Procedimiento que se ha dado a iniciativa en
materia de apagón analógico ha sido de un desaseo extraordinario: Alejandro
Encinas
Reunión de trabajo de la Comisión de Comunicaciones
y Transportes.
Jueves, 26 Noviembre 2015
Intervención
del senador Alejandro Encinas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRD,
durante la reunión extraordinaria de la Comisión de Comunicaciones y
Transportes.
Alejandro Encinas Rodríguez, (AER): Muchas gracias, senador Lozano.
Yo creo que lo que estamos discutiendo no es
un asunto menor ni es un asunto de forma ni es un asunto solo de procedimiento.
Esto es de fondo, porque si nosotros no
respetamos las reglas que nos dimos para desarrollar nuestro trabajo
legislativo, esto va a ser no solamente una anarquía sino va a ser
profundamente violatorio de la ley.
Y aquí el procedimiento no solamente no ha
sido ordinario, sino es de un desaseo extraordinario. Y, en términos estrictos,
esta iniciativa no se ha ingresado formalmente.
Nos han señalado aquí, y eso es muy delicado,
que en una tercera versión del Orden del Día se incorporó la iniciativa del
senador Gil.
Yo he de decirles que estuve toda la sesión
presente y en ningún momento recibí en mi escaño ninguna Orden del Día
adicional a las que presentaron.
¿Va a ser muy difícil comprobarlo?
Efectivamente, va a ser muy difícil. Pero sí hay un documento oficial que
esclarece esta situación.
¿En primer lugar, la Mesa Directiva tiene la
facultad de proponer el Orden del Día? Sí. Y sólo el Pleno tiene la facultad de
modificarla.
Cuando hay una modificación porque se ingresa
una iniciativa que no estaba agendada, se solicita su autorización al Pleno. Y
tan no estaba, fíjense en el artículo 73, en el 73 dice ahí con toda claridad
que todas las iniciativas tienen que presentarse a más tardar a las 20:00 horas
del día anterior a la sesión, pero puede presentarse en función del artículo 75
durante la sesión, y la Mesa Directiva solicita al Pleno la modificación del
Orden del Día.
Tan no estaba en el Orden del Día, aquí está
la versión estenográfica de esa sesión, cuando la presidencia estaba en manos
del senador Luis Sánchez Jiménez y dice textualmente:
“Informo a la Asamblea que recibimos en esta
Mesa Directiva una iniciativa suscrita por el senador Roberto Gil Zuarth del
Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, que contiene proyecto de
decreto por el que se reforma el artículo décimo noveno transitorio del decreto
por el que se expide la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y la
Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, y se reforman
adiciones de otras disposiciones”.
Si hubiera estado inscrita en el Orden del
Día, hubiera bastado el término de la sesión, como se hace regularmente para
que donde se dice: “Todos los puntos de acuerdo e iniciativas que están
enlistadas y que por segunda ocasión, o que su promovente lo ha solicitado, se
turna directamente a la Comisión”.
Tan no estaba en el Orden del Día, que tuvo
que darle el presidente en turno este tratamiento, porque no estaba en el Orden
del Día.
Y, en tanto no lo autorice el Pleno, esta
iniciativa no puede dictaminarse.
Y no es un asunto de que simple y
sencillamente votamos y ya, o que no es competencia de la Comisión.
La Comisión tiene también sus responsabilidades.
Usted citó desde el día de antier, por
ejemplo, al senador Rabindranath Salazar lo citó usted antier, el mismo día
donde hicieron este procedimiento indebido a las seis y media de la tarde; pero
la iniciativa se publicó en la Gaceta Parlamentaria ayer a las 12 del día. Es
así de sencillo.
Y por lo menos debe estar publicada, no
solamente 24 horas antes de la Sesión; debe convocarse 24 horas antes de la
sesión a los integrantes de la Comisión, pero apenas ayer a las 12 horas se
publicó la iniciativa en la Gaceta Parlamentaria.
No han transcurrido ni siquiera 24 horas de
su publicación y ya se quiere dictaminar.
Yo por eso digo, y hay muchas más eh. Aquí
hay una situación independientemente de los turnos de que está solicitado. Aquí
en términos estrictos esta iniciativa no ha iniciado su proceso formal, toda
vez de que indebidamente desde su ingreso hasta su publicación no ha cumplido
con las disposiciones reglamentarias que nos hemos dado en el Senado de la
República.
Es absolutamente ilegal pretender
dictaminarla donde ni proyecto de dictamen hay.