fotos aer

fotos aer


"Estamos en una crisis humanitaria que deriva de la ausencia del Estado":

Alejandro Encinas Rodríguez

Venimos de lejos

Dtto 30

Constituyente

Senador



Vamos al 2015 con reforma en materia político- electoral: Alejandro Encinas

INTERVENCION EN TRIBUNA
14 de mayo de 2014

·    Un objetivo fue eliminar el secuestro que los gobernadores tenían respecto de los órganos electorales en las entidades

·    Las Comisiones se concentraron de origen en la definición puntual del modelo electoral en el país

Intervención en tribuna del Senador Alejandro Encinas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRD, como presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, para hablar sobre el dictamen que contiene proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; y del decreto por el que se expide la Ley General de Partidos Políticos.

Alejandro Encinas Rodríguez, (AER). Mue buenas tardes, compañeras y compañeros legisladores.

Como ya se ha señalado aquí el senador Miguel Ángel Chico y la senadora Cristina Díaz, hoy cerramos un proceso de discusión que ha sido intenso, contradictorio y que ha atravesado por un, valga la referencia a una canción, un largo y sinuoso camino.

No es un asunto novedoso, esta discusión inició cuando debatimos la reforma constitucional en materia de reforma política, en donde se presentaron dos visiones distintas del modelo electoral que debe vivir el país.

Y desde entonces, se confrontaron la visión de un centralismo desmedido y por el otro la visión vuelta realidad de la feudalización de los procesos electorales y el secuestro de cómo… de cuál habían sido objeto los órganos electorales en los estados que había de meditado su autonomía y perdido el carácter de órganos imparciales, órganos que garantizaran la legalidad, la equidad y la certeza en los procesos electorales en los estados.

El punto de partido de rediseño de este modelo electoral fue el argumento esgrimido por las direcciones nacionales de los distintos partidos que suscribieron el llamado Pacto por México de eliminar justamente el secuestro que los gobernadores de los estados tenían respecto de los órganos electorales, aunque claro como lo dije también en la discusión constitucional este (Inaudible) era resultado o derivaba de la corrupción y de la complicidad de los partidos políticos que en la negociación y el reparto de lo que eran las responsabilidades e integrantes de los órganos electorales habrían participado cediéndole la mayoría y el control de esos órganos a los gobernadores.

Por eso, no ha sido sencilla la construcción de este dictamen, que plantea no solamente dos nuevas leyes generales, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, una Ley General de Partidos Políticos con la cual no se contaba, sino que además se reforma tanto la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, como la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación y donde se va a discutir todo el tema sancionador, y habrá todavía que llevarse a cabo otras reformas como las reformas a la Ley Orgánica del Congreso y espero que se cumpla, como ha sido parte de los acuerdos y conclusiones que hemos alcanzado en este proceso la publicación de la Ley de Propaganda Gubernamental y la Ley del Derecho de Réplica que son parte consustancial al fortalecimiento de estas acciones.

Yo quisiera destacar en particular como el tema central del debate en el que participamos los presidentes y las mesas directivas en particular de las comisiones de Gobernación, de Reforma del Estado, de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda, se concentraron de origen en la definición puntual del modelo electoral en el país, que no es un asunto menor porque son las reglas que nos damos, no solamente para integrar los órganos de representación, sino las reglas básicas para la integración democrática del ejercicio del poder público y del Gobierno.

Y por eso, de los temas centrales del debate entre centralismo, federalismo o centralismo contra feudalización de los procesos electorales, el tema nodal fue la definición de las facultades originarias, que eran anteriormente parte de las facultades que ejercían los estados en materia de definiciones de su gobierno interior, de su régimen interior, que fueron trasladadas al Instituto Nacional Electoral.

Ya que estas facultades originarias no solamente se refieren al nombramiento de los integrantes de los órganos electorales en los estados, sino que absorbe otras partes del proceso que van desde dictar mandamientos en materia de lo que son los programas de conteo rápido, los programas de resultados preliminares, la elaboración de encuestas en incluso la capacitación electoral.

Y el debate respecto a facultades originarias, facultades delegables, facultades concurrentes entre el Instituto Nacional Electoral y los órganos locales ha permitido tener definiciones puntuales respecto a las condiciones donde por ejemplo el Instituto Nacional Electoral puede atraer la organización y el desarrollo pleno de una elección en los estados.

Y cómo también, a petición del órgano público local electoral, puede éste solicitar al INE la atracción en cualquier momento del proceso electoral de alguna de las fases del mismo proceso.

