliminó la obligación  de que los concesionarios de radio y televisión pagaran una contraprestación al Estado mexicano por llevar a cabo la multiprogramación en los nuevos canales digitales”.
Para el Senador, el tema principal en las discusiones son los actos de autoridad más que las solicitudes de información.
Encinas Rodríguez apuntó que debe de respetarse la autonomía Constitucional de los órganos garantes para que sean efectivos y puedan cumplir con sus responsabilidades.
El Senador expuso algunos casos particulares sobre clasificación de la información. Se refirió a controversias en el Infonavit, la Universidad Nacional Autónoma de México o los debates entre los senadores.
“Lo importante es garantizar el derecho ciudadano a acceder a la información, independientemente del estado de humor o del titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos o de su visión filosófica-moral de la vida”, comentó.
Finalmente, concluyó que lo que debe prevalecer es el interés público en el ejercicio del derecho.


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