27 de agosto
de 2018
Avala la @SCJN seguro de desempleo aprobado en la #ConstituciónCDMX
Avala SCJN
seguro de desempleo
Víctor Fuentes
Cd. de México,
México (27 agosto 2018).- La Suprema Corte de Justicia avaló hoy la creación
de un seguro de desempleo en la Constitución de la Ciudad de México, pero
advirtió que tendrá ser totalmente financiado por el erario local, sin que sea
posible exigir cuotas a trabajadores o empresas.
Aunque avaló la creación de un seguro
de desempleo en la Constitución CDMX, la Suprema Corte advirtió que tendrá ser
totalmente financiado por el erario local, sin que sea posible exigir cuotas a
trabajadores o empresas. Foto: Alfredo Moreno Espinosa
También hoy, la Corte invalidó 17 porciones de artículos de
la Carta Magna local que preveían reglas sobre procedimientos penales, justicia
para adolescentes, cárceles y ejecución de sanciones, por tratarse de materias
reservadas exclusivamente a la Federación.
La Corte discutirá mañana la figura de la revocación de
mandato, prevista en la Constitución local para todos los servidores públicos
electos una vez cumplida la primera mitad de su encargo, que el Ministro Javier
Laynez propuso validar, pese a que en el pasado se han anulado reformas
similares en otros Estados.
Por
siete votos contra cuatro, el Pleno de la Corte declaró la validez del artículo
10, apartado B de la Constitución capitalina, que contempla 25 derechos y
principios en materia laboral, y que fue impugnado por la PGR por invadir
atribuciones federales.
Este artículo obliga al Gobierno local a prever
"un seguro de desempleo, proporcionando a las personas beneficiarias los
recursos y las condiciones necesarias para una vida digna, en tanto encuentran
una actividad productiva".
Laynez reiteró, en varias ocasiones, que la CDMX
no podrá forzar a nadie a aportar cuotas para financiar este beneficio, pues
iría contra las leyes Federal del Trabajo y del Seguro Social.
"Si a la hora de establecer el seguro de
desempleo una legislación (secundaria) pretende que es una potencialización del
derecho a la seguridad social, pero altera las aportaciones de trabajadores o
patrones, lógicamente es inconstitucional", dijo Laynez. "Tendrá que
ser con recursos presupuestarios".
Otros temas donde se acotó que la capital no podrá
regular directamente, sino que solo podrá establecer políticas o programas de
asistencia, son los de trabajo en el hogar, riesgos de trabajo e inspecciones
de seguridad e higiene.
Eduardo Medina Mora, que votó por invalidar todo
el artículo, lo calificó de "profundamente desorientador" y enfatizó
que los derechos laborales deben ser homogéneos en todo el país.
Pero la mayoría adoptó la actitud que ha tenido
en otros temas de este debate, al considerar que la Constitución local tiene
principios generales que por sí mismos son inocuos o no afectan claramente
facultades federales.
También se ha afirmado, reiteradamente, que la
CDMX tendrá que encontrar dinero para soportar todos los derechos que
ofrece en su Constitución.
"Ya vendrán legislaciones secundarias,
programas y reglamentos", dijo Láynez, y explicó que estos también podrán
ser impugnados ante la Corte o por medio de amparos.
Rasuran 17 porciones
Sin requerir mayor debate, la Corte suprimió 17
porciones de los artículos 11, 44 y 45 de la Constitución local, en los que se
fijaron facultades de la Fiscalía capitalina y se pretendió regular temas del
nuevo sistema penal.
La regulación de esta materia está reservada al
Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), y la Corte tiene múltiples
precedentes en los que ha anulado leyes locales similares.
Quedaron fuera facultades de la Fiscalía sobre
detención de sospechosos, cadena de custodia, mecanismos alternativos de
solución de controversias, criterios de oportunidad y medidas cautelares, entre
otros, pues en todos ellos se debe aplicar solo el CNPP.
El artículo 45, apartado B, fue cancelado
totalmente. Normaba ejecución de sanciones y reinserción social, y contemplaba
justicia para adolescentes, temas también vedados a las entidades, para los
cuales aplican leyes nacionales que aprobó el Congreso de la Unión.
En la primera votación de la sesión, también sin
debate, la Corte avaló el artículo 8 apartado C de la Constitución, que
contempla el derecho a la ciencia y la innovación tecnológica.
Los Ministros coincidieron que el tema educativo
es concurrente entre los niveles de gobierno, y no hay reserva para que la
Federación sea la única que reglamente la materia.
Hora de publicación: 14:11 hrs.
No hay comentarios:
Publicar un comentario