Éste no es un asunto menor, hemos dotado de una fuerza monumental al Instituto Nacional Electoral, que de hecho yo lo he sostenido en diversas ocasiones, prácticamente se le dota de un poder metaconstitucional porque en el momento en que decida la atracción total de un proceso electoral en un estado en el facto estará emitiendo una declaración de desaparición de poderes en la entidad en donde se haga atracción de este proceso electoral.

Porque qué gobernador, qué congreso local podrá sostenerse si el Instituto Nacional Electoral atrae una elección porque no existen las condiciones de gobernabilidad o las condiciones para garantizar la legalidad en el desarrollo del proceso electoral.

Aquí requerimos, para desaparecer poderes de un estado, de las dos terceras partes de los integrantes del Senado de la República.

Hoy el INE con el voto de ocho de sus consejeros y consejeras de facto pueden borrar a un gobierno local en cualquier entidad.

De ahí la importancia de tener plenamente claras y definidas los criterios a partir de los cuales puede ejercer la facultad de atracción para evitar el uso político de esta atribución que el instituto tienen y goza de un poder político que va más allá de la organización de los procesos de carácter electoral.

Creo que hay avances importantes en otros temas: el caso de que a solicitud de los partidos puedan organizarse los procesos internos de los mismos por el INE; el fortalecimiento del servicio del profesional electoral; el establecer en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos sanciones específicas a los servidores públicos que incurran en faltas administrativas y en delitos dentro de las elecciones; y en particular en el control y el manejo de los recursos en la elección.

Y creo que tenemos que ver de manera integral la reformas que en materia de financiamiento, fiscalización, inteligencia financiera, tope de gastos de campaña y prorrateo de los gastos en las campañas electorales, buscan acabar con la discrecionalidad que se tiene en cuanto a la contabilidad que permite disfrazar el tope de gastos de campaña, así como la percepción de aportaciones de particulares a los partidos.

El financiamiento se estableció con toda precisión un tope máximo de 10 por ciento de financiamiento privado respecto al tope de gastos de campaña durante el proceso electoral.

Y encontramos una fórmula equitativa para que el gasto ordinario de los (inaudible) pueda incluir las aportaciones de militantes, afiliados y particulares hasta en el 2 por ciento del financiamiento público total que reciben los partidos.

No es un monto pequeño, ya que en estos momentos el financiamiento público alcanza los 3 mil 925 millones de pesos, lo que significará que cada partido político podrá incluir en sus percepciones, en sus ingresos de aportaciones de militantes y simpatizantes, hasta 80 millones de pesos al año.

Lo cual va a permitir regular mejor el manejo de los recursos.

Y hemos acordado, y viene en esta disposición, establecer normas de contabilidad mucho más precisas que permitan diferenciar el gasto ordinario de los partidos, el gasto electoral y un área de una profunda opacidad en el proceso electoral que son los gastos en estructura electoral durante las campañas, que permitía ocultar el rebase del tope de campaña porque toda la estructura electoral se disfrazaba de gasto ordinario.

Creo que en materia de, integrando junto con esto las responsabilidades de inteligencia financiera, que ahora una unidad que no será independiente del Consejo y la toma como una profunda discrecionalidad, pues permitía y simulaba de hecho que no ser rebasaba el tope de gastos de campaña por un partido mientras a otros los sancionaba por haber rebasado el tope y ante la evidencia de que no se había incurrido a ese delito.

Me refiero a la última decisión de la Unidad de Fiscalización que sancionó al PRD por rebase de gastos del tope de campaña y no considero en lo propio en el caso del PRI.

Voy a concluir, pero voy a hacer mis dos intervenciones en un solo acto para ahorrarnos tiempo y voy a referirme a todos los partidos.

En materia del fortalecimiento de derechos ciudadanos, creo que debemos destacar en primer lugar el cumplimiento del compromiso para garantizar la igualdad de oportunidades y la paridad entre hombres y mujeres en el proceso electoral. No solamente en lo que se refiere al establecimiento de fórmulas del mismo género en propietarias y suplentes, la alternancia sucesiva en las listas de representación proporcional, sino la obligación de los partidos para establecer y dar a conocer los criterios a partir de los cuales va a permitir la paridad de género en los distritos de mayoría relativa e incluso vinculado esto con el fortalecimiento de lo que son los sistemas normativos tradicionales para la designación de las autoridades de los pueblos indígenas en este precepto también se incluye de manera muy puntual la obligación de incorporar a pesar de los sistemas tradicionales en las comunidades indígenas, la participación igualitaria de las mujeres en los órganos de representación.

