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"Estamos en una crisis humanitaria que deriva de la ausencia del Estado":

Alejandro Encinas Rodríguez

Venimos de lejos

Dtto 30

Constituyente

Senador



Alejandro Encinas

Legislación secundaria en telecomunicaciones no garantiza la democratización de los medios de comunicación

Intervención en Tribuna 

Intervención en tribuna del senador Alejandro Encinas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRD, para razonar su voto en contra del dictamen de leyes secundarias en materia de telecomunicaciones.

Alejandro Encinas Rodríguez, (AER): Muchas gracias, señor presidente.

Antes de iniciar mi intervención y le pediría que no corriera el reloj, quisiera solicitarle vuelva a girar instrucciones al personal de resguardo y seguridad para que dé las facilidades, no solamente para que desempeñemos nuestras funciones las senadoras y senadores , es prácticamente imposible que el personal de apoyo pueda ingresar a este recinto porque se han cerrado las puertas con el personal de seguridad y prácticamente se ha cercado a la gente para que pueda hacer seguimiento del debate.

Ahí están las galerías vacías, que es el mejor ejemplo de la lamentable forma en que se debate en estos temas en el Senado.

Yo por eso quiero reiterarle que este debate por reglamento se cumpla su carácter público y no se pongan más restricciones que las que todos cumplamos el compromiso de egresar el orden para la discusión.

Paso a fijar mi posición y a presentar mi voto en contra de este proyecto de dictamen que reforma diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.

Parto de retomar el debate que dimos el año pasado en el marco de la reforma constitucional. Durante esos debates se dijo con toda claridad que al Reforma constitucional en Telecomunicaciones y Radiodifusión constituía sin lugar a dudas un avance que iba a permitir romper con la concentración monopólica que existe en estos servicios y que condujo al debilitamiento de la responsabilidad rectora del Estado y posibilitó el empoderamiento de particulares beneficiarios de la explotación de un bien y de un servicio de carácter público.

Se dijo también entonces que con esta reforma se fortalecerían los derechos vinculados a la libertad de expresión al incorporar el acceso a las tecnologías de la información del conocimiento haciendo un uso más eficiente del espectro y reduciendo los precios, incrementando a la vez la calidad de los servicios.

Con esa reforma constitucional se definió a la radiodifusión y telecomunicaciones  como un servicio público destacando la función social que deberían cumplir las mismas y reconociendo su papel como factor para el desarrollo e incluso en la reforma constitucional se incluyó el acceso a las tecnologías de la información y de la comunicación cobijando el derecho de la información que por disposición constitucional debe ser garantizado por el Estado.

Por eso, en esa reforma se decidió limitar las atribuciones del Ejecutivo federal en el otorgamiento de las concesiones y crear un órgano con autonomía constitucional, en Instituto Federal de Telecomunicaciones.

En esa reforma también se destacó, se contemplaron diversos tipos de concesiones, las públicas, las comerciales y las sociales, entre las que destacan los medios comunitarios y los medios indígenas.

Y en esa reforma se estableció como un compromiso fundamental establecer el derecho de las audiencias y el reconocimiento a los medios comunitarios e indígenas y el acceso libre a la red, al Internet.

Sin embargo, y más allá de la euforia que provocó en su momento la aprobación de esa reforma constitucional, desde entonces hice hincapié de que era necesario hacer un reflexión sobre los verdaderos alcances y significados de la misma, ya que esta reforma para algunos buscaba mediar ene l conflicto entre dos grupos de poder económico, mientras que para otros el Estado recuperaría la rectoría en el sector, acotaría los poderes fácticos, enfrentaría a los monopolios y permitiría la democratización de los medios de comunicación.

Desde entonces señalé que abrir la competencia no garantiza por sí misma la eliminación de las prácticas monopólicas ni el ejercicio pleno del derecho a la información y menos aún la auténtica pluralidad en los medios de comunicación.

Y dije “abrir el mercado de las telecomunicaciones no implica necesariamente su democratización”. Suponer que dos nuevas cadenas nacionales de televisión abierta y una nueva cadena de carácter público quebrarán la estructura monopólica de la radiodifusión, resultaría iluso, como también dije, resultaría iluso suponer que con ello se democratizarán los medios y se romperá el monopolio fundamental, el monopolio sobre la percepción y la generación  de opinión pública.

Por eso es importante remarcar que el Estado está obligado a construir un orden democrático fundado en el control de los abusos que derivan de la concentración del espectro radioeléctrico del país, asumiendo que este espectro es propiedad de la Nación, es un servicio público que debe contribuir a construir una cultura de tolerancia y respeto a la pluralidad y diversidad social étnica y de género en el desarrollo de la convivencia cívica y la integración nacional, diversificando las concesiones y fortaleciendo medios alternativos de comunicación, particularmente en el ámbito público y en el ámbito social, reforzando la responsabilidad del Estado para garantizar la libertad de expresión, la libre circulación de las ideas y de documentos y el respeto pleno y absoluto a la privacidad de las comunicaciones de las personas bajo cualquier medio.

Ahora bien, en el dictamen que estamos discutiendo no se establece una verdadera pluralidad mediática, no se fortalecen los derechos fundamentales ni los mecanismos de su defensa y presenta incluso injerencias arbitrarias contra los derechos de los ciudadanos.

Se mantiene una gran lasitud en la concentración monopólica y se debilita la independencia del órgano regulador con respecto al poder del Ejecutivo y los agentes económicos dominantes.

Por eso quiero insistir en que el rediseño del modelo de comunicación que existe en el país debe desarrollar un mecanismo que conduzca a revertir la falta de pluralidad en los medios de comunicación que subsiste.

Y por ello quiero destacar tres temas que a mi juicio no se han logrado resolver de manera clara en este dictamen y que, si bien se han realizado un buen número de modificaciones  a la iniciativa del Ejecutivo y del dictamen o proyecto de dictamen original, no se modifica en lo sustancial la regresión que representa respecto de la reforma constitucional aprobada el año pasado.

