La responsabilidad del estado es garantizar la
protección de los datos personales y de la vida privada de las personas en los
términos que establezca la ley: Encinas Rodríguez
Jueves, 28 Enero 2016
Durante el panel: Libertad de expresión y otros límites del
derecho a la petición de datos personales, el senador Alejandro Encinas
Rodríguez sostuvo que el derecho a la protección de datos de las personales
parte de los artículos VI y XVI de la Constitución mexicana, que
establecen que la información que se refiere a la vida privada y a
los datos de las personas será protegida por el Estado mexicano.
Manifestó que la responsabilidad del estado es garantizar la
protección de los datos personales y de la vida privada de las personas en los
términos que establezca la ley.
El eje rector que han sido todas las reformas en materia de
transparencia, acceso a la información y datos personales, dijo, debe seguir
siendo el acceder a toda información pública y son las normas que obligan al
Estado a garantizar el ejercicio pleno de los derechos.
Sin embargo, destacó que se debe de enfrentar y superar las
resistencias que la propia autoridad tiene en una cultura política tan
arraigada en la opacidad que prevalece en el país.
Agregó que la protección de datos personales deben de definir con
precisión los criterios de que derechos prevalece cuando éstos entran en
contradicción con otros derechos humanos que están establecidos en la ley.
“Los temas pendientes de la agenda son: los datos personales,
reformar la ley federal protección de datos personales y hacer la
ley general, para fijar los parámetros que permitan establecer en que caso
procederán el ejercicio de los derechos”.
El legislador propuso revindicar el derecho a la privacidad, a la
intimidad, a la preservación del dolor de las personas como una condición
fundamental para el ejercicio pleno de libertades en una sociedad democrática.
Participación del Senador Alejandro Encinas Rodríguez en el seminario, Día Internacional de Protección de Datos Personales con el tema “Libertad de expresión y otros límites del derecho a la protección de datos personales”.
Jueves,
28 Enero 2016
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