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"Estamos en una crisis humanitaria que deriva de la ausencia del Estado":

Alejandro Encinas Rodríguez

Venimos de lejos

Dtto 30

Constituyente

Senador


Alejandro Encinas

Por lo menos 60 modificaciones que se habían aceptado, no están incluidas en el proyecto que estamos discutiendo: Encinas Rodríguez


Intervención del Senador Alejandro Encinas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRD, durante la reunión de trabajo de comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes; de Radio, Televisión y Cinematografía; y de Estudios Legislativos.

Alejandro Encinas Rodríguez (AER). Muchas gracias, senador Presidente.

Yo, en primer lugar, quiero expresar mi solidaridad con las ciudadanas y los ciudadanos que intentaron expresarse en este recinto y que lamentablemente por la intolerancia que prevalece en la relación de esta representación popular con la ciudadanía no pudieron hacerlo.

Quiero hacer un llamado y un exhorto al presidente del Senado de la República y al presidente de la Junta de Coordinación Política para que se revise el papel que debe desempeñar el cuerpo de resguardo y seguridad de la Cámara de Senadores, porque la obligación de este personal es la de auxiliar en la relación de los senadores con la sociedad y de ninguna manera actuar como cuerpo policiaco.

Es un órgano de resguardo, no es una policía y en esas sesiones, todas de carácter público, debemos aprender a reivindicar un principio fundamental en el trabajo parlamentario y legislativo en la relación con la sociedad, que es el principio de la tolerancia y el respeto con quienes piensan diferente que nosotros.

Dicho esto, quisiera empezar por señalar que más allá del proceso de discusión que ha restringido hoy la posibilidad del debate en lo particular de las reservas, lo cual va a motivar una enorme incertidumbre en lo que será el dictamen final que se someterá al Pleno, porque hasta donde tengo entendido por lo menos 60 modificaciones que se habían aceptado, 45 modificaciones plenamente redactadas, 15 en revisión, no están incluidas en el proyecto que estamos discutiendo.

Desde el día de ayer que se circuló el documento y en la información que dispongo evidentemente el no haber cumplido que esas modificaciones se iban a incorporar en la sesión de las comisiones unidas nos va a dejar en incertidumbre y espero –ahí sí no coincido con mi compañero Benjamín Robles– que no aparezca un adéndum que modifique de fondo y profundice la regresión que, desde mi punto de vista, significa este dictamen respecto a la reforma constitucional que consensamos el año pasado.

Esto debe preocuparlos porque no sería la primera vez en donde, teniendo acuerdos, se da marcha atrás. Pongo los dos ejemplos más recientes, un acuerdo pleno en la reforma político-electoral, donde de repente de manera subrepticia nos apareció el haber de retiro de los magistrados del Tribunal Electoral, que afortunadamente ya se revirtió, y otra que hace apenas 15 días que tenía un acuerdo para dictaminar en el periodo extraordinario los mecanismos de asignación de los diputados de representación proporcional de las coaliciones, el Senado decidió levantar su sesión en lugar de dictaminar la minuta enviada del Senado.

Yo creo que por eso debemos de ser muy claros. Por supuesto que yo no estoy en contra de la negociación. La negociación es parte de nuestra labor legislativa y debe ser transparente, clara, como se ha anunciado permanentemente.

El problema no es negociar, sino qué se negocia y la certeza en lo que se negocia y hoy, en este proyecto de dictamen, hay que decirlo, no solamente no hay certeza, hay una incertidumbre y el riesgo de que se profundice esta regresión.

Y hablo de una vez yo, porque desde mi punto de vista este dictamen es un viraje de 180 grados respecto a la reforma constitucional que hace apenas un año, bueno, a finales del año pasado, buscaba establecer condiciones de competencia real para la telefonía, la radio y la televisión.

A partir de consolidar principios básicos de los derechos ciudadanos a la igualdad, la pluralidad y la competencia, para hacer valer la noción del servicio público que representan las telecomunicaciones y la radiodifusión en el país.

Y lamentablemente el proyecto de dictamen, si bien ha sufrido modificaciones, registra correcciones de algunos avances respecto a la iniciativa del Ejecutivo Federal, hoy no garantiza que los servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión sean prestados en condiciones de calidad, cobertura universal, acceso libre y continuidad, preservando la pluralidad y la veracidad de la información.

