Esta Ley deja atrás la visión proteccionista y paternalista y avanza
hacia una legislación garantista que asume a las niñas, niños y adolescentes
como sujetos plenos de derechos: Encinas Rodríguez
Lunes, 29 Septiembre 2014
El senador
Alejandro Encinas Rodríguez hizo uso de la palabra para fundamentar el dictamen
por el que se expide la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes y se reforman diversas disposiciones de la Ley General de
Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral
Infantil.
Señaló que el
dictamen es un claro ejemplo de la concreción de consensos por
parte de las diversas fuerzas políticas representadas en el Congreso, reconoció
la apertura de los integrantes de las comisiones dictaminadoras para la
culminación del proyecto y la activa participación de los diferentes actores
sociales que enriquecieron la ley en comento. Menciona que la nueva legislación
dotará de un nuevo marco legal para la defensa de los derechos de la niñez, el
cual busca garantizar el pleno desarrollo de la infancia en México.
Manifestó que este
Dictamen es parte del principio rector del interés superior de la infancia y de
la adolescencia entendido como un conjunto de acciones y procesos
tendientes a garantizar un desarrollo integral y una vida digna, así como
las condiciones materiales y afectivas que les permitan a las niñas, niños y
adolescentes vivir a plenitud y alcanzar el mayor nivel de bienestar posible.
Externó que dentro
de este dictamen sean retomado los principios rectores de la Convención
Internacional sobre los Derechos de los Niños entre estos:
* El de la
no-discriminación por ninguna razón, ni circunstancia.
* El de igualdad
sin distinción de edad, raza, sexo, religión, idioma o lengua, opinión política
o de cualquier otra índole, origen étnico, nacional o social, posición
económica, discapacidad, circunstancias de nacimiento o cualquier otra
condición suya o de sus ascendientes, tutores o representantes legales.
* El de vivir en
familia, como espacio primordial de desarrollo.
* El de tener una
vida libre de violencia.
* El de
corresponsabilidad de los miembros de la familia, Estado y sociedad.
El dictamen retoma
las reformas constitucionales a los artículos 1º, 4º y 73 de nuestra
Constitución realizadas en el 2011, en materia de derechos humanos y de la
infancia, la cual ha sido considerada como una de las reformas
constitucionales de mayor importancia en el último siglo pues representa un
nuevo paradigma para el respeto, protección, garantía y satisfacción de los
derechos humanos”, y que tiene un impacto decisivo sobre los derechos de la
infancia al sustituir la mención que “todo individuo gozará de las
garantías que otorga esta Constitución” por el concepto que “todas las personas
gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los
tratados internacionales ratificados por México de los cuales tiene el
mismo nivel en la jerarquía normativa que es la Constitución. Externó
El legislador por
el Estado de México agregó que también se reforma la reforma al artículo 40
constitucional del 30 de noviembre del 2012, que establece el carácter laico
del Estado mexicano. Estas reformas en materia de derechos humanos, otorgaron
un nuevo significado a los derechos de niñas, niños y adolescentes al sacarlos
del ámbito de lo privado y de lo local, para ubicarlos dentro de los temas
estratégicos del Estado, estableciendo los estándares mínimos de garantías de
derechos que serán en todo el territorio nacional.
Manifestó que se
trata de una nueva Ley General que deja atrás la visión proteccionista y
paternalista y avanza hacia una legislación garantista que asume a las niñas,
niños y adolescentes como sujetos plenos de derechos y no como objetos que hay
que proteger lo que implica el cumplimiento de diversas condiciones y varios
aspectos que en su conjunto deben integrar un nuevo paradigma de protección
integral o paradigma garantista.
