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"Estamos en una crisis humanitaria que deriva de la ausencia del Estado":

Alejandro Encinas Rodríguez

Venimos de lejos

Dtto 30

Constituyente

Senador

 



Protección de la niñez migrante

Alejandro Encinas

El Universal

16 de febrero de 2021

 

El reto, además de garantizar los derechos de los menores migrantes, es atender las causas que provocan su movilidad

 

El pasado 11 de enero entraron en vigor diversas reformas a Ley de Migración y a la Ley sobre Refugio, Protección Complementaria y Asilo Político, que abren el camino para dar cumplimiento efectivo a los derechos de la niñez y de la adolescencia migrante, solicitante de asilo y refugio.

 

Con ello se encara una lamentable realidad. Las niñas, niños y adolescentes en movilidad, solos o acompañados, enfrentan una situación de extrema vulnerabilidad, no solo en su tránsito o acogida en el país, sino en muchas ocasiones por las historias que les hicieron salir de sus comunidades, por lo que es obligación del Estado mexicano otorgarles protección diferenciada y adecuada para salvaguardar su integridad física y emocional, así como su integración educativa y cultural, garantizando el ejercicio pleno de sus derechos.

 

Los datos son reveladores: de enero 2020 al 12 de febrero de 2021, el Instituto Nacional de Migración ha atendido alrededor de 12 mil 428 niñas, niños y adolescentes extranjeros en situación de movilidad, de los cuales 5 mil 243 viajaban sin compañía (42%) y 7 mil 185 acompañados de algún adulto (58%), al tiempo que de enero a octubre de 2020, se atendieron 6 mil 968 eventos de mexicanos menores de edad no acompañados repatriados por los Estados Unidos.

 

Por su parte, la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, ha recibido de diciembre 2018 a la fecha, 29 mil 696 solicitudes de la condición de refugiado de NNA, de las cuales se han reconocido a la fecha a 8 mil 598 casos; además de que 950 que han sido beneficiados con protección complementaria.

 

Estas reformas fueron reconocidas por agencias de las Naciones Unidas, como ACNUR, la Oficina en México de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y UNICEF, así como la Organización Internacional para las Migraciones, porque dan cumplimiento a recomendaciones, compromisos y tratados internacionales.

 

Uno de los principales avances es la prohibición de que niñas, niños y adolescentes en situación de movilidad sean detenidos en estaciones o estancias migratorias, estén o no acompañados, obligando a las autoridades a encontrar otros espacios de cuidado.

 

Las reformas regularizan la situación migratoria provisional de las infancias migrantes a través de visas humanitarias, en espera de la determinación de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes para su restitución de derechos, lo que impide el retorno inmediato y asegura su protección.

 

La reforma fortalece las atribuciones del Sistema Nacional de Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) y Sistemas de los DIF de las entidades para que identifiquen a menores que requieran protección internacional, como refugiado u otra modalidad y, en conjunto con las autoridades competentes, provean amparo y medidas especiales.

 

La implementación de las reformas arroja sus primeros resultados: el INM ha suspendido el alojamiento de menores en sus estaciones y se creó una coordinación interinstitucional para brindarles atención. El SNDIF y la Procuraduría realizan mapeos permanentes de los albergues públicos y privados disponibles a efecto de que las NNA en ningún momento sean alojados en estaciones migratorias y se les canalice inmediatamente a los Centros de Asistencia Social o a albergues de la sociedad civil. Asimismo, las estaciones migratorias de Tapachula, Chiapas y Tenosique, Tabasco fueron entregadas al SNDIF para ser transformadas y habilitadas como Centro de Asistencia Social y albergar ahí a menores de edad.

 

La materialización de esta reforma encuentra importantes retos que solventar desde un trabajo interinstitucional efectivo, como es la adecuada asignación presupuestal para el fortalecimiento de espacios de atención a los NNA y sus familiares; la capacitación del personal técnico involucrado, por ejemplo, los Oficiales de Protección a la Infancia y de Grupo Vulnerables del INM; y el desarrollo de los criterios y lineamientos de actuación necesarios para la correcta determinación del interés superior de los NNA.

 

Las reformas avanzan, sin embargo, el reto, además de garantizar los derechos de niñas, niños y los adolescentes migrantes, es atender las causas que provocan su movilidad. Que nadie, por necesidad o por miedo, abandone el lugar donde nació o donde quiere vivir.

 

Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración.

 

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