Primero. Estoy convencido de que estas leyes secundarias no garantizarán la democratización de los medios de comunicación porque implica, como lo he señalado, el generar las condiciones para el ejercicio pleno de los derechos de los ciudadanos y garantizar el derecho a la información, a la libertad de expresión, a la no censura, al derecho de los usuarios a acceder a servicios de calidad con tarifas bajas, al derecho de las audiencias para acceder a una oferta diversa que permita elegir entre diversas opciones de comunicación y reconozca la pluralidad cultural, ética y política de nuestra sociedad.

Segundo. Esta reforma no fortalece a los medios públicos, lo medios sociales, comunitarios e indígenas que son el instrumento clave para generar alternativas de comunicación democrática. Y por el contrario y de manera lamentable tanto los medios públicos como sociales se reducen a su mínima expresión, donde se llega al extremo en el caso de los medios indígenas, a la intervención de la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas que tendrá que emitir, a manera de la época de la Colonia, un certificado de Indios o de buena conducta para que los pueblos originarios puedan acceder a estas concesiones de carácter social.

Los pueblos indígenas no necesitan ninguna otra tutela, no necesitan, como dice el senador Lozano, llevarlos de la mano para que obtengan sus concesiones, necesitan de respeto para reconocer su autonomía y el pleno ejercicio de sus sistemas tradicionales.

En este dictamen de las leyes secundarias, en lugar de restringir a los medios públicos y sociales, debería de retomar las experiencias exitosas aplicadas en otros países como el Ecuador, Uruguay, Argentina, donde el espectro radioeléctrico y las telecomunicaciones se divide en tres tercios  para cada una de las modalidades de la concesión, permitiendo a los medios sociales el acceso a la radio, a la televisión y a las televisiones en su conjunto, no reducirlos al 10 por ciento de la frecuencia modulada en radio y reducirlos a un segmento de la frecuencia de Ampliación Modulada.

Por eso, también deberán retomarse experiencias de medios públicos exitosos como la BBC de Londres, que es un medio público bajo la regulación del congreso de la Gran Bretaña, al igual que la televisión española y la televisión francesa.

Un tercer tema fundamental es, y que no se ha abordado con profundidad, es hacer del IFT un verdadero órgano con autonomía constitucional, eliminando cualquier intento de injerencia indebida del Gobierno y haciendo que el IFT no solamente atienda el otorgamiento de la concesiones y supervise los contenidos, sino que también vigile el ejercicio de los derechos de los usuarios, de las audiencias y las garantías y libertades políticas que nuestra Constitución otorga a todas las mexicanas y a todos los mexicanos.

Por eso insisto en que debe retomarse la reforma constitucional cuando se propuso revertir la ausencia de pluralidad que prevalece en los medios de comunicación y garantizar el acceso efectivo a los medios comunitarios e indígenas a la prestación de la totalidad de los servicios.

Por otro lado el derecho de réplica queda pendiente, al igual que el derecho a la objeción de conciencia de los comunicadores y en particular, y lo subrayo, se atenta contra el derecho a la privacidad y la libre circulación de las ideas y de los documentos que tienen los ciudadanos en sus comunicaciones telefónicas a través de la red o bajo cualquier modalidad, pues hoy se pretende permitir que se intervengan llamadas o se intervenga la red para que medie la orden de un juez como lo establece nuestra propia constitución.

La discusión se ha concentrado fundamentalmente en la definición de preponderancia, si es esta por sector o por servicios y si bien este debate demuestra que de origen hay un problema de interpretación constitucional y si bien se ha decidió transcribir a la letra el artículo 28 constitucional y los artículos transitorios que se refieren al tema, sigue prevaleciendo la confusión, ya que  en esta redacción se refiere la preponderancia a sector, a segmentos del mercado, a mercado  o a servicios, incluso especificando cada uno de esos y es evidente que de origen por este problema este litigio acabará en los tribunales.

Sin embargo, yo quiero señalar que sea cual sea la resolución que se adopte en el dictamen o por la corte respecto a preponderancia por sector o por servicios, por los términos en que se emite la ley secundaria no se ataca el problema fundamental, no se resolverá el problema de la concentración de los medios de comunicación, aquí por el contrario se trata fundamentalmente de avanzar en el rediseño del poder económico y del poder de la oligarquía económica de este país.
Yo creo que esto lo refiere de manera muy clara la intervención del senador Roberto Gil el día de antier en la reunión de comisiones unidas, cuando al referirse en el tema de preponderancia decía que en este tema no se debe tener un efecto neutro, si se tenía que atender las enormes desproporciones de los mercados y señalaba que el valor de ingresos en 2013 del sector de telecomunicaciones, donde participa de manera preponderante un agente económico, fue del orden de 263 mil millones de pesos, mientras todo el sector de televisión restringida valía 38 mil millones de pesos.

No se trata de quitarle a Slim para darle a Azcárraga, eso no va a resolver la concentración de los medios, ni la concentración del poder monopólico del control de la opinión pública.

Por eso, eso no va a resolver el problema del niño de Cochoapa el Grande  en la montaña de Guerrero, que hoy no recibe los servicios de radiodifusión o telecomunicaciones, simple y sencillamente porque el objetivo de estas empresas no es la prestación del servicio sino la ganancia y en el dictamen no se resuelve con claridad la responsabilidad del Estado para prestar el servicio donde hay ausencia por lo que el hijo del niño de hoy en Cochoapa el Grande en muchos años no recibirá  estos servicios.

Concluyo señor presidente.

