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"Estamos en una crisis humanitaria que deriva de la ausencia del Estado":

Alejandro Encinas Rodríguez

Venimos de lejos

Dtto 30

Constituyente

Senador



La contingencia tiene impactos diferenciados sobre víctimas, por eso, desde la @CEAVmex y la Subsecretaria de derechos humanos se adelantó tres meses las medidas de ayuda inmediata a víctimas del fuero federal.

Ante el COVID-19 la @CEAVmex adelanta el pago de la ayuda alimentaria y alojamiento


16 de abril, 2020


ANTE COVID-19, CEAV ADELANTA PAGO DE AYUDA ALIMENTARIA Y
ALOJAMIENTO

La CEAV busca apoyar a las personas durante la contingencia sanitaria, pese al enorme esfuerzo presupuestal que
representa para la Comisión.

La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), en coordinación con la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación (SEGOB), determinó adelantar tres meses la entrega de recursos para apoyo alimentario y alojamiento, a fin de que las familias que reciben mensualmente las medidas de ayuda inmediata enfrenten de la mejor manera posible la contingencia provocada por el coronavirus.

A partir del 22 de abril, las personas que fueron víctimas de delitos federales o de violaciones a sus derechos humanos, que ya forman parte del Registro Nacional de Víctimas (RENAVI) y que cada mes reciben apoyos por concepto de ayuda alimentaria y alojamiento, recibirán el depósito correspondiente a abril, mayo y junio, sin necesidad de realizar trámite alguno.

Durante este periodo de emergencia, no es necesario entregar la solicitud de acceso a los recursos del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral (FAARI), ni el escrito para la comprobación de gastos, para evitar el desplazamiento de las personas y cumplir con la recomendación de las autoridades sanitarias de permanecer en casa y evitar la propagación del COVID-19.

Estos documentos deberán entregarse una vez que las autoridades declaren que ha pasado la emergencia y se normalicen las actividades.

El pago adelantado de medidas de ayuda alimentaria y alojamiento implica un esfuerzo presupuestal de 99 millones 956 mil 878.32 pesos, con cargo al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral (FAARI).

Antes de tomar esta medida excepcional, provocada por la pandemia del coronavirus, los recursos por concepto de ayuda alimentaria y alojamiento se entregaban a mes En esta ocasión se adelantan los recursos de abril, mayo y junio.




15 de abril, 2020

Las autoridades y todos los órganos de gobierno deben asegurar un enfoque de derechos humanos en las medidas que apliquen para la emergencia sanitaria #Covid-19







Emergencia sanitaria y derechos humanos

Alejandro Encinas Rodríguez
El Universal
14 de abril, 2020

A raíz de la declaratoria de emergencia sanitaria derivada de la pandemia de COVID-19, autoridades de diversos órdenes de gobierno han adoptado decisiones que rebasan el ámbito de sus competencias, afectando los derechos de las personas: munícipes que decretan toque de queda, autoridades que impiden a población foránea transitar dentro de los límites de sus entidades o quienes incitan a la población a cerrar hospitales o agreden al personal de los servicios de salud.

Nadie desconoce el grave riesgo a la salud pública que representa esta pandemia, menos aún a la responsabilidad de los gobernantes para atenderla. No obstante, las autoridades en sus distintos ámbitos deben crear las condiciones para implementar las medidas que establezca la autoridad sanitaria, con estricto respeto a los derechos humanos, por lo que las medidas que adopten deben ser objetivas, temporales y proporcionales, a fin de atender los efectos adversos sobre la población, teniendo como prioridad garantizar el acceso universal a la atención médica a todas las personas, sin discriminación ni discrecionalidad alguna.

Las medidas extraordinarias para disminuir el impacto a la salud deben atender otros derechos, como proteger los derechos laborales; garantizar la producción y el abasto de alimentos; asegurar que las personas en situación de calle permanezcan en un espacio digno para su protección; garantizar la distribución del agua y saneamiento en los lugares con carencia del servicio: fomentar el acceso a la cultura y la educación, a fin de mitigar los impactos negativos en la convivencia familiar durante el resguardo domiciliario, en particular para proteger a niñas, niños y mujeres en riesgo de ser violentados por sus familiares.

Las acciones públicas deben atender los impactos diferenciados de la pandemia en los grupos de mayor riesgo: personas mayores de 60 años, mujeres embarazadas, personas con discapacidad y quienes tienen una enfermedad crónica. Personas en situación de pobreza y desplazadas; personas privadas de su libertad, trabajadores sexuales, personas indígenas y trabajadoras del hogar, migrantes y solicitantes de refugio, víctimas y personas amenazadas.

La emergencia no debe ser excusa para la intolerancia. No se deben fomentar discursos basados en prejuicios y estereotipos. Los gobiernos deben tomar acciones para proteger de la discriminación y la violencia a las poblaciones en riesgo de sufrirla, poniendo especial énfasis en las personas que tienen o tuvieron COVID-19; personal médico y de enfermería, y personas extranjeras.

Nuestra Constitución permite a las autoridades de los tres órdenes de gobierno adoptar medidas extraordinarias para enfrentar la emergencia sanitaria; medidas que incluso pueden restringir algunos derechos. Sin embargo, éstas tienen límites claros.

Una medida es proporcional y respeta los derechos humanos cuando cumple con los siguientes criterios: tener un fin legítimo y constitucionalmente válido; debe ser necesaria e idónea para alcanzar el fin perseguido; debe ponderar si el beneficio obtenido por la medida es mayor a la afectación ocasionada.

Las autoridades solo pueden implementar medidas temporales en el marco de su competencia legal, y deben comunicar oportunamente las medidas que apliquen para garantizar el derecho de acceso a la información.

