Hay
que asumir que Alejandro Sánchez Gómez forma parte de un equipo político: Alejandro
Encinas
Intervención en comisión del senador Alejandro Encinas Rodríguez,
del Grupo Parlamentario del PRD, durante la comparecencia del integrante de la
terna para ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Alejandro
Jaime Gómez Sánchez.
Alejandro Encinas Rodríguez, (AER): Gracias, Muchas gracias, señor presidente.
Licenciado Alejandro Jaime Gómez Sánchez, sea
usted bienvenido. Le agradezco de antemano las respuestas que pueda brindar a
los cuestionamientos que la haré.
Y yo voy a hacer un planteamiento, un enfoque
distinto al que han hecho mis compañeros legisladores a esta comparecencia. Y
para ello voy a partir de retomar la agenda que usted mismo nos planteó el
pasado 24 de noviembre en su presentación ante el Pleno del Senado de la
República; y quisiera destacar fundamentalmente cuatro aspectos que usted
señaló en su intervención y que hoy de alguna manera, tanto en su primera
intervención como a lo largo de las respuestas que ha presentado, se retoma en
gran medida este planteamiento.
Usted nos dice, por ejemplo, en el cuarto
párrafo de su discurso ante el Pleno: “parto de la premisa fundamental de que
el Poder Judicial de la Federación le corresponde esencialmente la función de
impartir justicia”, la función de impartir justicia. Vamos a ver cómo se
imparte la justicia más adelante.
Pero además nos dice, es el encargado de
mantener el equilibrio de los demás poderes y de los órganos autónomos.
Bueno, no es de los demás poderes, es entre
los demás poderes y los órganos autónomos.
Bueno, usted y yo nos conocemos bastante
bien, y no necesariamente eso es lo paradójico por nuestro desempeño en el
Estado de México, sino particularmente cuando usted, en representación del
Ejecutivo Federal y como miembro de la Consejería Jurídica de la Presidencia
intervino en todo el proceso de discusión y negociación de la reforma
constitucional en materia política y electoral.
Y en donde no solamente defendía usted el
punto de vista del Ejecutivo sino particularmente el del partido en el gobierno.
Y también asumo que, como usted bien ha
dicho, la autonomía se la da la ley. Aunque creo que la ley la establece; la
autonomía la cumple el funcionario en ejercicio pleno de la ley cuando éste
tiene la voluntad de hacerlo y no a partir de la autocensura.
Coincido en que, como usted dijo en sus
respuestas, el hecho de participar en un gobierno no implica necesariamente la
identificación o subordinación a un partido político. Pero también hay que
asumir que usted forma parte de un equipo político, el de Estado de México,
particularmente con el actual Consejero Jurídico Humberto Castillejos, y es un
equipo político en que lo mismo puede ser Procurador del Estado de México,
comisionado especial para Michoacán, encargado del deporte en el país.
O ser, como fue usted, Consejero Adjunto de
Consulta y Estudios Constitucionales; luego fue Procurador del Estado de
México, y ahora aspira a ser ministro de la Corte, promovido por el mismo grupo
político con el que usted ha venido trabajando desde hace muchos años; por lo
menos desde 1966, cuando Oscar Espinoza era el Jefe de Departamento del
Distrito Federal y usted era Subprocurador Jurídico y de Derechos Humanos en el
Distrito Federal.
Aquí sí hay un planteamiento de conflicto de
interés y de autonomía, porque cuando uno tiene una plena identidad de
pertenencia a un grupo político en el que actúa como gobernante, y que
actualmente es el gobernante, difícilmente puede garantizarse la autonomía
plena en un órgano de la importancia de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación.
Y no puede venir a decirnos que usted nunca
ha recibido instrucción ni del Presidente ni del Gobernador, porque usted era
colaborador del Presidente en la Consejería Jurídica, pues no actuaba por
iniciativa propia sino por instrucciones del Consejero y del Presidente de la
República.
Como también en el caso de las procuradurías,
lamentablemente las procuradurías en nuestro país no gozan de autonomía. Y
desde el nombramiento, aunque en ocasiones pueda intervenir el Congreso Local,
depende directamente del gobernador.
Yo creo que aquí hay un primer conflicto de
interés en el asunto de garantizar la plena autonomía en el ejercicio de la
función de ministro de la Corte.
El segundo tema, y retomo sus palabras en el
discurso ante el Pleno. Dice:
“La reforma constitucional en materia de
derechos humanos –los subrayados son míos– han marcado desde el 2012 una nueva
ruta en el quehacer jurisdiccional en el cual ya estamos inmersos.