La verdadera democratización de los medios no vendrá de los medios comerciales, tendrá que venir de la conjunción de dos factores fundamentales: primero una firme regulación del Estado a través del órgano regulador con autonomía constitucional que deba atender además de las condiciones de competencia el ejercicio pleno de los derechos de los ciudadanos y no interponer injerencias indebidas como se pretende en la privacidad a los ciudadanos  o se pretende que en la colaboración con autoridades citar a su privacidad y el segundo gran tema es el de la apertura de los medios sociales y públicos como alternativas reales, hay que retomar lo que estableció la relatoría para la libertad de expresión sobre el carácter de los medios de comunicación en México que dio a conocer Catalina Botero en 2010, donde señala que la diversidad y el debate democrático se encuentran limitados por la alta concentración en la propiedad y en el control de los medios de comunicación a los que se les han asignado las frecuencias de radio y televisión por la ausencia de un marco jurídico claro y equitativo en donde prevalece la inexistencia de mecanismos para el acceso a medios alternativos de comunicación.

Son muchos los temas que podemos abordar, los que (inaudible) con la reunión del relator especial de libertad de expresión, versiones de organizaciones de la sociedad civil o el documento que entregó a la mesa directiva el frente por la comunicación democrática que voy a pedir se incorpore al diario de los debates, le voy a pedir al señor presidente, en donde se da clara cuenta de las omisiones y las ausencias de este debate.

Por eso concluyo solo con dos palabras que a mi juicio resumen o deberían resumir cuál debería ser el papel a cumplir por este congreso, porque nuestro objetivo no es resolver los litigios de grupos de poder económico sino hacer prevalecer el estado de derecho y velar por las libertades y las garantías de los ciudadanos.

Dos palabras: diversidad y pluralidad, que son condiciones inherentes para lograr una verdadera comunicación democrática, diversidad en los medios y el acceso a los ciudadanos a medios alternativos y pluralidad en el reconocimiento de nuestras diferencias políticas, étnicas y culturales que prevalecen en nuestro país, por esos argumentos por las omisiones y el contenido del dictamen mi voto será en contra.





Alejandro Encinas

Legislación secundaria en telecomunicaciones no garantiza la democratización de los medios de comunicación: Alejandro Encinas


Intervención en tribuna del senador Alejandro Encinas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRD, para razonar su voto en contra del dictamen de leyes secundarias en materia de telecomunicaciones.

Alejandro Encinas Rodríguez, (AER): Muchas gracias, señor presidente.

Antes de iniciar mi intervención y le pediría que no corriera el reloj, quisiera solicitarle vuelva a girar instrucciones al personal de resguardo y seguridad para que dé las facilidades, no solamente para que desempeñemos nuestras funciones las senadoras y senadores , es prácticamente imposible que el personal de apoyo pueda ingresar a este recinto porque se han cerrado las puertas con el personal de seguridad y prácticamente se ha cercado a la gente para que pueda hacer seguimiento del debate.

Ahí están las galerías vacías, que es el mejor ejemplo de la lamentable forma en que se debate en estos temas en el Senado.

Yo por eso quiero reiterarle que este debate por reglamento se cumpla su carácter público y no se pongan más restricciones que las que todos cumplamos el compromiso de egresar el orden para la discusión.

Paso a fijar mi posición y a presentar mi voto en contra de este proyecto de dictamen que reforma diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.

Parto de retomar el debate que dimos el año pasado en el marco de la reforma constitucional. Durante esos debates se dijo con toda claridad que al Reforma constitucional en Telecomunicaciones y Radiodifusión constituía sin lugar a dudas un avance que iba a permitir romper con la concentración monopólica que existe en estos servicios y que condujo al debilitamiento de la responsabilidad rectora del Estado y posibilitó el empoderamiento de particulares beneficiarios de la explotación de un bien y de un servicio de carácter público.

Se dijo también entonces que con esta reforma se fortalecerían los derechos vinculados a la libertad de expresión al incorporar el acceso a las tecnologías de la información del conocimiento haciendo un uso más eficiente del espectro y reduciendo los precios, incrementando a la vez la calidad de los servicios.

Con esa reforma constitucional se definió a la radiodifusión y telecomunicaciones  como un servicio público destacando la función social que deberían cumplir las mismas y reconociendo su papel como factor para el desarrollo e incluso en la reforma constitucional se incluyó el acceso a las tecnologías de la información y de la comunicación cobijando el derecho de la información que por disposición constitucional debe ser garantizado por el Estado.

Por eso, en esa reforma se decidió limitar las atribuciones del Ejecutivo federal en el otorgamiento de las concesiones y crear un órgano con autonomía constitucional, en Instituto Federal de Telecomunicaciones.

En esa reforma también se destacó, se contemplaron diversos tipos de concesiones, las públicas, las comerciales y las sociales, entre las que destacan los medios comunitarios y los medios indígenas.

Y en esa reforma se estableció como un compromiso fundamental establecer el derecho de las audiencias y el reconocimiento a los medios comunitarios e indígenas y el acceso libre a la red, al Internet.

Sin embargo, y más allá de la euforia que provocó en su momento la aprobación de esa reforma constitucional, desde entonces hice hincapié de que era necesario hacer un reflexión sobre los verdaderos alcances y significados de la misma, ya que esta reforma para algunos buscaba mediar ene l conflicto entre dos grupos de poder económico, mientras que para otros el Estado recuperaría la rectoría en el sector, acotaría los poderes fácticos, enfrentaría a los monopolios y permitiría la democratización de los medios de comunicación.

Desde entonces señalé que abrir la competencia no garantiza por sí misma la eliminación de las prácticas monopólicas ni el ejercicio pleno del derecho a la información y menos aún la auténtica pluralidad en los medios de comunicación.

Y dije “abrir el mercado de las telecomunicaciones no implica necesariamente su democratización”. Suponer que dos nuevas cadenas nacionales de televisión abierta y una nueva cadena de carácter público quebrarán la estructura monopólica de la radiodifusión, resultaría iluso, como también dije, resultaría iluso suponer que con ello se democratizarán los medios y se romperá el monopolio fundamental, el monopolio sobre la percepción y la generación  de opinión pública.