La emergencia sanitaria no justifica acciones que violen los derechos de las personas. Por el contrario: los derechos humanos, como límite al poder público, deben estar presentes en todas las decisiones que se adopten. (Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración)


Ciudad de México, 13 de abril de 2020


GUÍA EN DERECHOS HUMANOS PARA MEDIDAS DE COVID19




Ciudad de México, 13 de abril de 2020
CONAPO

¿Sabías que...el aislamiento social puede limitar la posibilidad de las niñas de pedir ayuda y acceder a los servicios esenciales de salud que necesitan?




Ciudad de México, 13 de abril de 2020

Emitimos la Guía en Derechos Humanos para las Medidas COVID-19 para sentar los mínimos que todas las autoridades deberán seguir y garantizar que las acciones que implementen no sean violatorias de la Constitución y tengan un en foque de derechos humanos 





Ciudad de México, 10 de abril de 2020

“No buscamos honores, no anhelamos recompensas, vamos sencillamente a cumplir el compromiso solemne que hemos contraído dando pan a los desheredados y una patria libre, tranquila y civilizada a las generaciones del porvenir”: General Emiliano Zapata




Ciudad de México, 10 de abril de 2020

101 Aniversario Luctuoso del caudillo del Sur #EmilianoZapata




101 Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata, desde Palacio Nacional.

Ciudad de México, 10 de abril de 2020

Transmisión en vivo:



CONAPRED

Ciudad de México, 9 de abril de 2020







Ciudad de México, 9 de abril de 2020




Se informa a solicitantes de la condición de refugiado en México que la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) no cuenta con agencias, socios o intermediarios que recaben información de dichas personas.



Ciudad de México, 8 de abril de 2020
Comunicado No. 042/2020


Invita Comar a solicitantes de la condición de refugiado en México a cuidar su información personal.


Se informa a solicitantes de la condición de refugiado en México que la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) no cuenta con agencias, socios o intermediarios que recaben información de dichas personas.

Es importante que solicitantes de la condición de refugiado mantengan la confidencialidad de sus datos personales y eviten proporcionarlos a terceras personas no autorizadas o externas a esta comisión, toda vez que se desconoce el tratamiento que se dará a la misma y podría evidenciar información que ponga en riesgo su seguridad o la de sus acompañantes.

Las y los oficiales de protección, funcionarias y funcionarios que se encuentran en las oficinas de representación y presencias a nivel nacional de la Comar, son quienes se encuentran a cargo de procesar y dar seguimiento a todas las solicitudes, y por lo tanto las únicas autorizadas para comunicarse con solicitantes directamente para pedir mayor información en caso de ser necesario, a través de medios oficiales, ya que se encuentran obligados a cumplir cabalmente los principios contenidos en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.

Por ello, se invita a las personas solicitantes a mantenerse informadas a través de los comunicados oficiales publicados en www.gob.mx/comar o a los números de contacto telefónico y correos electrónicos que a continuación se detallan:
Acayucan, 9242457440 ext. 226 y 204 o al correo atencion_comarveracruz@hotmail.com;
Ciudad de México, 555209-8800 ext. 30208, 30226 y 30154 o a los correos ldortega@segob.gob.mx y dudascomar@segob.gob.mx y Monterrey, (0181) 84861577 ext. 218 o al correo tramites.comarmty@gmail.com
Palenque, 9163453035 ext. 8288206 o al correo atencionsolicitante.comar@outlook.com; Tapachula, 015552098800 ext. 59316 o a los correos ckgomez@cgcomar.com.mx, dcordova@segob.gob.mx y alpadron@cgcomar.com.mx; Tenosique, +5219346880404 o al correo comarconsultatab@gmail.com y Tijuana, 663628333 o al correo dudascomartijuana@gmail.com


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Video: https://www.facebook.com/alejandro.encinasrodriguez/videos/10213745116861448/


🔴 Informe del presidente de la República al pueblo de México.





5 de abril, 2020

#MexicoSolidario                                 4 de abril, 2020




Oportunidad histórica para enfrentar esta contingencia social con:
 
* Empatía
* Inclusión
* Solidaridad


4 de abril, 2020



"Mientras quede un ser humano que considere a los demás como seres humanos y no como material negociable, el mundo puede tomar otro derrotero".

Luis Eduardo Aute
1943-2020
Descanse en paz

4 De Abril, 2020

La @Busqueda_MX informa: si necesitas reportar la desaparición de una persona marca este número 👇🏻



3  de Abril, 2020


Migrantes no están siendo recibidos por sus países de origen: Segob

 


Los migrantes que se encuentran en México no están siendo recibidos por las autoridades de sus países de origen en plena pandemia del coronavirus Covid-19, reveló Alejandro Encinas, subsecretario de Segob




3 De Abril, 2020


Pese a contingencia por Covid-19, se garantiza refugio a migrantes: Segob México “garantizará el pleno respeto a los derechos humanos de las personas migrantes dentro y fuera de las instalaciones migratorias”.




Jueves 2 De Abril, 2020


#MexicoSolidario

                                                                                                     3 de abril, 2020
  













En estricto apego a las Medidas de Seguridad Sanitaria dadas a conocer el pasado 30 de marzo por el Consejo de Salubridad General de la Secretaría de Salud y en el Marco de la Jornada Nacional de Salud, la Comar informa





1 de abril, 2020


ACUERDO por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 @DOF_SEGOB





1 de abril, 2020

¿Qué es la Fundlocal?




En este espacio podrás encontrar información actualizada acerca de las actividades y el pensamiento de Alejandro Encinas Rodríguez, uno de los principales dirigentes de la izquierda mexicana.