Quiero referirme de manera especial al avance
en la promoción y protección de los derechos humanos de la mujer. El Estado
podría avanzar en la construcción de los instrumentos normativos y las
políticas necesarias para identificar, prevenir, combatir, sancionar y
erradicar la violencia de género”.
Lo dijo aquí también: “La violencia de género
parte de una base cultural sostenido en estereotipos de comportamiento entre
hombres y mujeres, basado en su rol sexual”.
Y dice: “Podremos erradicar la violencia de
género cuando entendamos todos que las mujeres tienen un rol igual al de los
hombres en la evolución del entramado social y al hacer efectivos los derechos
de las mujeres a una vida libre de violencia, lo cual es un principio
fundamental para una verdadera igualdad”.
Y luego nos presume en el Pleno: “La
Procuraduría General de Justicia del Estado de México es de las pocas
instituciones que cuenta con una Subprocuraduría para la atención de delitos
vinculados con la violencia de género. Y además se ha impulsado el
establecimiento de centros integrales de justicia para las mujeres y en la
implementación del protocolo Alba –lo volvió a decir hoy– para la búsqueda y
localización de mujeres desaparecidas; lo que ha contribuido –lo dice desde su
posición como Procurador en el Estado de México– a la expedición del protocolo
de investigación de feminicidios y no una adecuación interna.
Hay que ir a los hechos. Efectivamente, a
partir de que en 2007 se crea la Ley General de Acceso de las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia, se incorporó la figura de alerta de violencia de
género y en el año 2010 la Comisión Mexicana de Defensa de la promoción de los
Derechos Humanos y el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio,
solicitaron al declaración de alerta de género en el Estado de México, la cual
en enero del 2011 fue negada por el Sistema Nacional de Prevención de Atención,
Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, y posteriormente el
28 de noviembre, el Poder Judicial de la Federación, cuando se ampararon frente
a esta resolución del sistema, otorgó un amparo para la admisión a trámite de
la alerta de violencia de género en el Estado de México.
En abril del 14, disculpe que sea tan
detallado, pero son los hechos puntuales que debemos destacar, el Sistema
Nacional admitió la procedencia y a solicitud de declaratoria, en abril de 2014
y al mismo tiempo, por la dilación en la declaratoria en el Estado de México,
la propia Comisión Mexicana de Promoción de Derechos Humanos y el Observatorio
Ciudadano, pues tuvieron que recurrir de nueva cuenta a un amparo por el
rechazo injustificado a la declaratoria de género.
¿Cuál fue la respuesta de usted a estos
amparos y a estas solicitudes?
Fue el haber presentado una queja a nombre de
la Procuraduría General de Justicia al juez segundo de distrito en materia
administrativa en el Distrito Federal y otra solicitud de queja ante los
magistrados integrantes del Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en
turno del Primer Circuito del Distrito Federal, donde la licenciada Antonia
Lourdes Estrada Sánchez, agente del Ministerio Público adscrito a la Dirección
General Jurídica y Consultiva, a su nombre y en su representación interpone un
recurso de queja contra la obligación que le mandató el juez para entregar la
información de los feminicidios cometidos en el estado.
Nos dice que una de las labores fundamentales
de la Corte es la impartición de justicia y aquí hay dos recursos de queja en
donde se opone a la entrega debidamente certificada, legible y completa de las
estadísticas o de todos aquellos documentos que representen el número de
homicidios de mujeres en el Estado de México.
Afortunadamente no prosperó esta queja,
siguió el curso y se otorgó un nuevo amparo, que a la fecha llevó cinco años
después a la declaración de alerta de género, pero ya con costos muy altos.
De acuerdo a la Comisión Nacional para
Prevenir y Erradicar la Violencia contra de las Mujeres de la Secretaría de
Gobernación, en el Estado de México se han cometido al 31 de julio del 2015,
mil 552 feminicidios, de los cuales sólo se han atendido 227.
Por supuesto que un solo feminicidio, lo
señalaba la senadora Martha Tagle, es importante, pero mil 554 es una cifra
realmente alarmante, que da cuenta de graves omisiones de la autoridad, más aún
cuando la propia Procuraduría del Estado de México sólo reconoció en 2014, 27
feminicidios y en 2015 ha reconocido 19, cifra que contrasta con muchas de las
organizaciones sociales.
Aquí hay un anexo estadístico de un libro de
Piaget, en donde el promedio de feminicidios anuales en el Estado de México es
de por lo menos 300 feminicidios cometidos anualmente en los últimos 10 años.