Por eso es importante remarcar que el Estado está obligado a construir un orden democrático fundado en el control de los abusos que derivan de la concentración del espectro radioeléctrico del país, asumiendo que este espectro es propiedad de la Nación, es un servicio público que debe contribuir a construir una cultura de tolerancia y respeto a la pluralidad y diversidad social étnica y de género en el desarrollo de la convivencia cívica y la integración nacional, diversificando las concesiones y fortaleciendo medios alternativos de comunicación, particularmente en el ámbito público y en el ámbito social, reforzando la responsabilidad del Estado para garantizar la libertad de expresión, la libre circulación de las ideas y de documentos y el respeto pleno y absoluto a la privacidad de las comunicaciones de las personas bajo cualquier medio.

Ahora bien, en el dictamen que estamos discutiendo no se establece una verdadera pluralidad mediática, no se fortalecen los derechos fundamentales ni los mecanismos de su defensa y presenta incluso injerencias arbitrarias contra los derechos de los ciudadanos.

Se mantiene una gran lasitud en la concentración monopólica y se debilita la independencia del órgano regulador con respecto al poder del Ejecutivo y los agentes económicos dominantes.

Por eso quiero insistir en que el rediseño del modelo de comunicación que existe en el país debe desarrollar un mecanismo que conduzca a revertir la falta de pluralidad en los medios de comunicación que subsiste.

Y por ello quiero destacar tres temas que a mi juicio no se han logrado resolver de manera clara en este dictamen y que, si bien se han realizado un buen número de modificaciones  a la iniciativa del Ejecutivo y del dictamen o proyecto de dictamen original, no se modifica en lo sustancial la regresión que representa respecto de la reforma constitucional aprobada el año pasado.

Primero. Estoy convencido de que estas leyes secundarias no garantizarán la democratización de los medios de comunicación porque implica, como lo he señalado, el generar las condiciones para el ejercicio pleno de los derechos de los ciudadanos y garantizar el derecho a la información, a la libertad de expresión, a la no censura, al derecho de los usuarios a acceder a servicios de calidad con tarifas bajas, al derecho de las audiencias para acceder a una oferta diversa que permita elegir entre diversas opciones de comunicación y reconozca la pluralidad cultural, ética y política de nuestra sociedad.

Segundo. Esta reforma no fortalece a los medios públicos, lo medios sociales, comunitarios e indígenas que son el instrumento clave para generar alternativas de comunicación democrática. Y por el contrario y de manera lamentable tanto los medios públicos como sociales se reducen a su mínima expresión, donde se llega al extremo en el caso de los medios indígenas, a la intervención de la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas que tendrá que emitir, a manera de la época de la Colonia, un certificado de Indios o de buena conducta para que los pueblos originarios puedan acceder a estas concesiones de carácter social.

Los pueblos indígenas no necesitan ninguna otra tutela, no necesitan, como dice el senador Lozano, llevarlos de la mano para que obtengan sus concesiones, necesitan de respeto para reconocer su autonomía y el pleno ejercicio de sus sistemas tradicionales.

En este dictamen de las leyes secundarias, en lugar de restringir a los medios públicos y sociales, debería de retomar las experiencias exitosas aplicadas en otros países como el Ecuador, Uruguay, Argentina, donde el espectro radioeléctrico y las telecomunicaciones se divide en tres tercios  para cada una de las modalidades de la concesión, permitiendo a los medios sociales el acceso a la radio, a la televisión y a las televisiones en su conjunto, no reducirlos al 10 por ciento de la frecuencia modulada en radio y reducirlos a un segmento de la frecuencia de Ampliación Modulada.

Por eso, también deberán retomarse experiencias de medios públicos exitosos como la BBC de Londres, que es un medio público bajo la regulación del congreso de la Gran Bretaña, al igual que la televisión española y la televisión francesa.

Un tercer tema fundamental es, y que no se ha abordado con profundidad, es hacer del IFT un verdadero órgano con autonomía constitucional, eliminando cualquier intento de injerencia indebida del Gobierno y haciendo que el IFT no solamente atienda el otorgamiento de la concesiones y supervise los contenidos, sino que también vigile el ejercicio de los derechos de los usuarios, de las audiencias y las garantías y libertades políticas que nuestra Constitución otorga a todas las mexicanas y a todos los mexicanos.

Por eso insisto en que debe retomarse la reforma constitucional cuando se propuso revertir la ausencia de pluralidad que prevalece en los medios de comunicación y garantizar el acceso efectivo a los medios comunitarios e indígenas a la prestación de la totalidad de los servicios.

Por otro lado el derecho de réplica queda pendiente, al igual que el derecho a la objeción de conciencia de los comunicadores y en particular, y lo subrayo, se atenta contra el derecho a la privacidad y la libre circulación de las ideas y de los documentos que tienen los ciudadanos en sus comunicaciones telefónicas a través de la red o bajo cualquier modalidad, pues hoy se pretende permitir que se intervengan llamadas o se intervenga la red para que medie la orden de un juez como lo establece nuestra propia constitución.

La discusión se ha concentrado fundamentalmente en la definición de preponderancia, si es esta por sector o por servicios y si bien este debate demuestra que de origen hay un problema de interpretación constitucional y si bien se ha decidió transcribir a la letra el artículo 28 constitucional y los artículos transitorios que se refieren al tema, sigue prevaleciendo la confusión, ya que  en esta redacción se refiere la preponderancia a sector, a segmentos del mercado, a mercado  o a servicios, incluso especificando cada uno de esos y es evidente que de origen por este problema este litigio acabará en los tribunales.

