Quieren eliminar el derecho de los
ciudadanos a participar en la definición de reformas constitucionales:
Alejandro Encinas
INTERVENCION EN TRIBUNA
26 de febrero de 2014
Intervención en tribuna del Senador
Alejandro Encinas Rodríguez, del grupo Parlamentario del PRD, para hablar a
favor de la Moción Suspensiva presentada por el Senador Manuel Camacho Solís
respecto del dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley
Federal de Consulta Popular.
Alejandro Encinas Rodríguez, (AER):
Muchas gracias Senador Presidente.
Yo creo que el mejor argumento en favor
de la moción suspensiva es la intervención que acaba de hacer el Senador Fayad.
La cual demuestra un profundo
desconocimiento, no solamente de lo que estamos discutiendo, sino de los
alcances que se le pretende dar en una ley reglamentaria al derecho de los
ciudadanos a participar en los asuntos de interés público.
Hay dos frases del Senador Fayad que
van a quedar en los anales de la historia, y dice: Somos una democracia
representativa, y lo somos, pero no podemos renunciar a ello, porque consultar
al pueblo llevaría a la anarquía, así lo dijo el Senador Fayad.
Y aquí, pues la verdad es que yo le
recordaría en primer lugar lo que establece el Artículo 39 de nuestra
Constitución, lo voy a leer textual: La soberanía nacional reside esencial y
originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se
instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable
derecho de alterar o modificar la forma de gobierno.
Es decir, nuestra democracia
representativa se sustenta en la soberanía popular.
Por eso en el debate que dimos en la
LXI Legislatura cuando se abrió la discusión de las llamadas cartas ciudadanas,
en donde se incorporaron figuras de la democracia directa como: la Iniciativa
Ciudadana, la Candidatura Independiente y la Consulta Popular, establecimos con
toda claridad que el pueblo tienen el inalienable derecho para intervenir en la
definición y resolución de los asuntos de interés nacional, que hoy es lo que
se quiere conculcar.
Lo que está a debate no sólo es si se
hace una consulta en materia de reforma energética, que por supuesto
consideramos que debe consultarse al pueblo sobre la entrega que hicieron
ustedes de los recursos del subsuelo y el cambio que hicieron a la propiedad
originaria de la nación.
Lo que estamos discutiendo en lo
fundamental, más allá de ese interés, es como garantizar las condiciones para
hacer ejercible el derecho de los ciudadanos a participar, no solamente en los
asuntos legislativos que atañen al Congreso, sino también en los asuntos
administrativos en los que interviene el Ejecutivo Federal.
Y por eso insito, hay que discutir esto
con mayor detenimiento y aclara con toda precisión y de que las únicas
restricciones que establece el Artículo 35 Constitucional para realizar la
consulta tiene que ver con los temas de soberanía nacional, organización de las
fuerzas armadas, los ingresos y egresos de la federación, la vigencia del
Artículo 40 que son de las bases constitutivas de nuestra República y
particularmente del Estado laico y la plena vigencia de los derechos humanos
fundamentales.
Y en esta minuta que quieren ustedes
hoy someter a discusión, quieren eliminar el derecho a que los ciudadanos
participen en la definición de las reformas constitucionales con las cuales
prácticamente han entregado, no solamente los bienes de la nación, sino que han
cedido soberanía al extranjero. Ese es el tema a discusión.
Y por eso le recomendaría al Senador
Fayad revisar con detenimiento el Artículo 35 Constitucional, analizar con
detenimiento el alcance del mismo y cómo los instrumentos de la democracia
directa han venido estableciéndose, al igual que la construcción de órganos con
autonomía constitucional ante el descrédito, el debilitamiento de las
instituciones, el desmantelamiento del Estado y el fracaso de la política y el
gobierno que ustedes encabezan y que han compartido con otros partidos
políticos.
Por eso, nuestro voto a favor de la moción suspensiva.
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