La Constitución de la CDMX, firme
Alejandro Encinas Rodríguez
El Universal
Martes, 22 Agosto 2017
La
Constitución de la Ciudad de México ha superado el primer escollo en la Suprema
Corte ante las acciones de inconstitucionalidad promovidas por dos partidos
políticos y por la Procuraduría General de la República, sobre el proceso
legislativo y en la materia electoral.
La
Cortedesestimó las acciones promovidas por Morena respecto a que la Constitución
debió someterse a referéndum, lo que sin duda le hubiese dado mayor
legitimidad, aunque la reforma constitucional mandató su inmediata publicación
una vez que ésta fuera aprobada y emitida por la Constituyente; y la presentada
por Nueva Alianza que buscaba eliminarel Cabildo de la Ciudad de México, el que
entendía como una autoridad intermedia entre la Jefatura de Gobierno y las
alcaldías, cuando éste es un espacio de coordinación para el buen desempeño de
la gestión púbica entre esos órdenes de gobierno.
Hareconocido
la facultad de la Asamblea Constituyente para resolver sobre su gobierno
interior, ratificando la composición paritaria de la Asamblea Legislativa, 33
diputados de mayoría relativa y 33 de representación proporcional, lo que
permitirá la representación plena de las distintas fuerzas políticas, donde
ningún partido podrá tener más de 40 de las 66 diputaciones que la conforman,
ni tener más del ocho por ciento de sobrerepresentación o subrepresentación,
ratificando además la elección de los Concejales de las alcaldías desde las
circunscripciones territoriales que la conformen, enmendado de facto el Código
Electoral de la Ciudad de México recientemente aprobado, cuya
constitucionalidad ha sido impugnada por diputados de la propia Asamblea.
La
Corte ha reconocido la validez del proceso legislativo que dio origen a la
primera Constitución capitalina, y ha declarado infundada, que infundada lo
fue, la pretensión de la PGR de derogarla Constitución arguyendo vicos de
origen en el proceso legislativo: que la Conferencia de Armonización no se
había apegado al reglamento en la votación de sus acuerdos, cuando en esa
Conferencia no se registró votación alguna, pues no era una Comisión de
Dictamen; que no se había celebrado la consulta a los pueblos, barrios
originarios y comunidades indígenas residentes conforme al Convenio 169 de la
OIT, la cual se realizó, cumpliendo con los protocolos en 940 asambleas, con el
apoyo de la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos de los Pueblos
Indígenas de la ONU, quienha reconocido que ésta es la primera Constitución en
el mundo que incorpora la Carta de Naciones Unidas, y asegurando que no se
había consultado a las personas con discapacidad, las que, ante la falta de
lineamientos establecidos, fueron consultadas tanto en la elaboración del
proyecto de Constitución, como a través del Parlamento Abierto. Asuntos, que,
por cierto, fueron aprobados por unanimidad.
Sin
embargo, la Corte declaró la invalidez como causal de nulidad de una elección
la violencia política de género, y el límite de la reelección consecutiva de
legisladores por una sola ocasión, remitiendo al texto de la Constitución
General que permite hasta tres.
En
el primer caso, se trata de un asunto que puede abordarse en la legislación
secundaria, atendiendo los alegatos de los ministros. En el segundo, en un país
donde la autoridad electoral no garantiza el respeto al voto y el dinero es
factor determinante, la reelección quedará en manos de los ciudadanos en el
caso de los diputados de mayoría relativa, pero las candidaturas plurinominales
continuarán secuestradas por las burocracias partidarias.
Se
han dado dos pasos importantes. Se reconoce la autonomía de la Ciudad y de las
entidades federativas para resolver sobre su gobierno interior, rompiendo con
el mito de que las constituciones locales deben replicar el modelo federal, lo
que fortalece una visión federalista, y se desecharon los cuestionamientos que
pretendían invalidar la Constitución, lo que sienta un precedente para las
decisiones que la Corte adoptará respecto a las controversias constitucionales
aún por resolver. La Constitución está firme. (Diputado Constituyente)
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