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"Estamos en una crisis humanitaria que deriva de la ausencia del Estado":

Alejandro Encinas Rodríguez

Venimos de lejos

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Constituyente

Senador




Reforma en materia de transparencia busca garantizar el ejercicio del derecho ciudadano y acabar con la discrecionalidad: Sen Alejandro Encinas

INTERVENCION EN TRIBUNA 

 20 de noviembre de 2013


Intervención del senador Alejandro Encinas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRD, para referirse al dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de transparencia.

Alejandro Encinas Rodríguez (AER): Muchas gracias senador Presidente.
Yo creo que el día de hoy estamos a punto de cerrar un largo proceso legislativo, que habiendo tenido un inicio virtuoso enfrentó un periplo que pretendía debilitar los alcances de esta ley y debilitar, lo que es el asunto fundamental, el derecho de los ciudadanos de acceder a la información pública.

Y hablo de un inicio virtuoso porque quizá esta sea la ley que mejor discutimos en el Congreso.

No sólo porque se debatieron tres iniciativas de distintos partidos políticos al seno de comisiones unidas, sino porque la audiencia pública que se llevó a cabo no sólo consideró a la academia, a los órganos garantes, a los órganos autónomos constitucionales, a representantes de los objetos obligados, particularmente la autoridad de gobierno; sino que además escucho, atendió las propuestas y modificó las iniciativas para el dictamen retomando los propios procesos de la audiencia.

Y ese proceso virtuoso es lo que nos llevó a aprobar por unanimidad el año pasado esta modificación a la Constitución, cuyo objetivo fundamental no es fortalecer, o no es sólo fortalecer a los órganos garantes, sino fortalecer, después de una década en donde se inicio la legislación del acceso a la información, fortalecer el derecho de los ciudadanos a acceder a la información pública y a la protección de datos personales.

Y las reformas tienen alcances importantes, no sólo porque se otorga garantía constitucional al Instituto Federal de Acceso a la Información, que es el órgano garante en el ámbito federal, sino que desde esta constitución se otorga autonomía a todos los órganos garantes en las entidades federativas que habían enfrentado la resistencia de los distintos gobiernos locales para contar no solamente con autonomía, sino con la libertad plena para ejercer sus facultades en atención al ejercicio de este derecho ciudadano.
Y esto busca la autonomía de los órganos locales, fortalecer la institucionalidad que había encontrado adversidades locales; de ahí la propuesta de que exista una Ley General de Acceso a la Información, no en el ánimo de que el Gobierno Federal regule a los órganos locales, para eso sería una Ley Federal.

La Ley General establecerá las mínimas normas a las que deban sujetarse los órganos locales con lo cual vamos a dar marcha a tras a la discrecionalidad y a los obstáculos que los gobernadores habían impuesto en la mayor parte de los estados de la República.

Y no sólo eso, sino uno de los avances más importantes de esta reforma es dejar claridad en los sujetos obligados; no se trata de fortalecer solamente a los órganos garantes, sino definir quiénes son los sujetos obligados a rendir cuentas.
Y ahí que se ven, donde se ven enfrentados las mayores resistencias, logramos establecer que todo ente público o privado que reciba o administre recursos público es objeto obligado de esta ley.

Es decir, no solamente son los organismos públicos, los fideicomisos públicos y privados, las organizaciones no gubernamentales, asociaciones privadas, partidos políticos, sindicatos que reciban en efectivo o en especie recursos públicos son sujetos obligados y deben de rendir cuenta sobre el manejo de esos recursos a la ciudadanía.

Y también por eso es importante destacar el porqué dotar a la autoridad local de la facultad, no de sustituir a los órganos garantes locales, sino de atraer aquellos casos en donde hay negativa del órgano garante de un poder local o de cualquier organismo público o privado para rendir cuentas a la instancia federal, porque lo que se busca es garantizar el ejercicio del derecho del ciudadano y acabar con la discrecionalidad y de ahí la importancia de establecer la definitividad de inatacabilidad de las resoluciones del IFAI para que éstas puedan ser atendidas.

De esto pues no va a ser suficiente tendremos que emitir nuevas leyes, donde efectivamente se regulara el derecho al acceso a la información y la protección de datos personales, pero también hacia una ley general de archivos para garantizar la existencia de la información que se deben brindar a los ciudadanos en el ejercicio pleno de sus derechos.

Y respecto al mecanismo de elección, creo que hicimos un esfuerzo para evitar el tipo de nombramiento tradicional que era a propuesta del Ejecutivo, como está integrado actualmente el IFAI y será en un mecanismo de participación transparente y abierto, en donde el Senado definirá por mayoría calificada a los nuevos integrantes, efectivamente, estableciendo un derecho de veto, revirtiendo el modelo ortodoxo tradicional donde todas la iniciativas de nombramientos provienen del Ejecutivo federal.

Ese es el primer caso en donde un asunto de este tipo de órganos será el Senado quien proponga y resuelva, me van a decir eso sucede igual en el IFE, sí, pero se establece un mecanismo de contrapeso y control que ayudará a evitar el cuotismo y la construcción de acuerdos por mayoría calificada.

Y de esos aspectos de las consultas y las negociaciones, creo que se algo hubo transparente en la negociación de esta reforma fue la transparencia, incluso de la modificación al artículo 105 y su fracción primera, inciso L, que compartimos en su integración, porque la modificación fue resultado no de negociaciones en lo oscurito dentro de los grupos parlamentarios, sino atendiendo las propuestas que nos hicieron personalidades, académicos, la Red Nacional de rendición de Cuentas, organismos garantes de los estados para evitar la confusión que existía, y creo que esto salda tal igualdad de condición constitucional (Inaudible) constitucional y jurídico a los órganos autónomos donde no puede haber prevalencia de ninguno sobre otro en términos estrictos de nuestra Constitución.

Finalmente, sí quisiera solicitarle señor Presidente que toda vez de que ha habido modificaciones a la minuta que nos envío la Cámara de Diputados y se tendrá que regresar a la colegisladora se aplique la disposición del artículo 72 constitucional, quien en su apartado e, señala que en los casos de que la Cámara revisora en la etapa final de la legislación haga modificaciones solo remita a la Cámara de Diputados las modificaciones que se realizaron a la minuta para que ya lo aprobado se considere avalado por ambas Cámaras.

Yo debo reconocer fue un largo proceso, (Inaudible) el Senador Raúl Cervantes, lo concreta en el caso de Puntos Constitucionales el Senador Enrique Burgos pero tengo que reconocer que fue un esfuerzo de los integrantes de las comisiones unidas que permitió construir un gran acuerdo y que espero que felizmente hoy podamos concretar.

Muchas gracias.


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