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"Estamos en una crisis humanitaria que deriva de la ausencia del Estado":

Alejandro Encinas Rodríguez

Venimos de lejos

Dtto 30

Constituyente

Senador





En los términos actuales de la Iniciativa Ciudadana nosotros votaremos en contra: Encinas Rodríguez 

18 Febrero 2014


Durante la discusión de la iniciativa de participación ciudadana, el senador Alejandro Encinas Rodríguez externó que no es un debate reciente, sino que fue un debate muy importante que se dio en la Cámara de Diputados durante la XLI Legislatura, ya que el tema central se resumía no sólo en introducir las figuras de cartas ciudadanas que permitieran el ejercicio de la democracia directa, sino establecer las condiciones para que este derecho de los ciudadanos fuera ejercible.

Detalló “no basta establecer en la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, derechos de los ciudadanos, sino se generan las condiciones para que estos puedan ejercerse plenamente”.

Manifestó “en aquel entonces hubo otras discusiones sobre la democracia directa, desde referéndum, la revocación de mandato e incluso la reelección legislativa, en donde no hubo acuerdo con el PRI para introducirlas y se avanzó solamente en lo que es consulta popular e iniciativa ciudadana”.

El senador Alejandro Encinas Rodríguez señaló que el centro de la discusión es como generar las condiciones para que los ciudadanos ejerzan su derecho.

Dejó en claro que el dictamen no recoge el conjunto de iniciativas que diversos grupos de senadores presentaron y no han sido considerados en la minuta y el dictamen que hoy se está sometiendo a discusión.

Consideró una desatención al reglamento interno y a los procesos a partir de los cuales se deben dictaminar las iniciativas que se presentan en el Senado y cuanto más se trata de discutir las iniciativas que presentan los ciudadanos.

El senador Encinas Rodríguez señaló que hay tres temas centrales que merecen revisarse con detenimiento.

• Es el proceso legislativo porque en una sola minuta, se está dictaminando entorno a dos figuras jurídicas diametralmente opuestas, la primera a la iniciativa preferente que no es sino el fortalecimiento de las facultades del poder ejecutivo de iniciar leyes en cualquier materia ya sea constitucional o reglamentaria.

• Otra figura jurídica absolutamente distinta es la de la iniciativa ciudadana que tiene que ver con el derecho de los ciudadanos a iniciar leyes en las mismas condiciones que cualquier otro legislador, el Ejecutivo Federal, los Congresos de los Estados y todos los que tienen la facultad iniciar leyes en este país.

• En lo que se refiere a la iniciativa preferente se flexibiliza y se fortalece los mecanismos para dar preferencia a la atención del Ejecutivo Federal más allá de lo que ya está establecido en la constitución.

El senador Alejandro Encinas consideró que esas facultades deben de darse más bien a la iniciativa ciudadana y darle mayor fuerza jurídica.

Externó que existen varios problemas:

1. Se establecen mayores requisitos que están muy por encima de la constitución.
2. Se creó la situación de indefensión contra los ciudadanos promoventes de iniciativas ciudadanas.

Manifestó “debe de establecerse de forma expresa la posibilidad de que los ciudadanos puedan crear también reformas constitucionales y no sólo leyes reglamentarias, sino también el establecer la facultad de los ciudadanos para presentar iniciativas que deroguen leyes vigentes constitucionales o reglamentarias”.

Subrayó “debe eliminarse la consecuencia procesal de que la insuficiencia de firmas da por cerrado el caso”.

Señaló “en este proyecto se advierte además disposiciones que rebasan lo dispuesto en el texto constitucional restringiendo el derecho ciudadano de la misma forma en que están establecidas, las cuales son figuras jurídicas idénticas las que se reproducen en este texto de iniciativas ciudadanas con el proyecto de ley de consulta popular que buscan dificultad de impedir su realización”.

Recalcó “por eso se requiere modificaciones a los art. 130, 131 y 132 de la Ley Orgánica cuando menos para poder garantizar plenamente sin establecer mayores requisitos, el derecho de los ciudadanos a iniciar y presentar leyes con un agregado adicional estableciendo la certeza de su dictamen”.

Por último externó “en los términos actuales de la iniciativa nosotros votaremos en contra”.



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