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"Estamos en una crisis humanitaria que deriva de la ausencia del Estado":

Alejandro Encinas Rodríguez

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Pin parental o estado laico
Alejandro Encinas Rodríguez
El Universal
9 de junio, 2020

Este año, legisladores de Aguascalientes, Chihuahua, Nuevo León y Querétaro presentaron sendas iniciativas de reforma en materia de educación para incluir en las constituciones o leyes de sus estados un supuesto “derecho preferencial de los padres” a decidir sobre la educación de sus hijos y con ello, despojar al Estado de su rectoría constitucional para definir contenidos educativos.

Este “derecho preferencial”, conocido como “pin parental”, es una figura creada por el partido de ultraderecha en España llamado “VOX”, que busca facultar a los padres de familia para vetar el acceso de sus hijos a material educativo que “atente” contra sus convicciones.

De acuerdo con estas iniciativas, la escuela tendría que obtener el consentimiento previo de padres sobre la impartición de contenidos educativos “que sean contrarios a sus convicciones éticas, morales o religiosas”, lo que podría incluir la educación sexual y reproductiva, así como la diversidad sexual y la perspectiva de género.

En Nuevo León, la iniciativa de reforma constitucional fue rechazada el pasado 29 de mayo, mientras que en Aguascalientes, la reforma a la Ley de Educación local fue aprobada por unanimidad el 25 de mayo estableciendo en su artículo 4º que: “la Autoridad Educativa Estatal dará a conocer de manera previa a su impartición, los programas, cursos, talleres y actividades análogas en rubros de moralidad, sexualidad y valores a los padres de familia a fin de que determinen su consentimiento con la asistencia de los educandos a los mismos, de conformidad con sus convicciones”.

En Chihuahua, la iniciativa propuesta por el grupo parlamentario del Partido Encuentro Social, pretende adicionar a la Ley Estatal de Educación el derecho de quienes ejercen la patria potestad o la tutela “de prestar su consentimiento previo […] sobre el contenido de las clases y actividades que se impartan en los centros educativos que sean contrarios a sus convicciones éticas, morales o religiosas”. Por su parte, en el congreso de Querétaro fue presentada otra iniciativa de reforma constitucional que copia la reforma rechazada en Nuevo León.

Los Congresos locales carecen de competencia para legislar sobre contenidos de planes y programas de estudio. Se trata de una competencia exclusiva de la Federación, ejercida a través de la Secretaría de Educación Pública, y que debe sujetarse a los principios que establece el artículo 3o constitucional que impulsa una educación basada “en los resultados del progreso científico, (que) luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios”, por lo que no podrá deberse a las “convicciones éticas, morales o religiosas”.

Las iniciativas mencionadas contravienen, además, los principios de progresividad y prohibición de no regresión de los derechos al pretender restringir el derecho a la educación pública que prevé la Constitución y los tratados de los que México forma parte. El Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, refiere que el acceso a la información, y el asesoramiento sobre la salud sexual y reproductiva no debería de verse obstaculizado por el requisito del consentimiento o la autorización de terceros.

Por su parte, las leyes generales de Educación y de derechos de niñas, niños y adolescentes, reconocen a éstos como sujetos de derechos, entre otros, a la educación sexual y reproductiva basada en la ciencia.

El ejercicio de este derecho, libre de cualquier tinte ideológico, implica que los contenidos educativos deben abordar “el ejercicio responsable de la sexualidad, la planeación familiar, la maternidad y la paternidad responsable, la prevención de los embarazos adolescentes y de las infecciones de transmisión sexual”.

Estas reformas buscan despojar al Estado de su rectoría constitucional para definir los contenidos educativos. Violan el Interés Superior de la Niñez al restringir los derechos de niñas, niños y adolescentes a la educación sexual y el derecho a la educación laica, basada en la ciencia y los derechos humanos. Además, contravienen el derecho constitucional a una educación con perspectiva de género, clave para impulsar una sociedad inclusiva y no sexista, que garantice el derecho de todas las niñas y mujeres a una vida libre de violencias. (Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración)


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