Ciudad de
México, a 11 de septiembre de 2017
La Asamblea Legislativa de la Ciudad de
México (CDMX) tiene la intención de debilitar el naciente Sistema Local
Anticorrupción (SLA) ya que el Secretario Técnico no será nombrado por el
Comité Coordinador del SLA a partir de una terna propuesta por el Comité de
Participación Ciudadana (CPC), como está establecido en la Ley General del
Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), sino por el mismo órgano legislativo. De
concretarse, el compromiso de las instancias locales en el combate a la
corrupción sería un ejercicio de simulación.
De acuerdo con la Ley del SLA CDMX, el
Secretario Técnico no será designado por el Comité Coordinador a partir de una
terna propuesta por el Comité de Participación Ciudadana, tal como lo mandata
la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), sino que será
designado por la Asamblea Legislativa a partir de una terna propuesta por el
Jefe de Gobierno.
La Ley local tampoco prevé reglas que
garanticen la imparcialidad en la integración de la Comisión de Selección del
Comité de Participación Ciudadana, que a su
vez elegirá al cuerpo ciudadano dentro del Sistema Local Anticorrupción.
Estas contradicciones con la Ley
General del SNA implican problemas estructurales para la adecuada puesta en
funcionamiento del Sistema Local Anticorrupción:
El Secretario Técnico no es autónomo pues su designación queda sujeta a intereses políticos del
gobierno local y a cuotas partidistas.
El rol del Comité de Participación
Ciudadana dentro del SLA se ve disminuido al no
tener injerencia en la selección del Secretario Técnico del SLA.
En ausencia de reglas para la
convocatoria de la Comisión de Selección el Comité
de Participación Ciudadana, la elección de sus siete integrantes queda a
discreción de la Asamblea Legislativa, vulnerando la independencia que
se requiere para la adecuada integración del Comité de Participación Ciudadana,
que es el vehículo de inclusión ciudadana al Sistema.
Las organizaciones de la sociedad
civil exigimos que tanto el Secretario Técnico como la Comisión de
Selección sean nombrados como lo mandata la Ley General del SNA, a fin de
privilegiar la transparencia, la selección del perfil idóneo y la participación
ciudadana.
Denunciamos que el proceso de
promulgación de la ley del SLA CDMX fue violado al publicarse en la Gaceta
Oficial (01/09/2017) un procedimiento para la selección del primer Secretario
Técnico distinto al aprobado en el Pleno de la Asamblea (17/07/2017). De manera irregular se incluyó que sea el Jefe de Gobierno quien
envíe la terna de los candidatos para el puesto de Secretario Técnico. Resulta
inconcebible que el Secretario Técnico sea electo sin la participación activa y
real del Comité de Participación Ciudadana, mucho menos que sea a partir de una
terna que provenga del gobierno local.
La fortaleza del SLA CDMX radica en que
la designación de los servidores públicos que se encargarán de combatir la
corrupción sean transparentes, cuenten con participación ciudadana y garanticen
la selección de los mejores perfiles.
No hay comentarios:
Publicar un comentario