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"Estamos en una crisis humanitaria que deriva de la ausencia del Estado":

Alejandro Encinas Rodríguez

Venimos de lejos

Dtto 30

Constituyente

Senador



Iniciativa del Ejecutivo no va a transformar todo el sistema de impugnación y nulidad electoral: Sen  Alejandro Encinas


INTERVENCIÓN EN TRIBUNA
26 de marzo de 2014

Intervención en tribuna del Senador Alejandro Encinas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRD, para referirse al dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el inciso b) del tercer párrafo de la Base VI del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de nulidad de elecciones.

Alejandro Encinas Rodríguez (AER). Muchas gracias, senador presidente.

Compañeras y compañeros senadores.

Yo creo que si hubiéramos hecho una reflexión más detenida en el mes de diciembre del año pasado sobre este tema nos estaríamos ahorrando la discusión.

Hay que recordar que el debate del 2 de diciembre del año pasado, cuando discutimos las causales de nulidad no se incluyó la figura de comprar, porque venía el término adquirir con toda precisión, a fin de no dejar duda de la prohibición y restricción para que los partidos políticos o particulares pudieran, en la campaña electoral, comprar tiempo en radio y en televisión.

Sorpresivamente en la sesión del 5 de diciembre la Cámara de Diputados modificó, atendiendo al interés de poderes fácticos, la versión de ese artículo, incluyendo la figura de adquirir.

Y tengo muy presente, la madrugada del 13 de diciembre, en una sesión, pues bastante agitada, que a final de cuentas se tuvo que levantar por falta de quórum y cerrar el periodo de sesiones, que tanto el senador Corral como un servidor nos reservamos en particular este asunto para que se mantuviera con toda precisión la figura de adquirir, ya que con como lo ha señalado el senador Bartlett, el término comprar hubiera requerido que quien se (inaudible) junto a este acreditar una violación a la Ley de la Constitución debe contar con las facturas.

Sin embargo, lo cierto es que no solamente se hizo caso omiso, sino que así se publicó y salió adelante esta reforma constitucional.

Ahora viene como una iniciativa del Ejecutivo, como si fuera un gran reforma que va a transformar todo el sistema de impugnación y nulidad electoral, lo cual no es cierto, porque en los términos en que quedó en la Constitución, si bien ayudan a que se establezca la figura de adquirir, pues se tiene que conjuntar varios factores para poder proceder a anular una elección.

Que las causas sean graves, dolosas y determinantes en el resultado. Y para fijar la determinancia incluso se dio tolerancia en la reforma constitucional a rebasar el tope de gastos de campaña, ya que en la propia Constitución se establece que solamente quien rebase en más de 5 por ciento el tope de gastos de campaña y la diferencia entre el que gane y el segundo lugar sea mayor al 5 por ciento del resultado electoral.

Es una licencia para violar la Constitución, y la ley.

Entonces, qué bueno que se rectifique, pero no se resuelve el fondo del problema, y seguimos teniendo como tema central el criterio de determinancia creado en la elección del 2006 por el Tribunal Federal Electoral que no consideró determinantes la intervención del Ejecutivo Federal en la campaña electoral, una guerra sucia a través de los medios, la intervención de organismos empresariales en la contienda, la utilización de recursos públicos en la misma y dijo que un 0.56 por ciento de diferencia en el resultados electoral, ello no fue determinante.

Entonces, yo quiero también aprovechar esta oportunidad para hacer una reflexión de lo que significa esta forma de legislar.

En primer término, hemos reformado en esta legislatura 16 reformas constitucionales, ésta será la número 17.

Y dentro de la Constitución hemos establecido un régimen transitorio que ha convertido a nuestra Constitución prácticamente en una ley reglamentaria, tan sólo en cuatro reformas constitucionales, me refiero particularmente a la reforma política, la transparencia, a la energética y telecomunicaciones, tenemos 70 artículos transitorios que son prácticamente normativos y que bueno, su fuerza y su vigencia ahora que vemos la iniciativa en materia de telecomunicaciones queda en duda.

Y lo más paradójico del asunto es que esta reforma que se publicó el 11 de febrero de este año va a tener la vigencia más efímera en la existencia de una reforma constitucional, porque solamente duró solamente treinta y tantos días, cuarenta y tres días después de que entre en vigor se reforma.

Y creo que esto va a sentar un precedente porque este precedentes es básicamente de que las reformas constitucionales recientes en cualquier momento se pueden modificar y esperemos que en materia de la reforma energética y de la consulta se reformen estas leyes sin ninguna restricción y ningún impedimento.

Y bueno, está por resolverse una solicitud que hemos presentado en la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que se promueva… para que se pronuncien sobre la constitucionalidad de la consulta en materia de reforma energética y está por resolver.

Aunque es muy interesante el debate que se dio ayer en la Corte donde hay un voto dividido entre 4 y 3 de los ministros de la Corte, donde se quiere negar la petición que hemos hecho para este pronunciamiento con un argumento que también va a ser muy interesante, con el argumento de que los solicitantes nos anticipamos a la publicación de la ley reglamentaria.

Yo quisiera ver que la Corte emitiera una resolución de esta naturaleza por lo que implicaría, no solamente por la violación a las jurisprudencias que ha establecido la Corte señalando que la omisión del legislador no es (Inaudible) para conculcar un derecho establecido en la Constitución, porque si es que se pronuncia de que no es procedente el derecho en tanto no hay una ley reglamentaria, habría que derogar la reforma laboral y la reforma a la contabilidad gubernamental que entraron como iniciativas preferentes al Congreso de la Unión, sin que existiera hasta la fecha la ley reglamentaria en materia de iniciativa preferente.

Yo creo que deberíamos mejor trabajar con mayor juicio, sin tantas prisas, atender nuestra labor en función de los intereses del país y de los ciudadanos y nos estaremos evitando estas reformas que quieren, pues, arreglar algo que lamentablemente no resuelve el problema de fondo, porque para anular una elección se requiere prácticamente transformar el sistema electoral del país.

Por su atención, muchas gracias.



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