Sin embargo, yo quiero señalar que sea cual sea la resolución que se adopte en el dictamen o por la corte respecto a preponderancia por sector o por servicios, por los términos en que se emite la ley secundaria no se ataca el problema fundamental, no se resolverá el problema de la concentración de los medios de comunicación, aquí por el contrario se trata fundamentalmente de avanzar en el rediseño del poder económico y del poder de la oligarquía económica de este país.
Yo creo que esto lo refiere de manera muy clara la intervención del senador Roberto Gil el día de antier en la reunión de comisiones unidas, cuando al referirse en el tema de preponderancia decía que en este tema no se debe tener un efecto neutro, si se tenía que atender las enormes desproporciones de los mercados y señalaba que el valor de ingresos en 2013 del sector de telecomunicaciones, donde participa de manera preponderante un agente económico, fue del orden de 263 mil millones de pesos, mientras todo el sector de televisión restringida valía 38 mil millones de pesos.

No se trata de quitarle a Slim para darle a Azcárraga, eso no va a resolver la concentración de los medios, ni la concentración del poder monopólico del control de la opinión pública.

Por eso, eso no va a resolver el problema del niño de Cochoapa el Grande  en la montaña de Guerrero, que hoy no recibe los servicios de radiodifusión o telecomunicaciones, simple y sencillamente porque el objetivo de estas empresas no es la prestación del servicio sino la ganancia y en el dictamen no se resuelve con claridad la responsabilidad del Estado para prestar el servicio donde hay ausencia por lo que el hijo del niño de hoy en Cochoapa el Grande en muchos años no recibirá  estos servicios.

Concluyo señor presidente.

La verdadera democratización de los medios no vendrá de los medios comerciales, tendrá que venir de la conjunción de dos factores fundamentales: primero una firme regulación del Estado a través del órgano regulador con autonomía constitucional que deba atender además de las condiciones de competencia el ejercicio pleno de los derechos de los ciudadanos y no interponer injerencias indebidas como se pretende en la privacidad a los ciudadanos  o se pretende que en la colaboración con autoridades citar a su privacidad y el segundo gran tema es el de la apertura de los medios sociales y públicos como alternativas reales, hay que retomar lo que estableció la relatoría para la libertad de expresión sobre el carácter de los medios de comunicación en México que dio a conocer Catalina Botero en 2010, donde señala que la diversidad y el debate democrático se encuentran limitados por la alta concentración en la propiedad y en el control de los medios de comunicación a los que se les han asignado las frecuencias de radio y televisión por la ausencia de un marco jurídico claro y equitativo en donde prevalece la inexistencia de mecanismos para el acceso a medios alternativos de comunicación.

Son muchos los temas que podemos abordar, los que (inaudible) con la reunión del relator especial de libertad de expresión, versiones de organizaciones de la sociedad civil o el documento que entregó a la mesa directiva el frente por la comunicación democrática que voy a pedir se incorpore al diario de los debates, le voy a pedir al señor presidente, en donde se da clara cuenta de las omisiones y las ausencias de este debate.
Por eso concluyo solo con dos palabras que a mi juicio resumen o deberían resumir cuál debería ser el papel a cumplir por este congreso, porque nuestro objetivo no es resolver los litigios de grupos de poder económico sino hacer prevalecer el estado de derecho y velar por las libertades y las garantías de los ciudadanos.

Dos palabras: diversidad y pluralidad, que son condiciones inherentes para lograr una verdadera comunicación democrática, diversidad en los medios y el acceso a los ciudadanos a medios alternativos y pluralidad en el reconocimiento de nuestras diferencias políticas, étnicas y culturales que prevalecen en nuestro país, por esos argumentos por las omisiones y el contenido del dictamen mi voto será en contra.





Alejandro Encinas

Por lo menos 60 modificaciones que se habían aceptado, no están incluidas en el proyecto que estamos discutiendo: Encinas Rodríguez


Intervención del Senador Alejandro Encinas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRD, durante la reunión de trabajo de comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes; de Radio, Televisión y Cinematografía; y de Estudios Legislativos.

Alejandro Encinas Rodríguez (AER). Muchas gracias, senador Presidente.

Yo, en primer lugar, quiero expresar mi solidaridad con las ciudadanas y los ciudadanos que intentaron expresarse en este recinto y que lamentablemente por la intolerancia que prevalece en la relación de esta representación popular con la ciudadanía no pudieron hacerlo.

Quiero hacer un llamado y un exhorto al presidente del Senado de la República y al presidente de la Junta de Coordinación Política para que se revise el papel que debe desempeñar el cuerpo de resguardo y seguridad de la Cámara de Senadores, porque la obligación de este personal es la de auxiliar en la relación de los senadores con la sociedad y de ninguna manera actuar como cuerpo policiaco.

Es un órgano de resguardo, no es una policía y en esas sesiones, todas de carácter público, debemos aprender a reivindicar un principio fundamental en el trabajo parlamentario y legislativo en la relación con la sociedad, que es el principio de la tolerancia y el respeto con quienes piensan diferente que nosotros.

Dicho esto, quisiera empezar por señalar que más allá del proceso de discusión que ha restringido hoy la posibilidad del debate en lo particular de las reservas, lo cual va a motivar una enorme incertidumbre en lo que será el dictamen final que se someterá al Pleno, porque hasta donde tengo entendido por lo menos 60 modificaciones que se habían aceptado, 45 modificaciones plenamente redactadas, 15 en revisión, no están incluidas en el proyecto que estamos discutiendo.

Desde el día de ayer que se circuló el documento y en la información que dispongo evidentemente el no haber cumplido que esas modificaciones se iban a incorporar en la sesión de las comisiones unidas nos va a dejar en incertidumbre y espero –ahí sí no coincido con mi compañero Benjamín Robles– que no aparezca un adéndum que modifique de fondo y profundice la regresión que, desde mi punto de vista, significa este dictamen respecto a la reforma constitucional que consensamos el año pasado.

