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"Estamos en una crisis humanitaria que deriva de la ausencia del Estado":

Alejandro Encinas Rodríguez

Venimos de lejos

Dtto 30

Constituyente

Senador


Se busca endurecer y criminalizar la protesta social en el caso de temas vinculados con hidrocarburos, advierte Alejandro Encinas
Encinas

Intervención en tribuna del senador Alejandro Encinas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRD, para para fundamentar a nombre de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, el dictamen por el que se expide la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos cometidos en materia de hidrocarburos.

Alejandro Encinas Rodríguez, (AER): Muchas gracias, senador Aispuro.

Pues ya el senador Omar Fayad ha dado con detalle las reformas que la Cámara de Diputados hizo a la minuta que el Senado de la República remitió a la colegisladora para que se expidiera la Ley Federal Para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Hidrocarburos.

Hay que recordar que en esa ley, en ese momento, el dictamen al que alcanzó la unanimidad del Senado de la República, porque evidentemente todos coincidimos en la importancia y la necesidad de tipificar y establecer con toda precisión las sanciones que correspondieran a todas aquellas personas o grupos delictivos que se dedican a el robo de hidrocarburos en sus distintas modalidades, ya sea gasolina, ya sea diesel e incluso gas.

Lamentablemente, las modificaciones que ha hecho la Cámara de Diputados a la minuta que  enviamos aprobada por unanimidad en este Senado, ha significado desde nuestro punto de vista, lo digo también como presidente de la Comisión, aunque quiero aclarar que la votación en mi Comisión fue de tres votos a favor de la minuta y mi voto en contra, significan regresiones muy importantes al acuerdo alcanzado.

Yo considero que es una minuta que es una (inaudible) al Senado mexicano y que representa a la vez un grave agravio a los ciudadanos en su calidad de consumidores de gasolina, de diesel, de gas licuado de petróleo y de gas natural.

Y destaco cuatro asuntos que a mi juicio son los más importantes que deben atenderse y que lamentablemente no pudimos superar con prontitud.

Por supuesto, hay un tema vinculado a la armonización respecto a la reforma constitucional en donde se eliminó el salario mínimo y se desindexó para establecer el conjunto de multas o incremento en tarifas en la prestación de algunos bienes y servicios.

Lamentablemente, en esta minuta que envía la Cámara de Diputados se sigue conteniendo el precepto de establecer las multas a partir de salarios mínimos, cuando la reforma constitucional ya establece otra unidad de medida.

Y así como lo acabamos de resolver el caso de la Reforma Política del Distrito Federal, que una de las tres modificaciones que envió a la Cámara de Diputados fue armonizar este tema de la unidad de medida respecto a la Legislación que estábamos discutiendo, por lo menos debería modificarse en esta ley para prevenir y sancionar los delitos cometidos en materia de hidrocarburos y no se estableciera esta incongruencia legislativa que (inaudible) en la Constitución, por más que me digan que el artículo transitorio de la Reforma Constitucional señala que todas las leyes que consideren saberlo mínimo como unidad medida deberán adecuarse a la nueva unidad.

También hay un problema vinculado con el interés de la industria de los gasolineros, y eso tiene que ver particularmente con dos aspectos, el primero, es que el delito por la venta de cantidades menores a un litro o a un kilo de gasolina o de gas, pasa a convertirse a un delito que se perseguía de oficio por la autoridad, a un delito que se perseguirá siempre y cuando exista querella.

Lo cual, en primer lugar, rompe con el principio de que el Estado debe garantizar con plena responsabilidad no solamente el derecho a los ciudadanos de gozar de un servicio adecuado de la concesión que se otorga a quienes vayan a destruir la gasolina, sino que además tiene la obligación que los términos de la concesión se cumplan puntual y cabalmente.

Y en segundo lugar, que es un hecho grave, es que amplía el margen de tolerancia respecto a las mermas que justifican los litros de menos de mil mililitros por los kilos de menos de mil gramos, ya que al elevar el rango de merma del 0.5 al 1.5 por ciento, en primer lugar, rompe con lo que está establecido en la norma oficial mexicana que establece solamente para evitar la sanción administrativa en el caso de mermas, que estas pueden ir de 10 a 12 mililitros por cada litro, que es muy por debajo del 0.5 por ciento que se está permitiendo con esta modificación a la ley.

Y eso pues no es un asunto menor, aquí nos han dicho que parte de lo grave de esta situación para el robo de hidrocarburos es que Petróleos Mexicanos pierde todos los días 50 millones de pesos, 50 millones de pesos diarios de pérdida, que si lo multiplicamos por los 365 días del año, representa 18 mil millones de pesos, es una cantidad abismal.

Pero si analizamos lo que implica el poder asumir la merma hasta el 1.5 por ciento, quizá el daño sea más grande a costa del consumidor, no de la empresa.

Les voy a poner un ejemplo muy puntual y concreto, por ejemplo, en la zona metropolitana del Valle de México, y esto es un dato del 2012, se consumen todos los días 47 millones de litros de gasolina, diesel o hidrocarburos equivalentes, que a un precio como está hoy de la gasolina magna de 13 con 57 centavos por litros representa en este caso 638 millones de pesos diarios.

Es decir, esto alcanza anualmente la cifra de 223 mil millones de pesos, al aceptar que pueda haber mermas de 1.5 por ciento.

