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"Estamos en una crisis humanitaria que deriva de la ausencia del Estado":

Alejandro Encinas Rodríguez

Venimos de lejos

Dtto 30

Constituyente

Senador

20150415 092040

Es necesario revisar el protagonismo de los jueces y fortalecer controles legislativos: Encinas Rodríguez



El senador Alejandro Encinas, durante el seminario “La Constitución Análisis Rumbo a su Centenario”  destacó los aspectos más importantes de la ponencia  del Dr. Paulo Parrodi cuando mencionó  los distintos modelos  internacionales de control constitucional.

El senador Encinas Rodríguez recalcó que esta ponencia analizó los sistemas de control constitucional de distintos países como los de Europa continental particularmente Alemania, Austria, Italia y España, aunque también el ponente  destacó  los modelos aplicados en Estados Unidos, América Latina y particularmente en México.

De igual forma, el legislador mencionó que el Dr.  Paulo hizo referencia respecto a los órganos de control institucionalidad, la vía de acceso a estos órganos, el efecto de sus resoluciones y sus vínculos con organismos supranacionales.

Señaló que también  identificó distintos modelos constitucionales, el modelo difuso, concentrado o mixto, los cuales diferencian con toda claridad el rol y el  papel de las resoluciones en la interpretación de la ley de los distintos jueces.

El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda destacó que dentro de estos tres modelos el Dr. Parrodi diferenció el de la  corte protagonista particularmente el que se realiza por la Corte de Estados Unidos,  el cual da una fortaleza a los jueces en la interpretación de la Ley.

El senador Encinas Rodríguez insistió que de esta manera los sistemas de control constitucional podrían distinguirse, primero por la titularidad de quien tiene el control del organismo, por el peso de la interpretación, el grado de la libertad y el protagonismo de los jueces, así como, los efectos de las decisiones jurisdiccionales y el papel que los organismos supranacionales especialmente la protección y la garantía de los derechos humanos que tiene la resolución de los órganos de control.

Manifestó que uno de los temas que más discusión hay en el país, es respecto al papel de los organismos supranacionales y lo que son sus resoluciones, ya que es un modelo difuso que existe  y  surge a partir de la reforma constitucional del 2011 y la jurisprudencia que ha venido estableciendo la Corte Interamericana en Derechos Humanos particularmente en el 2013.

Externó que habrá que analizar con mayor detalle el protagonismo de los jueces en el activismo directo, indirecto y  las decisiones jurisdiccionales.
Por último, el legislador destacó a pesar de las diferencias jurídicas, culturales y políticas,  entre los modelos institucionales  existe un patrimonio jurídico común que es la protección de los derechos humanos  y el reconocimiento de la jurisdicción de los organismos supranacionales como sucede con la Corte de Justicia de la Unión Europea  o con la Corte Interamericana de los derechos humanos en nuestro país.


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