El senador Encinas
Rodríguez dejó en claro que al asumir la promulgación de esta Ley General, no
cambiará de la noche a la mañana el paradigma tutelar existente en
México, ni garantizará por sí misma y de manera efectiva los derechos de las
niñas, niños y adolescentes. Por lo que es importante garantizar su
implementación, que se establezcan las nuevas disposiciones en las
legislaciones locales y que se realice una armonización legislativa que permita
hacer operativa la Ley, reformando los códigos civiles, penales, los códigos de
procedimientos, las leyes de educación, de salud, trabajo, entre todas aquellas
leyes relacionadas con el contenido de alguno de los derechos de niñas,
niños y adolescentes y dotar de los recursos presupuestales necesarios para hacer
efectiva la Ley.
El senadora
Alejandro Encinas señaló que para hacer operativo y exigible el contenido de
los derechos, se debe construir una nueva estructura institucional, que supere
el enfoque de necesidades y facilite la garantía efectiva de las prerrogativas
fundamentales bajo un esquema integral, sustentable, y progresivo.
Indicó que la
Iniciativa del Poder Ejecutivo Federal, tuvo cambios sustantivos en la
definición de la naturaleza y los alcances de la Ley. Desde su nombre, que
originalmente se proponía denominar “Ley General de Protección de Niñas, Niños
y Adolescentes”, y del cual ha sido modificado en acuerdo por las Comisiones
Unidas por el nombre “Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes”,
a quienes se les reconoce como titulares de derecho de conformidad con los
principios de universalidad interdependencia, indivisibilidad y progresividad
en los términos que establece el artículo 1°, en la constitución.
Detalló que la Ley
tiene como objeto garantizar el ejercicio pleno, respecto, protección y
promoción de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes conforme a lo
establecido en la Constitución, en los tratados internacionales de los
que el Estado mexicano forma parte, bajo un enfoque holístico y en congruencia
con el principio de integralidad que concibe a niñas, niños y adolescentes como
personas autónomas, titulares de derechos, que deben ser protegidas de manera
integral, solidaria y simultanea por la familia, la sociedad y el Estado para
garantizar el ejercicio pleno de sus derechos; así como para prevenir que estos
sean amenazados o vulnerados.
De esta manera
quedan establecidos con toda precisión como derechos de las niñas, niños y
adolescentes:
1.
Derecho a la vida, a la
supervivencia y al desarrollo;
2.
Derecho de prioridad;
3.
Derecho a la identidad;
4.
Derecho a vivir en familia,
5.
Derecho a la igualdad
sustantiva;
6.
Derecho a no ser discriminado;
7.
Derecho a vivir en condiciones
de bienestar y a un sano desarrollo integral;
8.
Derecho a una vida libre de
violencia y a la integridad personal;
9.
Derecho a la protección de la
salud y a la seguridad social;
10.
Derecho a la inclusión de
niñas, niños y adolescentes con discapacidad;
11.
Derecho a la educación;
12.
Derecho al descanso y al
esparcimiento;
13.
Derecho a la libertad de
pensamiento, conciencia, religión y cultura;
14.
Derecho a la libertad de
expresión y de acceso a la información:
15.
Derecho de participación;
16.
Derecho de asociación y
reunión;
17.
Derecho a la intimidad;
18.
Derecho a la seguridad
jurídica y al debido proceso, y
19.
Derechos de niñas, niños o
adolescentes migrantes acompañados o no. Nacionales o extranjeros.
Por último, el
senador Alejandro Encinas resaltó que espera que pronto esta Ley pueda
instrumentarse plenamente, ya que las niñas, niños y adolescentes en nuestro
país representan el 37% de la población mexicana y quienes son niñas, niños y
adolescentes muy distintos a los que surgieron de generaciones anteriores, que
viven en un mundo globalizado con mayor desarrollo tecnológico y mayor
comunicación, lo que implica también atender los retos que prevalecen por la
exclusión de que son objetos debido a la enorme concentración del
ingreso, la pobreza, desigualdad, que existe en el país, porque hoy el 80% de
las niñas, niños y adolescentes tienen riesgos para poder desarrollar con
plenitud su calidad y condición de vida.
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