Por eso quisiera destacar tres temas que a mi juicio no se han logrado establecer y consolidar en este dictamen, en donde existen profundas insuficiencias y que no se reducen al debate en torno a la definición de preponderancia, que es uno de los temas al que me voy a referir más adelante.

Pero creo que el punto inicial de esta discusión, si queremos avanzar en la democratización de los medios, debe de partir de generar las condiciones para el ejercicio libre de los derechos que los ciudadanos tienen consagrados en la Constitución, partiendo de lo establecido en el artículo sexto constitucional, donde el Estado tiene la obligación de garantizar el derecho a la información de los ciudadanos y la plena libertad de expresión.

Y por eso lo que corresponde al ejercicio del derecho a la información al derecho a la libertad de expresión, a la no censura, el derecho de los usuarios al servicio de calidad con tarifas más bajas; el de las audiencias para acceder a una oferta que permita elegir entre distintas opciones de comunicación, reconociendo la pluralidad cultural, étnica y política de nuestra sociedad.

El derecho de réplica sobre el cual está pendiente la elaboración, el dictamen de esta ley que tenía un término constitucional y otros temas como el derecho a la objeción de conciencia de los comunicadores y en particular y esto lo subrayo, el derecho a la privacidad y la libre circulación de las ideas y de los documentos que tienen los ciudadanos en sus comunicaciones telefónicas, a través de la red o bajo cualquier modalidad, no están garantizados en este dictamen.

Segundo tema que a mi juicio es de las asignaturas pendientes: el garantizar la democratización de los medios, que no se resuelve con la definición de preponderancia, ese no es el tema nodal, porque la democratización de los medios no va a venir de los concesionarios comerciales, de las concesiones privadas y comerciales, cuyo objetivo fundamental es el lucro y la ganancia.

Vamos a ver el debate de preponderancia,, que de origen tiene muchos problemas e implicaciones se ha decidido transcribir y establecido en la reforma constitucional, en el artículo 28, el segundo y el octavo transitorio, en donde de manera indiscriminada o indistinta se establecen distintos conceptos de preponderancia. El propio artículo 28 habla de preponderancia por sector y por mercado en el mismo párrafo.

El Segundo Transitorio habla de segmentos del mercado y especifica cada uno de los servicios y el Artículo Octavo Transitorio habla de preponderancia en servicio y los especifica.

Es evidente que de origen tenemos un problema con esta definición. Va a terminar tarde o temprano en la resolución de la Corte, más cuando en el Artículo Octavo Transitorio de la Constitución establece ya la única viabilidad de lo que es la única posibilidad de intervención de vinculación jurídica es el amparo sin la suspensión de las actividades.

Entonces es algo parcial y esto derivará justamente en esta de solución sobre la preponderancia que dependerá en gran medida de la fortaleza que de esta ley le otorgue al Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Pero la verdadera democratización de los medios, como decía, no vendrán de los medios comerciales. Tendrá que venir, o debe venir de la conjunción de dos factores fundamentales:

Lo que es la verdadera regulación del Estado; el Estado sea un órgano regulador no sólo de las condiciones de competencia sino del ejercicio de los derechos para la democrat5ización de los medios y de la construcción de medios alternativos a los medios comerciales.

Y aquí lo que son los medios públicos, los medios sociales, comunitarios e indígenas, son la clave, o deberían ser la clave para genera alternativas de comunicación democrática a partir de reconocer que las telecomunicaciones y la radiodifusión en tanto asuntos del interés público no van a ser resueltos por el Estado, digo, por el mercado, y el Estado debe de intervenir.

Y en este Dictamen se reduce la misma expresión a los medios públicos y a los medios sociales, en donde se llega al extremo, en el caso de los medios indígenas, en donde ahora intervendrá la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, que tendrá que emitir un certificado de indigenismo a los solicitantes de una concesión de cualquier comunidad o pueblo originario de nuestro país.

Y no es con la tutela de la autoridad como se va a desarrollar estos medios, menos aún cuando se restringe solamente el acceso de los medios comunitarios y de los medios indígenas al 10 por ciento del espectro de la radio en frecuencia modulada y a un pedazo de lo que quede de amplitud modulada.

