Intervención en Tribuna Senador Alejandro Encinas
Rodríguez, para fundamentar el dictamen por la Comisión de Estudios
Legislativos, Segunda que se reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de control
interno del Ejecutivo federal.
Viernes, 17 Junio 2016
Esta reforma
constitucional no plantea un mando único, ni un mando mixto: Encinas Rodríguez
El senador Alejandro Encinas Rodríguez hizo uso de la tribuna para
fundamentar por la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, el dictamen por
el que se reforma y adiciona el artículo 21, y se reforman los artículos 73
fracción XXIII, 76 fracción II, 115, 116 y 123 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, en materia de seguridad pública.
El
senador Alejandro Encinas manifestó que esta reforma constitucional no plantea
un mando único, ni un mando mixto.
Señaló
que esta reforma busca consensuar iniciativas en materia de seguridad
pública que plantea con toda precisión las funciones, competencias y
concurrencias de los tres órdenes de gobierno en materia de seguridad pública.
Subrayó
que esta discusión la han llevado a lo largo de ocho años, por lo que, este
dictamen retoma 10 iniciativas presentadas en el periodo 2008-2016, en donde
muchas de ellas siempre se privilegió la pretensión de centralizar la función
de seguridad pública en el ámbito federal.
El
legislador enfatizó que la iniciativa presentada por Enrique Peña Nieto hay
cambios sustantivos que frenaron la pretensión centralista, el debilitamiento
del gobierno y del ámbito municipal.
Reiteró
que en este decreto no se reforma el artículo 115 constitucional como se
pretendía originalmente para que el gobierno federal pueda asumir de manera
temporal o parcial las funciones del control de los municipios, ni tampoco
Ejecutivo pudiera solicitar al Senado de la República la desaparición de
poderes municipales cuando existieran indicios y no evidencias de estar
involucrados con la delincuencia organizada.
Manifestó
que se han respetado las competencias municipales para que asuma
plenamente su responsabilidad en materia de seguridad pública y se ha respetado
la soberanía local.
Destacó
que esta reforma parte de un principio fundamental de que la seguridad
pública es una función primigenia del Estado el que debe de garantizar la
seguridad, la integridad de los ciudadanos, así como, preservar las libertades,
el orden social y la paz pública.
Reiteró
que en las sociedades democráticas modernas; la seguridad debe de concebirse
como un derecho ciudadano que no se delega en un poder absoluto y que se define
hoy por las condiciones y límites dentro de los cuales se pueden desempeñar las
tareas de seguridad pública.
“EL
Estado es el garante de la seguridad de las personas y de sus bienes y por ello
detenta el monopolio de la violencia, de ahí la importancia de estructurar la
organización de los procesos sociales y la construcción de las Instituciones
disciplinarias orientadas a mantener el orden social”.
El
senador Alejandro Encinas manifestó que en la presente reforma se
incorporan los principios de cohesión social y convivencia, para que se
privilegie la seguridad de la sociedad y no en uso unilateral de la fuerza
pública.
Destacó
que el objeto que se está planteado en este decreto es el de la protección de
la ciudadanía, ya que el Estado es el que debe de garantizar la seguridad.
“Creo
que se ha diseñado de manera adecuada un sistema de formación, capacitación y
permanencia homogéneo en las policías de los tres órdenes de gobierno, a las
cuales se les dotará de un régimen de prestaciones para garantizar su
labor sin que exista disparidad en su labor, lo cual también permitirá el crecimiento
y movimiento lateral de los elementos a otras corporaciones”.
“Hay
que capacitar, profesionalizar y acercar a la sociedad, a los cuerpos
policiaco, para que cumplan con la responsabilidad primigenia del Estado
de garantizar la seguridad de todas y todos los mexicanos”.
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