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"Estamos en una crisis humanitaria que deriva de la ausencia del Estado":

Alejandro Encinas Rodríguez

Venimos de lejos

Dtto 30

Constituyente

Senador


Alejandro Encinas Rodríguez
27 de agosto de 2018



Avala la @SCJN seguro de desempleo aprobado en la #ConstituciónCDMX


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Avala SCJN seguro de desempleo

Víctor Fuentes

Cd. de México, México (27 agosto 2018).- La Suprema Corte de Justicia avaló hoy la creación de un seguro de desempleo en la Constitución de la Ciudad de México, pero advirtió que tendrá ser totalmente financiado por el erario local, sin que sea posible exigir cuotas a trabajadores o empresas.




Aunque avaló la creación de un seguro de desempleo en la Constitución CDMX, la Suprema Corte advirtió que tendrá ser totalmente financiado por el erario local, sin que sea posible exigir cuotas a trabajadores o empresas. Foto: Alfredo Moreno Espinosa

También hoy, la Corte invalidó 17 porciones de artículos de la Carta Magna local que preveían reglas sobre procedimientos penales, justicia para adolescentes, cárceles y ejecución de sanciones, por tratarse de materias reservadas exclusivamente a la Federación.

La Corte discutirá mañana la figura de la revocación de mandato, prevista en la Constitución local para todos los servidores públicos electos una vez cumplida la primera mitad de su encargo, que el Ministro Javier Laynez propuso validar, pese a que en el pasado se han anulado reformas similares en otros Estados.

Por siete votos contra cuatro, el Pleno de la Corte declaró la validez del artículo 10, apartado B de la Constitución capitalina, que contempla 25 derechos y principios en materia laboral, y que fue impugnado por la PGR por invadir atribuciones federales.

Este artículo obliga al Gobierno local a prever "un seguro de desempleo, proporcionando a las personas beneficiarias los recursos y las condiciones necesarias para una vida digna, en tanto encuentran una actividad productiva".

Laynez reiteró, en varias ocasiones, que la CDMX no podrá forzar a nadie a aportar cuotas para financiar este beneficio, pues iría contra las leyes Federal del Trabajo y del Seguro Social.

"Si a la hora de establecer el seguro de desempleo una legislación (secundaria) pretende que es una potencialización del derecho a la seguridad social, pero altera las aportaciones de trabajadores o patrones, lógicamente es inconstitucional", dijo Laynez. "Tendrá que ser con recursos presupuestarios".

Otros temas donde se acotó que la capital no podrá regular directamente, sino que solo podrá establecer políticas o programas de asistencia, son los de trabajo en el hogar, riesgos de trabajo e inspecciones de seguridad e higiene.

Eduardo Medina Mora, que votó por invalidar todo el artículo, lo calificó de "profundamente desorientador" y enfatizó que los derechos laborales deben ser homogéneos en todo el país.

Pero la mayoría adoptó la actitud que ha tenido en otros temas de este debate, al considerar que la Constitución local tiene principios generales que por sí mismos son inocuos o no afectan claramente facultades federales.

También se ha afirmado, reiteradamente, que la CDMX tendrá que encontrar dinero para soportar todos los derechos que ofrece en su Constitución.

"Ya vendrán legislaciones secundarias, programas y reglamentos", dijo Láynez, y explicó que estos también podrán ser impugnados ante la Corte o por medio de amparos.


Rasuran 17 porciones

Sin requerir mayor debate, la Corte suprimió 17 porciones de los artículos 11, 44 y 45 de la Constitución local, en los que se fijaron facultades de la Fiscalía capitalina y se pretendió regular temas del nuevo sistema penal.

La regulación de esta materia está reservada al Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), y la Corte tiene múltiples precedentes en los que ha anulado leyes locales similares.

Quedaron fuera facultades de la Fiscalía sobre detención de sospechosos, cadena de custodia, mecanismos alternativos de solución de controversias, criterios de oportunidad y medidas cautelares, entre otros, pues en todos ellos se debe aplicar solo el CNPP.

El artículo 45, apartado B, fue cancelado totalmente. Normaba ejecución de sanciones y reinserción social, y contemplaba justicia para adolescentes, temas también vedados a las entidades, para los cuales aplican leyes nacionales que aprobó el Congreso de la Unión.

En la primera votación de la sesión, también sin debate, la Corte avaló el artículo 8 apartado C de la Constitución, que contempla el derecho a la ciencia y la innovación tecnológica.

Los Ministros coincidieron que el tema educativo es concurrente entre los niveles de gobierno, y no hay reserva para que la Federación sea la única que reglamente la materia.


Hora de publicación: 14:11 hrs.






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