Los consumidores se harán a cargo de los consumidores la pérdida estimada en 3 mil 495 millones de pesos al año sólo en la zona metropolitana del Valle de México, o sea, por un lado se busca castigar y sancionar, pero del otro se da un nivel de discrecionalidad y tolerancia a las mermas en agravio de los propios consumidores que hacen el objetivo fundamental de esta ley.

Y luego, junto con esto, además de modificar la tipificación del delito para que este se persiga por querella y no por oficio, y al mismo tiempo se da laxitud en el porcentaje de mermas.

Se busca, además, endurecer y criminalizar la protesta social en el caso de temas vinculados con hidrocarburos y si bien en la minuta que nosotros enviamos, se eliminó el delito de sabotaje, lo único que hicieron fue transferirlo a los artículos 140 del Código Federal de Procedimientos Penales, pero además no lo pasaron con el conjunto de la redacción que aquí establecimos, donde en el primer párrafo se tipificaba con precisión el delito de sabotaje, y en el segundo párrafo se establecía con toda claridad una excepción, y la excepción decía a la letra:

En ningún caso podrá considerarse sabotaje el ejercicio del derecho de la manifestación y expresión de opiniones e ideas o a la libertad de expresión, con esta eliminación y lo quitan de la ley, lo quitan de la ley para poder sancionar los delitos cometidos en materia de hidrocarburos pero lo mandan al código penal y eliminan la excepción por lo que se busca criminalizar la protesta social en el caso de que se pueda presentar conflictos o diferencias, lo cual se agrava con la incorporación de un artículo nuevo que no estaba en la ley que enviamos, el 23.

Que de manera arbitraria y por la puerta de atrás, hace una reforma a la Ley de Seguridad Nacional, que atenta directamente contra la reforma constitucional, la Ley Federal y la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información que nosotros establecimos, ya que, está es una perla, porque yo no sé qué tiene que ver con la Ley de Seguridad Nacional, esta parte del combate al robo de hidrocarburos y señala, artículo 23:

La información o datos del funcionamiento de las operaciones, instalaciones, actividades, movimiento del personal o vehículos, asignatarios, contratistas o permisionarios que se vinculen con las actividades previstas en el párrafo séptimo del artículo 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, será considerada información de seguridad nacional.

Cuando los temas de definición o que son la definición de cuáles son los temas que ponen riesgo la seguridad nacional, debe estar incluidos en la Ley de Seguridad Nacional; y cuando esto vulnera lo que establecimos desde la reforma de acceso constitucional en materia de transparencia y rendición de cuentas y fue el alegato contra el consejero jurídico el que se arrogó o quería arrogarse la facultad para que pudiera controvertir todas las redes de colusiones del INAI, que a su juicio apegado a la ley constituyeran un riesgo a la seguridad nacional.

Yo creo que esto es gravísimo, independientemente de que al final le agregaron otro párrafo en donde dice que lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en la legislación aplicable en materia de transparencia y acceso a la información pública, con lo que quiere justificar, dicen, que es preponderante o prevalece la Ley General de Acceso a la Información y la Ley Federal sobre esto.

Pues sea o no cierto, simple y sencillamente con el hecho de que el consejero jurídico pueda controvertir al argumento de riesgo a la seguridad nacional, va a mandar al litigio jurídico a controvertir todas estas solicitudes de información que tardarán meses, quizás años en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Más aún, para profundizar los problemas vinculados con seguridad nacional, en el artículo previo al 22, considera para efectos de esta ley que como instalaciones estratégicas los espacios, inmuebles, construcciones, muebles, equipos y demás, bienes destinados al funcionamiento, mantenimiento, operación de las actividades estratégicas consideradas por la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos.

Cuando en la Reforma Energética ustedes aprobaron modificar el artículo 29 constitucional que eliminó la explotación, la extracción de hidrocarburos como áreas estratégicas reservadas al Estado Mexicano, lo cual genera ya también una nueva contradicción con la Constitución.

Esta minuta que nos ha enviado la Cámara de Diputados es indudablemente un agravio, una regresión que vamos a controvertir, porque es inconstitucional y espero que el Instituto Nacional de Acceso a la Información, que nos están siguiendo diligentemente en el Canal del Congreso,  en su sesión del día de mañana decide iniciar este proceso de controversia en su reunión plenaria.

Yo creo que tantos años trabajando por construir un acuerdo en materia de transparencia y acceso a la información y Rendición de Cuentas para que ahora en la puerta de atrás en una ley para regular asuntos vinculados por la comisión de un delito, nos quieran restringir el acceso a la información aludiendo temas de seguridad nacional sin acreditar primero, clasificándolo ex ante, como dicen los abogados, acabándolo con el principio de máxima publicidad y además tratando de eliminar la prueba del daño que son los instrumentos fundamentales que logramos para que los ciudadanos puedan ejercer plenamente su derecho a acceder a la información pública.

Hay otros temas, como el que señaló la senadora Luisa María Calderón, donde que ponen en riesgo incluso el patrimonio de ejidatarios comuneros propietarios de la tierra, quienes pueden ser objeto de la extinción del dominio de sus propiedades cuando se detecten actividades ilícitas en las que no necesariamente estén involucrados.

Porque en las áreas donde opera la delincuencia organizada no piden el favor o el consentimiento para hacer sus actividades ilícitas y creo que esto, evidentemente, no puede ser acompañado por lo menos en el caso nuestro, por lo menos en el PRD no lo haremos, votaremos en contra.

Muchísimas gracias.

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