Esto debe preocuparlos porque no sería la primera vez en donde, teniendo acuerdos, se da marcha atrás. Pongo los dos ejemplos más recientes, un acuerdo pleno en la reforma político-electoral, donde de repente de manera subrepticia nos apareció el haber de retiro de los magistrados del Tribunal Electoral, que afortunadamente ya se revirtió, y otra que hace apenas 15 días que tenía un acuerdo para dictaminar en el periodo extraordinario los mecanismos de asignación de los diputados de representación proporcional de las coaliciones, el Senado decidió levantar su sesión en lugar de dictaminar la minuta enviada del Senado.

Yo creo que por eso debemos de ser muy claros. Por supuesto que yo no estoy en contra de la negociación. La negociación es parte de nuestra labor legislativa y debe ser transparente, clara, como se ha anunciado permanentemente.

El problema no es negociar, sino qué se negocia y la certeza en lo que se negocia y hoy, en este proyecto de dictamen, hay que decirlo, no solamente no hay certeza, hay una incertidumbre y el riesgo de que se profundice esta regresión.

Y hablo de una vez yo, porque desde mi punto de vista este dictamen es un viraje de 180 grados respecto a la reforma constitucional que hace apenas un año, bueno, a finales del año pasado, buscaba establecer condiciones de competencia real para la telefonía, la radio y la televisión.

A partir de consolidar principios básicos de los derechos ciudadanos a la igualdad, la pluralidad y la competencia, para hacer valer la noción del servicio público que representan las telecomunicaciones y la radiodifusión en el país.

Y lamentablemente el proyecto de dictamen, si bien ha sufrido modificaciones, registra correcciones de algunos avances respecto a la iniciativa del Ejecutivo Federal, hoy no garantiza que los servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión sean prestados en condiciones de calidad, cobertura universal, acceso libre y continuidad, preservando la pluralidad y la veracidad de la información.

Por eso quisiera destacar tres temas que a mi juicio no se han logrado establecer y consolidar en este dictamen, en donde existen profundas insuficiencias y que no se reducen al debate en torno a la definición de preponderancia, que es uno de los temas al que me voy a referir más adelante.

Pero creo que el punto inicial de esta discusión, si queremos avanzar en la democratización de los medios, debe de partir de generar las condiciones para el ejercicio libre de los derechos que los ciudadanos tienen consagrados en la Constitución, partiendo de lo establecido en el artículo sexto constitucional, donde el Estado tiene la obligación de garantizar el derecho a la información de los ciudadanos y la plena libertad de expresión.

Y por eso lo que corresponde al ejercicio del derecho a la información al derecho a la libertad de expresión, a la no censura, el derecho de los usuarios al servicio de calidad con tarifas más bajas; el de las audiencias para acceder a una oferta que permita elegir entre distintas opciones de comunicación, reconociendo la pluralidad cultural, étnica y política de nuestra sociedad.

El derecho de réplica sobre el cual está pendiente la elaboración, el dictamen de esta ley que tenía un término constitucional y otros temas como el derecho a la objeción de conciencia de los comunicadores y en particular y esto lo subrayo, el derecho a la privacidad y la libre circulación de las ideas y de los documentos que tienen los ciudadanos en sus comunicaciones telefónicas, a través de la red o bajo cualquier modalidad, no están garantizados en este dictamen.

Segundo tema que a mi juicio es de las asignaturas pendientes: el garantizar la democratización de los medios, que no se resuelve con la definición de preponderancia, ese no es el tema nodal, porque la democratización de los medios no va a venir de los concesionarios comerciales, de las concesiones privadas y comerciales, cuyo objetivo fundamental es el lucro y la ganancia.

Vamos a ver el debate de preponderancia,, que de origen tiene muchos problemas e implicaciones se ha decidido transcribir y establecido en la reforma constitucional, en el artículo 28, el segundo y el octavo transitorio, en donde de manera indiscriminada o indistinta se establecen distintos conceptos de preponderancia. El propio artículo 28 habla de preponderancia por sector y por mercado en el mismo párrafo.

El Segundo Transitorio habla de segmentos del mercado y especifica cada uno de los servicios y el Artículo Octavo Transitorio habla de preponderancia en servicio y los especifica.

Es evidente que de origen tenemos un problema con esta definición. Va a terminar tarde o temprano en la resolución de la Corte, más cuando en el Artículo Octavo Transitorio de la Constitución establece ya la única viabilidad de lo que es la única posibilidad de intervención de vinculación jurídica es el amparo sin la suspensión de las actividades.

Entonces es algo parcial y esto derivará justamente en esta de solución sobre la preponderancia que dependerá en gran medida de la fortaleza que de esta ley le otorgue al Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Pero la verdadera democratización de los medios, como decía, no vendrán de los medios comerciales. Tendrá que venir, o debe venir de la conjunción de dos factores fundamentales:

Lo que es la verdadera regulación del Estado; el Estado sea un órgano regulador no sólo de las condiciones de competencia sino del ejercicio de los derechos para la democrat5ización de los medios y de la construcción de medios alternativos a los medios comerciales.

Y aquí lo que son los medios públicos, los medios sociales, comunitarios e indígenas, son la clave, o deberían ser la clave para genera alternativas de comunicación democrática a partir de reconocer que las telecomunicaciones y la radiodifusión en tanto asuntos del interés público no van a ser resueltos por el Estado, digo, por el mercado, y el Estado debe de intervenir.

Y en este Dictamen se reduce la misma expresión a los medios públicos y a los medios sociales, en donde se llega al extremo, en el caso de los medios indígenas, en donde ahora intervendrá la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, que tendrá que emitir un certificado de indigenismo a los solicitantes de una concesión de cualquier comunidad o pueblo originario de nuestro país.

Y no es con la tutela de la autoridad como se va a desarrollar estos medios, menos aún cuando se restringe solamente el acceso de los medios comunitarios y de los medios indígenas al 10 por ciento del espectro de la radio en frecuencia modulada y a un pedazo de lo que quede de amplitud modulada.

