En hora buena que
la Ciudad de México sea Ciudad Santuario. Encinas Rodríguez
Martes, 11 Abril 2017
Mediante un acuerdo, publicado este fin de semana
en la Gaceta Oficial, el jefe de Gobierno de Ciudad de México, Miguel Ángel
Mancera, hizo la declaratoria de Ciudad Santuario, en la que informa a la
comunidad mexicana e internacional que en esta metrópoli son bienvenidos todos
los trabajadores migrantes y sus familias en retorno.
El senador, Alejandro Encinas, festejó que tal y
como también lo contempla la Constitución de la CDMX, los connacionales que
regresan de manera forzada a México, ya sea de manera temporal o permanente, se
velará por el respeto de sus derechos humanos y la dignidad de los trabajadores
migrantes y sus familias en retorno.
La Ciudad de México, dijo, siempre ha sido un lugar
de paso para esta población, por lo que resulta de mayor importancia, que la
Ciudad sea un refugio para todos los migrantes, nacionales y extranjeros,
ya sea que se encuentren en tránsito hacia el norte, o que siendo mexicanos
lleguen deportados como consecuencia de las disposiciones del encabezado por el
presidente Donald Trump.
Por lo que, presenta las siguientes consideraciones
que deberán ser acatados por todos los funcionarios y empleados públicos al
servicio del gobierno de la Ciudad de México:
PRIMERO: Los migrantes extranjeros, con o sin
documentos, asentados o en tránsito por la Ciudad de México, son personas con
todos los derechos reconocidos por las normas internacionales, nacionales y
locales, con excepción de los derechos políticos propios del ciudadano;
SEGUNDO: Resulta indispensable promover una relación
de reconocimiento y confianza entre los migrantes extranjeros con o sin
documentos, con las autoridades locales a fin de favorecer la seguridad y la
tranquilidad de esta población y de la comunidad en general;
TERCERO: Todos las dependencias locales encargadas
de hacer cumplir las leyes en la Ciudad de México, no podrán utilizar recursos
económicos, materiales ni humanos para investigar, interrogar, detectar,
detener ni denunciar a personas extranjeras con o sin documentos, con
residencia en la ciudad o en condiciones de tránsito, con excepción de los
casos presuntamente relacionados con hechos criminales;
CUARTO: Ninguna autoridad local ni delegacional
podrá investigar sobre los antecedentes migratorios de personas radicadas en la
Ciudad de México;
QUINTO: Ninguna dependencia local podrá detener o
retener a ningún migrantes extranjero en base a solicitud de la autoridad
federal;
SEXTO: En los casos documentados de extranjeros
involucrados en actividades criminales, las autoridades locales habrán de colaborar
con las autoridades de migración y siempre bajo la supervisión del titular
correspondiente del mando policial;
SEPTIMO: Las autoridades locales no deberán
proporcionar ninguna información de migrantes extranjeros, con o sin
documentos, con relación a nombre, domicilio y ocupación de la persona;
OCTAVO: Las autoridades locales no deberán
participar en ningún arresto relacionado con la condición migratoria de la
persona;
NOVENO: En el caso de un extranjero, con o sin
documentos, a disposición de autoridad local, no se dará acceso a ninguna
autoridad federal para realizar entrevista alguna, salvo en los casos donde
exista una orden judicial;
DECIMO: El gobierno de la Ciudad de México, se
propone consolidar y ampliar los programas sociales dirigidos a estos migrantes
sin distingo de su origen, nacionalidad ni condición migratoria, fortaleciendo
el apoyo a los albergues existentes y en su caso abrir nuevos refugios con
alimentación, hospedaje, atención médica, capacitación y bolsas de trabajo para
incorporarlos lo más rápido posible a la vida productiva.
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