Una verdadera democratización de los medios siguiendo ejemplos como Ecuador, Uruguay y Argentina, donde se establece que se divide en tres tercios iguales el espectro radioeléctrico para cada una de las modalidades de concesión, pues debería permitir a los medios sociales el acceso a la radio, a la televisión y a las telecomunicaciones en su conjunto, porque reducirlos al 10 por ciento de la frecuencia modulada; bueno, ya lo mejoraron ahorita, con lo que se presentó al principio de la reunión no es sino mantenerlos en la marginalidad.

Y el tercer tema fundamental es hacer del IFETEL un verdadero órgano con autonomía constitucional real, eliminando cualquier injerencia indebida del gobierno, no solamente en lo que se refiere al otorgamiento de las concesiones, en la supervisión de los contenidos, pero también en la vigilancia del ejercicio de los derechos, de los usuarios, de las audiencias y de las garantías y libertades políticas que otorga la Constitución a las y los mexicanos y lamentablemente ese Dictamen no establece una verdadera pluralidad mediática, no fortalece los derechos fundamentales y los mecanismos de defensa de los ciudadanos.

Se mantiene una gran vicisitud en la regulación de la concentración monopólica, con una parcialidad favorable hacia el agente económico preponderante de la radiodifusión y debilita las facultades de independencia del órgano regulador.

Por eso, nosotros insistimos en que debe retomarse la Reforma Constitucional cuando se propuso revertir la falta de pluralidad que prevalece en los medios de comunicación del país, y garantizar el acceso efectivo de medios de comunicación a la sociedad, los pueblos originarios y en particular, a los medios públicos y los medios comunitarios.

En ese sentido, creo que vale mucho la pena retomar las propias recomendaciones que ha hecho la Relatora para la Libertad de Expresión, Catalina Botero, a nuestro país, en donde destaca de manera particular que la diversidad y debate democrático se encuentran seriamente limitados en nuestro país, por la alta concentración en la propiedad y el control de los medios de comunicación, a los que se les han asignado frecuencias de radio y televisión, por la ausencia de un marco jurídico claro, que se pretendía resolver con esta ley; y la inexistencia de mecanismos de acceso a medios alternativos de comunicación, que se vuelve a refrendar estas restricciones a los medios sociales y a los medios públicos, con las restricciones de acceso al espectro radioeléctrico y a la prestación del conjunto de los servicios.

Y al mismo tiempo, vale la pena destacar cómo prevalecen injerencias arbitrarias que atentan contra los derechos de los ciudadanos; y destaco en particular la intervención de las comunicaciones sin que medie orden judicial, lo dice con toda claridad en el capítulo de colaboración con la justicia, en el artículo 189, que los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados y proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos, están obligados a atender todo mandamiento por escrito, fundado y motivado por la autoridad competente, en los términos que establezca la ley.

¿Cuáles son las autoridades competentes?, las judiciales y las de seguridad pública; ya por lo menos se acotó para que se incorporaran las de seguridad nacional o las fuerzas armadas. Pero es una verdadera regresión que se permita la intervención de las comunicaciones de los ciudadanos, sin que medie una resolución o un mandato judicial correspondiente.

Podría retomar mucho de lo que han señalado distintas organizaciones sociales, algunas estaban aquí. Ayer mismo sostuvimos una reunión con el Relator Especial sobre Libertad de Expresión de Naciones Unidas, con Frank La Rue, donde nos hizo llegar este documento signado por decenas de organizaciones de la sociedad civil.

O también retomar lo que ha hecho explícito esos 31 puntos que nos presentó en la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados el Frente por la Comunicación Democrática; en donde se sintetizan las propuestas –desde mi punto de vista– en dos palabras: diversidad y pluralidad, que son condiciones inherentes para lograr una comunicación democrática.

Diversidad en los medios y el acceso a los ciudadanos a medios alternativos; y pluralidad en el reconocimiento de nuestras diferencias políticas, étnicas, culturales que prevalecen en este país.

Por esas omisiones y por este contenido del dictamen, mi voto será en contra.

Muchas gracias.



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