Protección de la niñez migrante
Alejandro
Encinas
El
Universal
16
de febrero de 2021
El reto, además de garantizar los derechos de
los menores migrantes, es atender las causas que provocan su movilidad
El pasado 11 de
enero entraron en vigor diversas reformas a Ley de Migración y a la Ley sobre Refugio, Protección Complementaria y Asilo Político, que
abren el camino para dar cumplimiento efectivo a los derechos de la niñez y de
la adolescencia migrante, solicitante de asilo y refugio.
Con ello se encara una
lamentable realidad. Las niñas, niños y adolescentes en movilidad, solos o
acompañados, enfrentan una situación de extrema vulnerabilidad, no solo en su
tránsito o acogida en el país, sino en muchas ocasiones por las historias que
les hicieron salir de sus comunidades, por lo que es obligación del Estado
mexicano otorgarles protección diferenciada y adecuada para salvaguardar su
integridad física y emocional, así como su integración educativa y cultural,
garantizando el ejercicio pleno de sus derechos.
Los datos son
reveladores: de enero 2020 al 12 de febrero de 2021, el Instituto Nacional de
Migración ha atendido alrededor de 12 mil 428 niñas, niños y adolescentes
extranjeros en situación de movilidad, de los cuales 5 mil 243 viajaban sin
compañía (42%) y 7 mil 185 acompañados de algún adulto (58%), al tiempo que de
enero a octubre de 2020, se atendieron 6 mil 968 eventos de mexicanos menores
de edad no acompañados repatriados por los Estados Unidos.
Por su parte, la
Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, ha recibido de diciembre 2018 a la
fecha, 29 mil 696 solicitudes de la condición de refugiado de NNA, de las
cuales se han reconocido a la fecha a 8 mil 598 casos; además de que 950 que
han sido beneficiados con protección complementaria.
Estas reformas fueron
reconocidas por agencias de las Naciones Unidas, como ACNUR, la Oficina en
México de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
y UNICEF, así como la Organización Internacional para las Migraciones, porque
dan cumplimiento a recomendaciones, compromisos y tratados internacionales.
Uno de los principales
avances es la prohibición de que niñas, niños y adolescentes en situación de
movilidad sean detenidos en estaciones o estancias migratorias, estén o no
acompañados, obligando a las autoridades a encontrar otros espacios de cuidado.
Las reformas
regularizan la situación migratoria provisional de las infancias migrantes a
través de visas humanitarias, en espera de la determinación de la Procuraduría
Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes para su restitución de
derechos, lo que impide el retorno inmediato y asegura su protección.
La reforma fortalece
las atribuciones del Sistema Nacional de Desarrollo Integral de la Familia
(SNDIF) y Sistemas de los DIF de las entidades para que identifiquen a menores
que requieran protección internacional, como refugiado u otra modalidad y, en
conjunto con las autoridades competentes, provean amparo y medidas especiales.
La implementación de
las reformas arroja sus primeros resultados: el INM ha suspendido el
alojamiento de menores en sus estaciones y se creó una coordinación
interinstitucional para brindarles atención. El SNDIF y la Procuraduría
realizan mapeos permanentes de los albergues públicos y privados disponibles a
efecto de que las NNA en ningún momento sean alojados en estaciones migratorias
y se les canalice inmediatamente a los Centros de Asistencia Social o a
albergues de la sociedad civil. Asimismo, las estaciones migratorias de
Tapachula, Chiapas y Tenosique, Tabasco fueron entregadas al SNDIF para ser
transformadas y habilitadas como Centro de Asistencia Social y albergar ahí a
menores de edad.
La materialización de
esta reforma encuentra importantes retos que solventar desde un trabajo
interinstitucional efectivo, como es la adecuada asignación presupuestal para
el fortalecimiento de espacios de atención a los NNA y sus familiares; la
capacitación del personal técnico involucrado, por ejemplo, los Oficiales de
Protección a la Infancia y de Grupo Vulnerables del INM; y el desarrollo de los
criterios y lineamientos de actuación necesarios para la correcta determinación
del interés superior de los NNA.
Las reformas avanzan,
sin embargo, el reto, además de garantizar los derechos de niñas, niños y los
adolescentes migrantes, es atender las causas que provocan su movilidad. Que
nadie, por necesidad o por miedo, abandone el lugar donde nació o donde quiere
vivir.
Subsecretario de Derechos Humanos,
Población y Migración.
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