Un paso sin lugar a dudas importante fue la eliminación de restricciones en el caso de candidaturas independientes, donde no habrá limite para el registro de éstas en ninguna de los cargos que se postulen para elección popular, como también se establecen umbrales alcanzables para poder hacer ejercible este derecho, el uno por ciento de la lista nominal para Presidente, el dos por ciento en los que se refiere a otras elecciones.

¿Qué significa esto? Que quien aspire a ser candidato a Presidente de la República pues tendrá que reunir 800 mil firmas cumpliendo los mismos requisitos que establecimos en la Ley General de Consulta Popular y que quiera aspirar por ejemplo a una diputación en promedio, con sólo 5 mil firmas de ciudadanos de ese distrito y en otros casos mucho menos y todavía menos en el caso de presidentes municipales podrá ejercerse la posibilidad de la candidatura independiente.

Y vale la pena destacar la atención que se ha tenido en particular con los mexicanos residentes en el exterior, en donde por primera vez va a establecerse la obligación del Instituto Nacional Electoral de hacer campañas de credencialización en las embajadas y consulados de nuestro país en el extranjero para que todos los mexicanos puedan tener su credencial de elector, que no solamente los identifique como ciudadanos mexicanos sino que también reconozca su residencia fuera de nuestro país.

Y junto con ello podrá ejercerse el voto ya no solamente a través del correo, sino de manera presencial a través de la vía electrónica con lo que con estas modalidades para la emisión del voto se puede garantizar el derecho al voto activo desde el extranjero.

En materia de partidos políticos, yo creo que lo más importante ha sido las normas que se establecieron para garantizar la transparencia y acceso a la información, para que los partidos rindan cuentas de sus recursos, de sus origen, de sus destinos, de los mecanismos de toma de decisiones para evitar su manejo discrecional.

Con lo cual se (Inaudible), quizá, previo a la publicación de la Ley General de Acceso a la Información, un marco normativo que no se reduce solamente a conocer la declaración de principios, el programa, los estatutos, los dirigentes y las convocatorias de los partidos, sino también conocer pues si patrimonio y conocer todas las decisiones de carácter político, favoreciendo, que es el segundo aspecto importante de esta ley, lo que son los derechos de los militantes, con lo que se ha fortalecido todo el sistema de justicia partidaria para evitar abusos.

Son muchos los temas que abarcan estas cinco leyes, podría referirme por ejemplo a un avance importante que va a ser la casilla única en elecciones concurrentes donde no solamente disminuirá el costo de las campañas electorales, sino que también permitirá ir garantizando la homologación de la calidad de los procesos electorales entre el ámbito federal y el ámbito local.

Creo que son de los avances más significativos, teniendo en cuenta, y eso lo quiero subrayar para finalizar, pues que en realidad en este debate tenemos de origen dos visiones, el de la centralización, que fue el objetivo principal del que partió la reforma constitucional y que ahora ha dado lugar a un modelo híbrido en donde concurren autoridades federales y locales en el ámbito local.

Y en el otro extremo la lamentable desaparición del Instituto Federal Electoral, una institución que se construyó a lo largo de muchas décadas, que pasó en un primer momento por la ciudadanización de los órganos electorales donde con consejeros ciudadanos aún mantenía control el Gobierno de cada una de estas instancias, tanto de la Comisión Federal Electoral como el primer Instituto Federal Electoral.

Pasamos a la autonomía del instituto y ahora hemos pasado a su disolución al igual que la disolución de los institutos electorales locales donde no solamente se invirtieron muchos recursos, sino que se generó una experiencia institucional y un capital humano muy importante que lamentablemente puede perderse después de haberse construido durante cerca de tres décadas.

Vamos al 2015 con esta reforma, ya el INE tendrá plenamente el ejercicio de sus facultades al momento de su publicación, los estados de la República deberán adecuar inmediatamente su marco constitucional y normativo y veremos a la prueba de las urnas de esta ley en el 2015 que seguramente estaremos revisando para el 2016.

Yo reconozco el trabajo de mis compañeros presidentes de otras comisiones, al senador Miguel Ángel Chico, de Reforma del Estado; a la senadora Cristina Díaz, de Gobernación; a Roberto Gil, de Justicia; a Javier Corral, de Prácticas Parlamentarias.

No ha sido sencillo pero hasta aquí llegamos de acuerdo, éstos son los acuerdos que pudimos construir, algunos nos hubiera gustado avanzar más, hay temas pendientes, pero seguro en el 2016 los habremos de volver a votar.

Muchas Gracias.




No hay comentarios:

¿Qué es la Fundlocal?




En este espacio podrás encontrar información actualizada acerca de las actividades y el pensamiento de Alejandro Encinas Rodríguez, uno de los principales dirigentes de la izquierda mexicana.