¿Justicia o
Impunidad?
Alejandro Encinas Rodríguez
El Universal
9 de Julio de 2019
Tras viralizarse en las redes sociales, el video
que registra la tortura a la que fue sometido uno de los presuntos
perpetradores de la desaparición de los 43 estudiantes de la Escuela Normal de
Ayotzinapa, inundó los medios de comunicación.
En la escena aparece un hombre atado y vendado de
los ojos, a quien se interroga causándole asfixia con una bolsa de pastico,
cuestionándole de manera insistente el lugar donde fueron entregados los
normalistas y a donde los condujeron, cortándose la grabación al momento en que
se le aplica de nueva cuenta la asfixia.
La persona torturada ha sido identificada como
Carlos Canto Salgado (a) El Pato. El video se grabó, probablemente, el 22 de
octubre de 2014. Diversos medios de comunicación señalaron como presunto
responsable de la tortura, al subsecretario de Seguridad Pública en el estado
de Michoacán, Carlos Gómez Arrieta, quien entonces se desempeñaba como director
de la Policía Ministerial de la PGR. Días después, Gómez Arrieta renunció a su
cargo.
A partir de estos hechos, la Comisión para la
Verdad y Acceso a la Justicia del Caso Ayotzinapa, solicitó, el 21 de junio de
2019, a la Fiscalía General de la República, tomara las acciones que
procedieran con motivo de los presuntos hechos de tortura para obtener
información relacionada con el Caso Ayotzinapa. Entre otras, citar a comparecer
a Gómez Arrieta, a efecto de que manifestara lo que sea de su conocimiento
sobre los hechos de Ayotzinapa, así como de todos los datos que puedan ser
relevantes para el caso.
El 22 de junio de 2019, el Ministerio Público de la
Federación, citó a Gómez Arrieta, para que se presentara a declarar en calidad
de testigo, el 26 de junio.
Gómez Arrieta respondió que, de acuerdo con
información difundida en diversos medios de comunicación, tenía conocimiento de
que se le investiga como probable responsable en la comisión de hechos
constitutivos de delito, solicitando que se le hiciera saber la imputación que
existe en su contra y el nombre del denunciante o querellante; que se le
permitiera la consulta de las constancias que integran la averiguación previa,
así como se le faciliten los datos necesarios para su defensa.
Sin embargo, el pasado 25 de julio, el C. Patricio
Leopoldo Vargas Alarcón, Juez Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en
la Ciudad de México, otorgó un amparo, a Gómez Arrieta, en contra de la
solicitud de la Comisión Presidencial para el Caso Ayotzinapa, evitando su
comparecencia ante la autoridad competente.
No causa sorpresa la resolución de quien detenta
tan importante investidura para impartir justicia, ya que cuenta con un largo
historial de amparos y suspensiones en diversos casos de corrupción. Entre
otros: concedió suspensión definitiva a los suegros del exgobernador de
Veracruz, Javier Duarte, acusado de enriquecimiento ilícito, impidiendo a las
autoridades solicitar una orden de aprehensión contra éstos; de la misma
manera, concedió la suspensión definitiva a presuntos prestanombres del C.
Manuel Barreiro, acusado de operar una red de lavado de dinero que involucraba
al ex candidato a la presidencia, Ricardo Anaya; otorgó además la suspensión
provisional a la extradición del ex gobernador interino de Coahuila, quien
estuvo en funciones durante la matanza de Los Zetas en el municipio de Allende,
Jorge Juan Torres López, acusado de asociación delictuosa, fraude y opciones
con recursos de procedencia ilícita.
Nadie niega los derechos que la ley otorga a Gómez
Arrieta, para garantizar el debido proceso partiendo de la presunción de
inocencia. Lo que es condenable, es el cómo la propia autoridad obstruye la ley
y la impartición de justicia. Es momento ya que los jueces rindan cuentas de
sus sentencias.
(Subsecretario de Derechos Humanos, Población y
Migración)
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