Una verdadera democratización de los medios siguiendo ejemplos como Ecuador, Uruguay y Argentina, donde se establece que se divide en tres tercios iguales el espectro radioeléctrico para cada una de las modalidades de concesión, pues debería permitir a los medios sociales el acceso a la radio, a la televisión y a las telecomunicaciones en su conjunto, porque reducirlos al 10 por ciento de la frecuencia modulada; bueno, ya lo mejoraron ahorita, con lo que se presentó al principio de la reunión no es sino mantenerlos en la marginalidad.

Y el tercer tema fundamental es hacer del IFETEL un verdadero órgano con autonomía constitucional real, eliminando cualquier injerencia indebida del gobierno, no solamente en lo que se refiere al otorgamiento de las concesiones, en la supervisión de los contenidos, pero también en la vigilancia del ejercicio de los derechos, de los usuarios, de las audiencias y de las garantías y libertades políticas que otorga la Constitución a las y los mexicanos y lamentablemente ese Dictamen no establece una verdadera pluralidad mediática, no fortalece los derechos fundamentales y los mecanismos de defensa de los ciudadanos.

Se mantiene una gran vicisitud en la regulación de la concentración monopólica, con una parcialidad favorable hacia el agente económico preponderante de la radiodifusión y debilita las facultades de independencia del órgano regulador.

Por eso, nosotros insistimos en que debe retomarse la Reforma Constitucional cuando se propuso revertir la falta de pluralidad que prevalece en los medios de comunicación del país, y garantizar el acceso efectivo de medios de comunicación a la sociedad, los pueblos originarios y en particular, a los medios públicos y los medios comunitarios.

En ese sentido, creo que vale mucho la pena retomar las propias recomendaciones que ha hecho la Relatora para la Libertad de Expresión, Catalina Botero, a nuestro país, en donde destaca de manera particular que la diversidad y debate democrático se encuentran seriamente limitados en nuestro país, por la alta concentración en la propiedad y el control de los medios de comunicación, a los que se les han asignado frecuencias de radio y televisión, por la ausencia de un marco jurídico claro, que se pretendía resolver con esta ley; y la inexistencia de mecanismos de acceso a medios alternativos de comunicación, que se vuelve a refrendar estas restricciones a los medios sociales y a los medios públicos, con las restricciones de acceso al espectro radioeléctrico y a la prestación del conjunto de los servicios.

Y al mismo tiempo, vale la pena destacar cómo prevalecen injerencias arbitrarias que atentan contra los derechos de los ciudadanos; y destaco en particular la intervención de las comunicaciones sin que medie orden judicial, lo dice con toda claridad en el capítulo de colaboración con la justicia, en el artículo 189, que los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados y proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos, están obligados a atender todo mandamiento por escrito, fundado y motivado por la autoridad competente, en los términos que establezca la ley.

¿Cuáles son las autoridades competentes?, las judiciales y las de seguridad pública; ya por lo menos se acotó para que se incorporaran las de seguridad nacional o las fuerzas armadas. Pero es una verdadera regresión que se permita la intervención de las comunicaciones de los ciudadanos, sin que medie una resolución o un mandato judicial correspondiente.

Podría retomar mucho de lo que han señalado distintas organizaciones sociales, algunas estaban aquí. Ayer mismo sostuvimos una reunión con el Relator Especial sobre Libertad de Expresión de Naciones Unidas, con Frank La Rue, donde nos hizo llegar este documento signado por decenas de organizaciones de la sociedad civil.

O también retomar lo que ha hecho explícito esos 31 puntos que nos presentó en la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados el Frente por la Comunicación Democrática; en donde se sintetizan las propuestas –desde mi punto de vista– en dos palabras: diversidad y pluralidad, que son condiciones inherentes para lograr una comunicación democrática.

Diversidad en los medios y el acceso a los ciudadanos a medios alternativos; y pluralidad en el reconocimiento de nuestras diferencias políticas, étnicas, culturales que prevalecen en este país.

Por esas omisiones y por este contenido del dictamen, mi voto será en contra.

Muchas gracias.






Hay una mayor centralización del Gobierno Federal en demerito del federalismo y la autonomía de los estados: Encinas Rodríguez

Martes, 01 Julio 2014

En el marco del Seminario “Órganos autónomos y funciones de control del Senado”, el Senador Alejandro Encinas Rodríguez impartió una ponencia sobre cambios legislativos y órganos constitucionales autónomos, así como las facultades que éstos ejercen.

Partió definiendo el concepto de los órganos autónomos, los cuales señaló como aquellos creados de manera inmediata y fundamental en la Constitución. Así mismo, explicó que los órganos que gozan de autonomía no son independientes y que sus integrantes deben ser considerados ante todo como servidores públicos que deben cumplir con la responsabilidad que mandata la Constitución y las leyes. “Los órganos autónomos no son órganos “ciudadanizados”, ya que los servidores públicos tienen responsabilidades marcadas en la ley que deben cumplirse estrictamente”, resaltó.

Argumentó que las facultades que comparten los órganos autónomos son: personalidad jurídica y patrimonio propio; autonomía presupuestaria; autonomía política y jurídica para su toma de decisiones; creación de normas jurídicas sin participación de otro órgano del Estado; no están sujetos a ningún poder de la unión; no tienen  influencia de ninguna fuerza política; un estatuto jurídico especial que los resguarda de presión o influencia de los poderes facticos; se integran por personas con reconocido prestigio y experiencia en la materia, gozan de imparcialidad y neutralidad ante la opinión pública;  sus miembros gozan de garantías de designación, inamovilidad, duración y remuneración suficiente; la temporalidad de su nombramiento es mayor en lo general  que la duración de las demás autoridades políticas; no pueden desarrollar actividades públicas o privadas remuneradas, excepto de beneficencia; las decisiones que adoptan deben ser de manera colegiada;  y finalmente, tienen que presentar informes públicos y realizar comparecencias ante el órgano parlamentario que los convoco.