Y eso llevó a una nueva sentencia del juicio
de amparo. Para estar de acuerdo con ustedes los abogados, en el amparo
429/2015, en donde dice:
“Debido al retraso por cuatro años y medio de
la emisión de declaratoria de alerta de violencia de género por el Estado,
configuró –se señala- en la sentencia del juicio de amparo-, se configuró una
violación grave de los derechos fundamentales dado que se dejaron por demasiado
tiempo invisibilizadas las muertes de dichas mujeres.
Señaló, este juicio de amparo, que las
autoridades responsables no estaban comprometidas a garantizar la seguridad de
las mujeres y el cese de la violencia en su contra, y estableció que la
autoridad debe reparar a la sociedad civil el agravio causado, pues la
violencia en contra de las mujeres, además de ilegal, dañan no solamente los
derechos humanos de las mujeres sino de la sociedad en su conjunto.
Y les instruyó, a la Procuraduría que usted
encabeza, a emitir una disculpa pública por el retraso de la atención del tema
de la declaratoria de alerta de género, a comprometerse por escrito con la
parte quejosa y ante la fe de un fedatario público, a no volver a retrasar ni
minimizar el aumento en el índice de homicidios en contra de las mujeres, y
entre otras cosas a realizar un acto público de reconocimiento de
responsabilidad en la memoria de las mujeres que han sido asesinadas en el
Estado de México, lo cual no ha cumplido.
Y no solamente eso. Entre muchos de los
casos, le voy a destacar solamente uno. Uno que por cierto es el primer caso
reconocido como feminicidio por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que
es el feminicidio contra Mariana Lima, quien fue presuntamente asesinada por su
esposo, el policía judicial del Estado de México, policía ministerial de su
Procuraduría, Julio César Hernández Ballinas, sobre el cual, acreditada por la
Suprema Corte de Justicia de la Nación, la comisión de un feminicidio, la tesis
que ha sostenido la Procuraduría del Estado es que no se trató de un homicidio,
sino de un suicidio.
Y la Corte es muy explícita. La Corte dice
que desde un inicio el Gobierno del Estado de México declaró que Mariana se
había ahorcado con un hilo, hipótesis calificada por la Corte como improbable,
ya que el material no pudo haber soportado el peso de la víctima.
Y los familiares, particularmente la madre de
la víctima, incluso tiene dudas si esta persona está detenida o en la cárcel,
porque tratándose de suicidio, no hay responsabilidad que imputarle a este
policía ministerial.
Por eso, en el amparo se señala, y tampoco se
ha cumplido, y dice el amparo: se requiere nuevamente, por tercera y última
ocasión a la citada autoridad, o sea a la Procuraduría del Estado de México, a
quien en el término de tres días, contados a partir de la legal notificación de
este proveído, proporcione a este Juzgado de Distrito copia debidamente
certificada, legible y completa de las estadísticas de todos aquellos
documentos que representen, por municipio, el número de homicidios.
No se ha entregado y se cumplió el término.
Y en la página 56 del amparo –se lo voy a
hacer llegar-, señala: Cabe precisar que la Procuraduría General de la
República ya cumplió con lo que hace a su ámbito competencial, pero la del
Estado de México se ha negado por tres ocasiones a ello y una vez interpuso los
medios de defensa conforme a derecho correspondían y, etcétera, etcétera.
¿Esa es la forma como quiere impartir
justicia desde la Corte, ocultando la información, tergiversando hechos, como
el caso de este asesinato de Mariana Lima, y la protección a un policía que ha
cometido este tipo de delitos?
Y el último: Tlatlaya, que ha sido aquí
recurrente. Usted destacó en su intervención el día 24, por lo que se refiere a
la intervención de la Procuraduría con motivo de los hechos en el que perdieron
la vida 22 personas en Tlatlaya, Estado de México, hizo las siguientes
puntualizaciones, y las voy a desahogar una por una más adelante.
“Se procesó el lugar de los hechos en los
términos en que éste fue hallado”. Aunque luego le echó la culpa al Ejército de
haber alterado la escena del crimen.
“Se tomaron entrevistas de los elementos
militares quienes denunciaron un enfrentamiento con un grupo armado”.
“Se recabaron las primeras entrevistas –ahora
a la tortura le llaman entrevistas– de las mujeres que se encontraron en el
lugar de los hechos, a quienes el ministerio público dio la condición de
víctimas y otorgó medidas de protección”. No es así, aquí el ministerio público
les tomó con tortura declaraciones y acabaron detenidas o involucrándolas
supuestamente con el grupo delictivo en el penal de máxima seguridad en
Nayarit.
