Necesario
garantizar integralidad y alcance de las decisiones del Sistema Nacional
Anticorrpción: Encinas Rodríguez
INTERVENCION EN COMISION
Alejandro Encinas Rodríguez
13 de diciembre de 2013
Intervención del Senador Alejandro Encinas Rodríguez, del Grupo
Parlamentario del PRD, para referirse al dictamen en materia de anticorrupción.
Alejandro Encinas Rodríguez, (AER): Muchas gracias senador presidente.
Bueno, que bueno que en estos días tan nefastos para la historia del país y del
Congreso de la Unión, haya una iniciativa que se ha procesado bien, que se ha
discutido a lo largo de un año atendiendo las posiciones de la sociedad civil,
no solamente de los grupos parlamentarios.
Y hemos construido un acuerdo que indudablemente va a ayudar a atacar uno de
los peores males, el peor mal de este país, que es la corrupción, no solamente
en los asuntos públicos, sino también en los asuntos privados del país.
Pero lamentablemente una golondrina no hace verano.
Y como ha sucedido aquí, diverso compañeros, pues es lamentable, no solamente
el cerrojazo que hizo la Cámara de Diputados, la lamentable forma de violando
todas las normas legislativas para dictaminar un tema fundamental para el país,
enviar a discutir directamente al pleno una minuta sin haber discutido en
comisiones y llevando a una situación extrema y de mayor polarización a nuestro
país.
Lo dijimos ayer, ya aprobaron su reforma energética y esto a penas empieza.
Porque es un tema que divide y confronta profundamente al país.
Y esto acaso es una excepción, debo reconocerlos, este dictamen que estamos
discutiendo para hacer reformas y establecer nuevas disposiciones
constitucionales en materia de combate a la corrupción, puede ser un
instrumento importante para atacar ese mal endeble.
Y reconozco que a lo largo de este año de discusión hemos logrado consolidar
dos objetivos fundamentales que nos planteamos de inicio y donde hubo alguna
resistencia.
La primera, la de constituir un órgano autónomo anticorrupción que hoy queda
establecido en el Artículo 109 de la Constitución como un organismo público
autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, y que será dirigido por
un titular nombrado por las dos terceras partes del Senado.
Y junto con este órgano autónomo dar paso para crear un sistema nacional
anticorrupción, en donde se busca con esta reforma establecer distintas
disposiciones de carácter integral y transversal que permita la coordinación de
esfuerzos con distintos organismos públicos autónomos y con las instituciones
responsables de la fiscalización del ejercicio de los recursos y la persecución
del delito.
Porque ese sistema nacional anticorrupción tiene que ver con la autonomía que
hemos otorgado al Instituto Federal de Acceso a la Información y sus
subsecuente autonomía en los órganos garantes en los estados.
Que por cierto, si bien un año después la Cámara de los Diputados, con modificaciones
dictaminó y regresó al Senado, todavía no entra en vigor porque no se ha
logrado la aprobación por los Congresos Locales.
A diferencia de esta reforma energética que les puedo afirmar con toda claridad
que este domingo tendrán, sin lugar a dudas, la aprobación de por lo menos 17
Congresos Locales.
Ya a las 10 de la mañana se convocó al Congreso del estado de Chiapas, y van a
obrar el milagro para que el día 15 de diciembre esté ratificada esta reforma
energética, dejando pendientes muchos asuntos en los que había, habíase logrado
consenso.
Yo creo que nos vamos a llevar todavía muchas sorpresas en los próximos meses,
ya veremos los si los Congresos locales aprueban la reforma político electoral,
que muchas dudas tengo.
Y ya veremos el comportamiento real del cumplimiento de compromisos que por más
que los suscriban los que los suscribieron en un Pacto, simple y llanamente no
se cumplen.
