Ley de Seguridad Interior es inconstitucional:
ministro Cossío
Considera que el análisis debe partir
del artículo 129 de la Constitución, que dice: "En tiempos de paz, ninguna
autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta
conexión con la disciplina militar"
Foto: Archivo/EL UNIVERSAL
13/11/2018 15:56 | Montserrat Peralta
"Estoy en
contra de la propuesta del proyecto", así inicia el documento que externa
la postura del ministro José Ramón Cossío, sobre la Ley de Seguridad Interior.
En su cuenta de
Twitter, el ministro dio a conocer un documento de 10 hojas en las que muestra
su postura sobre la acción de inconstitucionalidad 6/2018 y sus acumuladas
8/2018, 9/2018, 10/2018, 11/2018, 16/2018 y 21/2018 en las que se impugnó la
constitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior.
En los antecedentes
de su argumentación jurídica, señala que respecto a la actuación de las fuerzas
armadas en tiempos de paz, "la Constitución Federal establece un esquema
normativo muy claro sobre su estructura y operación".
Posteriormente,
considera que el análisis debe partir del artículo 129 de la Constitución, que
dice: "En tiempos de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más
funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar".
El ministro
argumenta que el artículo genera una distinción conceptual entre paz y guerra
En cuanto a la
facultad del Presidente de la República para declarar la guerra, José Ramón
Cossío indica que sólo tiene la posibilidad de iniciar la declaración de
suspensión de derechos, establecida en el artículo 29, en casos de invasión,
perturbación grave de la paz pública u cualquier otro que ponga a la sociedad
en grave peligro o conflicto.
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