Externó que aunque haya similitudes en los órganos autónomos, cada uno es particular y tiene funcionamientos distintos. Encinas Rodríguez mencionó el avance que en materia de autonomía ha existido en esta legislatura. Al inicio de ésta eran tres los órganos autónomos reconocidos en la Constitución: Banco de México, INEGI  y Comisión Nacional de Derechos Humanos, órganos unipersonales que no trabajan en sesiones de carácter colegiado. En el transcurso de esta legislatura, se crearon siete nuevos órganos autónomos o se le doto de una nueva autonomía a los que ya la tenían: el Instituto Nacional de Evaluación de la Educación; el Instituto Federal de Acceso a la Información; el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social; el Instituto Nacional Electoral; la Fiscalía General de la República; la Comisión Federal de Competencia Económica y el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

El Senador mexiquense argumentó que este Fenómeno de “autonomitis” ha venido acompañado de un proceso de centralización de nuevas facultades al Gobierno Federal. Mencionó el ejemplo del Instituto Nacional de Evaluación de la Educación, que ahora va a definir los mecanismos para el ingreso, promoción y permanencia del magisterio, por lo cual ya no habrá ninguna intervención del gobierno de los estados, lo que implica la disolución de las condiciones generales de trabajo de los maestros. Otro ejemplo de la centralización  es la creación del INE, donde la intención era centralizar absolutamente toda la organización y desarrollo de los procesos electorales.

Expuso que esta contradicción entre órganos autónomos y la búsqueda de centralización del Gobierno Federal tiene que ver con la resistencia a avanzar en una reforma del sistema político de nuestro país. El senador Encinas sostuvo que por un lado se pretenden acotar las facultades del Ejecutivo Federal para ejercerlas por medio de órganos autónomos, pero al mismo tiempo se van dando pasos a una mayor centralización, en demerito del federalismo y la autonomía de los estados.

“Tenemos que ir avanzando en la integración de los órganos autónomos para que realmente gocen de verdadera autonomía y dotarlos de fuerza jurídica para que en todas sus resoluciones, además de colegiadas y autónomas, sean vinculantes para la autoridad en beneficio de la ciudadanía”, finalizó.






Preponderancia y privacidad
Alejandro Encinas Rodríguez
El Universal
martes 01 de Julio 2014

La difusión de la llamada telefónica que presenta a la diputada Purificación Carpinteyro proponiendo negocios a un particular ante la inminente aprobación de las leyes secundarias en materia de telecomunicaciones, ha puesto en evidencia -una vez más- la prevalencia de dos prácticas por igual deleznables.

Por un lado, la impunidad con que se intervienen de manera ilegal las llamadas telefónicas, lo mismo por el Estado con fines políticos, que el espionaje industrial, entre particulares o el de delincuentes para extorsionar, lo que demuestra cómo el espionaje y la invasión a la privacidad de los ciudadanos se ha generalizado.

Por otro, la corrupción y el patrimonialismo con el que se ejerce la función pública en el país, donde funcionarios o representantes populares asumen el manejo de los recursos públicos o los espacios de representación en beneficio propio.

Por ello el dictamen de estas leyes, como debería corresponder a todo proceso legislativo, debe ser público, transparente, de cara a la nación, dejando de lado las negociaciones extraparlamentarias, en las que lo mismo participan las direcciones de los partidos, que algunos grupos parlamentarios, legisladores en lo individual y los consorcios que detentan los monopolios en la televisión, la radio y las telecomunicaciones, quienes son los factores reales en esta negociación.

Este debate debe atender tres asuntos fundamentales:

Garantizar el ejercicio pleno de los derechos de los ciudadanos. El derecho a la información, a la libertad de expresión y a la no censura; el derecho de los usuarios a servicios de calidad bajo tarifas justas; el de las audiencias para acceder a una oferta que permita elegir entre distintas opciones de comunicación que reconozcan la pluralidad cultural, étnica y política de nuestra sociedad, que inculquen valores cívicos de convivencia, tolerancia, democracia y no discriminación; el derecho de réplica; el de las personas con capacidades diferentes; la objeción de conciencia de los comunicadores; los derechos laborales de los trabajadores del sector que serán afectados por esta reforma, y en particular el derecho a la privacidad de los ciudadanos en sus comunicaciones telefónicas, en la red o bajo cualquier modalidad.

Garantizar la democratización de los medios, la competencia efectiva entre éstos y ampliar la oferta a los ciudadanos, eliminando los privilegios que detentan los monopolios en radiodifusión y telecomunicaciones. Para que la competencia sea realmente efectiva es necesario que el criterio de preponderancia se defina por la prestación de servicios y no por sector, entendiendo que éste es un asunto del interés público que no puede resolver el mercado, por lo que el Estado debe cumplir su papel regulador permitiendo el desarrollo de los medios públicos, sociales, comunitarios e indígenas, los que deben constituirse en una alternativa real a los medios comerciales, gozando de igualdad en el acceso al espectro radioeléctrico, autonomía, independencia editorial y recursos suficientes, y

Fortalecer la autonomía del Instituto Federal de Telecomunicaciones. Que éste sea un verdadero órgano constitucional autónomo, que regule a los medios, vigile contenidos y de certeza al ejercicio de los derechos de los ciudadanos, eliminando toda injerencia del Gobierno federal.

Las nuevas leyes deben dar paso a un sistema de medios de comunicación abierto, plural y democrático, que rompa con el monopolio y manipulación que prevalece sobre la opinión pública, para que los mexicanos puedan acceder a la información necesaria para participar en los asuntos públicos.

Senador de la República



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En este espacio podrás encontrar información actualizada acerca de las actividades y el pensamiento de Alejandro Encinas Rodríguez, uno de los principales dirigentes de la izquierda mexicana.