Pero creo que aquí hay un avance importante, un sistema nacional anticorrupción
que debe garantizar la organización transversal entre el Instituto Federal de
Accesos a la Información, la Auditoria Superior de la Federación de la Cámara
de Diputados, va a acompañada de otra reforma Constitucional que sigue detenida
ahora aquí en la Cámara de Senadores, que es la responsabilidad hacendaria de
los estados y municipios para supervisión del manejo de las deudas contratadas
por los estados; está indudablemente en haber logrado, si es que se aprueba, la
autonomía de la Procuraduría General de la República, ahora Fiscalía General de
la República con una Fiscalía autónoma anticorrupción.
Y este órgano anticorrupción que tendrá incluso facultades de atracción en
aquellos casos en los que los estados no estén cumpliendo puntualmente con su
función.
Creo que es un avance significativo, aunque todavía hay que ver que nos faltan
algunas cositas por afinar, porque ahora resulta que del dictamen que nos
presentaron el primero de diciembre al día de hoy, hay dos modificaciones que a
mi juicio no deberían de plantearse en esos términos.
Aquí se ve claramente la mano, y no quiero calificar que tipo de mano, del
Consejero Jurídico de la Presidencia, pero me refiero fundamentalmente a dos
artículos, al artículo 73 y al artículo 109.
El artículo 73 es el que establece las facultades del Congreso de la Unión, y
que a mi juicio la modificación que hacen es restrictiva de las facultades del
Congreso, porque en la ´Fracción 29-V se señalaba originalmente que era
facultad de este Congreso expedir la Ley General en materia de responsabilidad
de los servidores públicos y combate a la corrupción, y ahora le hacen una
adición que limita solamente al Congreso a expedir una Ley General en materia
de responsabilidades administrativas.
Y yo creo que nosotros no podemos aceptar la restricción de esta facultad del
Congreso, porque el Congreso puede legislar en materia de responsabilidades
administrativas, penales y civiles.
Por lo cual nosotros pedimos que regresemos a la redacción original.
Y esto indudablemente altera lo que estaba establecido en la Fracción Segunda
del Artículo 109 de la Constitución, en donde dado que se le restringe al
Congreso la facultad solamente a legislar en materia de responsabilidades
administrativas, se elimina de éste el texto como venía originalmente: la
comisión de delitos por parte de cualquier servidor público será sancionada en
los términos de la Ley General en materia de Responsabilidades de los
Servidores Públicos y Combate a la Corrupción.
Eliminan lo de la Ley General en materia de Responsabilidades de los Servidores
Públicos y Combate a la Corrupción para reducirlo estrictamente a la
legislación penal.
Y si estamos hablando de un sistema integral y transversal, no debería de
limitarse sólo a la legislación penal, y retomando la propuesta de ustedes
haríamos la siguiente propuesta de modificación a la Fracción Segunda del
Artículo 109, para que dijera:
La comisión de delitos o de responsabilidades administrativas por parte de
cualquier servidor público será sancionada en los términos de la Ley General en
materia de Responsabilidades de los Servidores Públicos y Combate a la
Corrupción y por la legislación penal.
Yo sé que lo que está en el fondo es este debate que tenemos de origen sobre si
se podría dividir el ejerció de la acción penal, la cual debiera de
circunscribirse solamente en estos momentos a la Procuraduría, ya en el momento
de aprobar esta Ley de la Fiscalía Autónoma Anticorrupción de la Procuraduría,
eso está claro.
Pero creo que con la modificación que estamos planteando se garantiza la integralidad,
se fortalecen las atribuciones del órgano autónomo y no da duda a la ambigüedad
del alcance de las decisiones que pueda tener el órgano autónomo
Constitucional.
Yo creo aquí es un gran paso que estamos dando, no lo demeritemos en el último
minuto y por eso proponemos, en el caso del Artículo 73 regresar a la redacción
que teníamos condensada el día primero de diciembre y en el caso del artículo
109, Fracción Segunda, pues homogenizar, coincidir, establecer los dos
planteamientos que creo que son plenamente atendibles.
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