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"Estamos en una crisis humanitaria que deriva de la ausencia del Estado":

Alejandro Encinas Rodríguez

Venimos de lejos

Dtto 30

Constituyente

Senador


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Convoco al Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública (INAI)  hacer una revisión exhaustiva del contenido de la fracción décimo segunda del artículo 55 de la LGPDPPSO: Encinas Rodríguez
 Jueves, 28 Abril 2016

El senador Alejandro Encinas Rodríguez  hizo uso de la tribuna para hablar en favor del dictamen que contiene proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
Externó que se está cerrando el ciclo de una iniciativa que presentaron un grupo plural de senadoras y senadores el 30 de abril del año pasado, y un año después, están por aprobar la ley.
Señaló  que la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados pretende reconocer como un principio básico, el derecho a la privacidad de las personas. Explicó que las personas tienen el derecho humano a decidir sobre el uso de su información.

El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda  externó que la nueva Ley establece mecanismos para garantizar la protección de datos personales por causas asociadas a la vulnerabilidad de las bases de datos.
Aseveró que en caso de que se invoquen criterios de seguridad nacional para la revisión de datos personales, la autoridad deberá especificar ampliamente su intervención.
Manifestó que el dictamen recoge en buena medida las propuestas y preocupaciones expresadas en los foros de audiencias públicas, en los espacios de discusión, en las mesas de trabajo plurales que hicieron con representantes de la academia, de las organizaciones de la sociedad civil y  con el INAI, sin embargo, señaló que en la LGPDPPSO tuvieron algunas piedritas en el zapato.
Uno vinculado con el recurso de revisión del Consejero Jurídico en materia de seguridad nacional y que en algún momento se pretendió ampliarse a los temas vinculados a la seguridad pública y otro entorno a las causas de improcedencia al ejercicio de los derechos ARCO que implica restringir en determinadas condiciones el ejercicio pleno de estos derechos.
El legislador convocó al INAI hacer una revisión exhaustiva del contenido de la fracción décimo segunda del artículo 55 de la Ley.
“Votaremos a favor manteniendo por supuesto la  reserva en la fracción décimo segunda del artículo 55 de la Ley, porque no nos gusta limitar el ejercicio de ningún derecho. Esperemos que lo revise con detalle el Instituto Nacional de Acceso a la Información y en su caso, sino se modifica en lo particular,  lo controvierta”, concluyo.


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