Dice: “Se practicaron las diligencias
periciales inmediatas”. Vamos a ver qué dijo el secretario general de gobierno
del Estado de México. “Y de conformidad con la Comisión Nacional de Derechos
Humanos, presumiblemente elementos del Ejército habían alterado la escena de
los hechos, no así el personal de la Procuraduría mexiquense.
O sea, de acuerdo con su versión, en el
discurso, no en el expediente de las investigaciones, el responsable de alterar
la escena del crimen fueron los elementos del Ejército mexicano.
Y dice: “el procesamiento del lugar de los
hechos que hizo la Procuraduría fue oportuno y sirvió para que la autoridad
federal profundizara en las investigaciones”. Y señaló que sobre las
imputaciones de tortura y malos tratos, el ministerio público ejecutó acción
penal en contra de los probables responsables.
Vamos a ver la crónica real de los hechos,
que creo que esta es la que vale la pena porque, efectivamente, el 30 de junio
del 2014 la Secretaría de la Defensa Nacional a través de un comunicado señaló
que se había presentado un enfrentamiento entre elementos de la vigésimo
segunda zona militar, radicada en el Estado de México, a las 5:30 horas, en
donde en un enfrentamiento resultaron 22 presuntos agresores muertos, 21
hombres y una mujer; y se confiscaron armas y se liberó a tres mujeres, quienes
manifestaron estar secuestradas.
Y además informó la Secretaría de la Defensa
que peritos y agentes del ministerio público de la Procuraduría General de
Justicia del Estado de México se encontraban realizando las actuaciones de ley.
Al día siguiente, el 1 de junio, el
gobernador del estado, Eruviel Ávila, reconoció en una conferencia de prensa la
labor del Ejército mexicano al rescatar a tres personas que estaban
secuestradas, donde abatieron a 22 integrantes de un grupo del crimen organizado.
Y cito textualmente la declaración del gobernador: “Podemos ver que el Ejército
mexicano actúa con firmeza, con acciones concretas y el gobierno del Estado de
México le reconoce su participación y le agradece la acción decidida y
contundente. El Ejército, en su legítima defensa, abatió a los delincuentes”.
Sin embargo, a partir del 3 de junio
distintos medios de comunicación, yo destaco en este caso a reporteros de
Associated Press y a la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas en
materia de Derechos Humanos, después de visitar la escena del crimen
aventuraron en un inicio, el hecho de que no había habido un enfrentamiento,
sino que había habido una ejecución y que no hubo tal tiroteo en la misma
proporcionalidad.
A estas declaraciones en distintos medios, en
la prensa internacional y en la prensa nacional, y las primeras averiguaciones
de la Oficina del Alto Comisionado, usted el 15 de julio de 2014 en una
conferencia dijo que “no existieron disparos a corta distancia. El intercambio de
disparos fue proporcional, de acuerdo con la trayectoria de los proyectiles y
la posición en la que fueron hallados los cuerpos, no existe indicio alguno
sobre una posible ejecución”.
El 15 de julio del 2014 usted lo declaró, y
hago la cita textual:
“Respecto a los hechos ocurridos en Tlatlaya,
el Ministerio Público del Fuero Común inició la investigación correspondiente,
practicó las diligencias respectivas, y en su momento remitió la carpeta de
investigación de la PGR.
En las diligencias prácticas no se desprende
indicio alguno que haga presuponer o que nos haga pensar en la posible
ejecución o posible fusilamiento al que se han hecho referencia en algunos
medios de comunicación”.
Tan no fue así que el 21 de octubre la
Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió una recomendación donde reconoce
no solamente la alteración de la escena del crimen, que hubo ejecuciones
extrajudiciales, sino también que posteriormente se presenciaron, ordenaron y
toleraron actos de tortura.
Y le recomendó a la Procuraduría del Estado
de México que proceda a la reparación del daño de los sobrevivientes con
indemnización, atención médica y psicológica. No se ha cumplido.
Que se llevaran a cabo las investigaciones
con estricto apego a los derechos humanos.
Que se colabore con la Comisión Nacional de
Derechos Humanos en la presentación y denuncia de hechos que formule la
Procuraduría para determinar la responsabilidad penal de los servidores
públicos adscritos a la Fiscalía Regional de Tejupilco y de la de Asuntos Especiales.
No se ha hecho.
Que se proporcione a los peritos de la
Procuraduría de Justicia del Estado de México y al personal ministerial cursos
de capacitación en materia de derechos humanos, etcétera.
