La no discriminación es uno
de los derechos humanos principales que establece nuestra Constitución:
Alejandro Encinas
INTERVENCION
EN TRIBUNA
21 de abril de 2014
Intervención
en tribuna del Senador Alejandro Encinas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del
PRD, para hablar sobre el dictamen de las Comisiones Unidas de Atención a
Grupos Vulnerables, Para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos,
Segunda, el que contiene proyecto de decreto por el que se reforman diversas
disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes, de la Ley General de Población, de la Ley General para la
Igualdad entre Mujeres y Hombres; de la Ley General de Acceso de las Mujeres a
una Vida Libre de Violencia; de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres;
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal; de la Ley General de Turismo y de la Ley de los Derechos de las
Personas Adultas Mayores, para adicionar el término "preferencias sexuales"
y sobre no discriminación.
Alejandro
Encinas Rodríguez (AER). Muchas gracias Senador Presidente.
Pues ratificando lo señalado por la senadora Margarita Flores se trata de una conjunto de reformas a distintos ordenamientos legales que buscan fortalecer una acción afirmativa que permita al mismo tiempo de ratificar un principio que establece nuestra Constitución a la no discriminación, el claro establecimiento de la libertad absoluta que los mexicanos y las mexicanas tienen para ejercer respecto de su preferencia sexual en todo nuestro territorio.
Pues ratificando lo señalado por la senadora Margarita Flores se trata de una conjunto de reformas a distintos ordenamientos legales que buscan fortalecer una acción afirmativa que permita al mismo tiempo de ratificar un principio que establece nuestra Constitución a la no discriminación, el claro establecimiento de la libertad absoluta que los mexicanos y las mexicanas tienen para ejercer respecto de su preferencia sexual en todo nuestro territorio.
Este
tipo de medidas van a tender reformas a la ley de protección de los derechos de
las niñas y los niños, adolescentes, en donde dentro de la protección de los
derechos de las niñas, niños y adolescentes el Estado, los tres órdenes de
gobierno deberán garantizar en condiciones de igualdad sin distinción de raza,
edad, sexo, religión, idioma, lengua, opinión política o cualquier otra índole,
preferencias sexuales, origen étnico todo lo concerniente al ejercicio pleno de
sus libertades y sus derechos.
De
la misma forma, el derecho que tienen las niñas, los niños y los adolescentes
en el acceso a la salud, los tres órdenes de gobierno deberán promover y
coordinar acciones de información y orientación educativa sobre salud sexual y
reproductiva, a fin de provenir y atender embarazos tempranos, infecciones de
transmisión sexual, VIH Sida y favorecer el acceso universal a métodos
anticonceptivos y la toma de decisiones responsables.
En
esa misma dirección se hacen modificaciones a la Ley General de Población, a la
Ley General para la Igualdad entre hombres y mujeres, a la Ley General de
Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, donde se incorpora dentro
de este texto la no discriminación por preferencia sexual.
Cabe
destacar también lo referente a la Ley de Servicio Profesional de carrera en la
administración pública en donde ahora queda con toda claridad establecido que
todo aspirante a ingresar al sistema deberá a cumplir además de lo que disponga
la convocatoria de… los requisitos no podrá existir discriminación por razón de
género, edad, discapacidad, que no estaba considerado, así como preferencias
sexuales, condición de salud, religión o estado civil.
Y
en la Ley General de Turismo queda establecido con precisión que la prestación
y el uso de servicios turísticos queda prohibida la discriminación motivada por
origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social,
condición de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o
cualquier otra que atente contra la dignidad humana.
Creo
que en estos temas, al igual que en la ley de los derechos de las personas
adultas se incorporan además el de la no discriminación en materia de
preferencia sexual, temas vinculados con discapacidad, condiciones de salud,
religiones, opiniones, estado civil o cualquier otra que atente contra la
dignidad humana, reconociendo como lo establece nuestra Constitución, que la no
discriminación es uno de los derechos humanos principales.
Yo
creo que esto es un avance muy significativo, esperemos que esto pueda
acompañarse de otras acciones, no solamente para favorecer en todo el
territorio nacional la existencia de sociedades en convivencia, el matrimonio
igualitario y particularmente nuevas medidas que permitan a las parejas que
viven en matrimonio igualitorio tener acceso a la seguridad social que
corresponde a toda pareja que viva en unión conyugal.
Creo
que éste es un avance importante y fortalece los principios que en materia de
derechos humanos se han establecido en la Constitución y que el gobierno
mexicano ha suscrito en los tratados internacionales.
Por
eso, convocamos a todas las senadoras y senadores a votar a favor de este
dictamen.
Gracias.
No hay comentarios:
Publicar un comentario