Es
necesario revisar el protagonismo de los jueces y fortalecer controles
legislativos: Encinas Rodríguez
Miércoles, 15 Abril 2015
El
senador Alejandro Encinas, durante el seminario “La Constitución Análisis Rumbo
a su Centenario” destacó los aspectos más importantes de la ponencia
del Dr. Paulo Parrodi cuando mencionó los distintos modelos
internacionales de control constitucional.
El
senador Encinas Rodríguez recalcó que esta ponencia analizó los sistemas de
control constitucional de distintos países como los de Europa continental
particularmente Alemania, Austria, Italia y España, aunque también el ponente
destacó los modelos aplicados en Estados Unidos, América Latina y
particularmente en México.
De
igual forma, el legislador mencionó que el Dr. Paulo hizo referencia
respecto a los órganos de control institucionalidad, la vía de acceso a estos
órganos, el efecto de sus resoluciones y sus vínculos con organismos
supranacionales.
Señaló
que también identificó distintos modelos constitucionales, el modelo
difuso, concentrado o mixto, los cuales diferencian con toda claridad el rol y
el papel de las resoluciones en la interpretación de la ley de los
distintos jueces.
El
presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda destacó que dentro
de estos tres modelos el Dr. Parrodi diferenció el de la corte
protagonista particularmente el que se realiza por la Corte de Estados Unidos,
el cual da una fortaleza a los jueces en la interpretación de la Ley.
El
senador Encinas Rodríguez insistió que de esta manera los sistemas de control
constitucional podrían distinguirse, primero por la titularidad de quien tiene
el control del organismo, por el peso de la interpretación, el grado de la
libertad y el protagonismo de los jueces, así como, los efectos de las
decisiones jurisdiccionales y el papel que los organismos supranacionales
especialmente la protección y la garantía de los derechos humanos que tiene la
resolución de los órganos de control.
Manifestó
que uno de los temas que más discusión hay en el país, es respecto al papel de
los organismos supranacionales y lo que son sus resoluciones, ya que es un
modelo difuso que existe y surge a partir de la reforma
constitucional del 2011 y la jurisprudencia que ha venido estableciendo la
Corte Interamericana en Derechos Humanos particularmente en el 2013.
Externó
que habrá que analizar con mayor detalle el protagonismo de los jueces en el
activismo directo, indirecto y las decisiones jurisdiccionales.
Por
último, el legislador destacó a pesar de las diferencias jurídicas, culturales
y políticas, entre los modelos institucionales existe un patrimonio
jurídico común que es la protección de los derechos humanos y el
reconocimiento de la jurisdicción de los organismos supranacionales como sucede
con la Corte de Justicia de la Unión Europea o con la Corte
Interamericana de los derechos humanos en nuestro país.
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