Sin embargo, a esas personas que dicen que
entrevistaron y que el gobernador Eruviel ha dicho que Defensa Nacional y el
gobernador había dicho que habían sido liberadas y que después fueron
encarceladas en el penal de máxima seguridad de Tepic, Nayarit.
El 15 de diciembre un juez ordenó la libertad
inmediata de estas mujeres que fueron detenidas el 30 de junio en Tlatlaya.
Y aquí es donde empieza todavía a
descomponerse más la situación, porque si bien el 11 de de abril el Secretario
General de Gobierno del Estado, José Mansur Quiroga, confirmó que diez
servidores –ahora resulta que son siete, no diez como dijo el secretario
gobierno– públicos de la procuraduría del Estado fueron suspendidos al ser
investigados por los hechos de Tlatlaya.
Y luego en su comparecencia, la del
Secretario de Gobierno, fíjense lo que dijo el Secretario de Gobierno en su
comparecencia en la Cámara de Diputados el 16 de abril. Dijo que la Secretaría
de Defensa Nacional retrasó el arribo de la policía ministerial a Tlatlaya.
Usted nos dijo que fue una actuación rápida e
inmediata, e insistió: “Me volví a comunicar –cito al Secretario de Gobierno, a
José Mansur– m volví a comunicar con el general José Luis Sánchez León y nos
dijo que no fuera muy rápido el personal de la Procuraduría, porque todavía
estaba más o menos oscuro”.
Lo bueno es que no obedecen órdenes de
gobierno, ¿verdad?
Y luego el 1º de julio del 2015, la
procuraduría que usted encabeza detuvo, efectivamente, a cuatro de siete
policías ministeriales investigados por posible responsabilidad en el delito de
tortura de acuerdo con la investigación 1291/2015.
Y los delitos que se le imputaban son:
tortura, abuso de autoridad y falso testimonio.
Eso está perfectamente acreditado en la
recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, y realmente es
preocupante la forma en la que se ejerció la tortura a estas mujeres que eran víctimas
y no eran responsables para obligarlas a firmar una declaración
autoinculpatoria.
No quiero detenerme, están en el punto 155,
lo tenemos en el punto 308, cómo incluso se hace referencia a personal de la
Procuraduría, un hombre calvo que las pateaba en el costado del cuerpo y las
amenazó con hacer daño a su familia diciéndole que no le costaba nada poner en
sus manos las armas.
Y a una mujer de características plenamente
identificables, no solamente porque se trataba de una mujer de complexión mediana,
morena que fumaba mucho, sino que además están plenamente identificados quiénes
eran los del personal de la Procuraduría en turno. Sin que a la fecha se haya
identificado.
Pero la tragedia del caso, esta es de las
cuestiones que realmente preocupan, los supuestos policías ministeriales
acusados de tortura, declaración falsa y otros delitos, que fueron presentados
y detenidos el primero de julio, los liberaron ustedes el 3 de julio del 2015,
con una fianza de 60 mil pesos, cuando estos delitos graves no alcanzan ningún
beneficio.
Desde cuándo al tortura puede obtener la
libertad bajo fianza.
Aquí le voy a parar, pero falta una que nunca
nos han explicado, en donde existe evidencia que el día del enfrentamiento,
donde por cierto no coinciden las órdenes en que da a conocer la Defensa
Nacional de ustedes, unas a las 4:50 de la mañana, otras a las 5:50, hay la
presunción de que se permitió la figa de dos hombres que se encontraban dentro
de la bodega y que salieron a bordo de otra camioneta, entre quienes se presume
se encontraba el líder de la familia michoacana, conocido como “el pez”, “el
flash” o “el mojado”.
Y de esto, aunque hayan turnado a la
Procuraduría General de la República esa información, no se justifica la
ausencia en el expediente que haga la Procuraduría de Justicia del Estado de
México.
No es un asunto donde baste venir a decir que
se están atendiendo, que se consignó al personal, pero díganos por qué los
liberaron, si estaban acusados de tortura y qué juez les fijó una fianza, por
qué nos e ha identificado al agente que llevó a cabo el procedimiento de
tortura a estas mujeres, a las que entrevistaron torturándolas, a las que
consideran víctimas, luego las obligaron a autoinculparse y no hay ningún
responsable de este conjunto de arbitrariedades que se cometieron en la
Procuraduría que usted encabeza.
Por sus respuestas, muchísimas gracias.
SEGUNDA INTERVENCIÓN
Ya no formularé más preguntas.
Seguramente seguiremos discutiendo con el
señor Procurador este tema en los próximos meses.
Yo por eso me doy por satisfecho.
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